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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (26/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano Miércoles 26 de junio de 2013 498043 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje del Director General de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio a Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 034-2013-EF Lima, 25 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, el III Foro para América Latina y el Caribe (LAC) sobre Política Tributaria, se llevará a cabo en la ciudad de Montevideo, República Oriental de Uruguay, los días 4 y 5 de julio de 2013, precedido de un Taller de Estadísticas Tributarias, el día 3 de julio del 2013; Que, el objetivo principal de los eventos es fomentar el diálogo sobre políticas fi scales en la región, para mejorar las políticas tributarias y de gasto público, apoyando de este modo el crecimiento económico y la redistribución del ingreso. Asimismo, el mencionado Foro se centrará en el intercambio de experiencias en el uso de la fi scalidad como instrumento para reducir desigualdades de renta y riqueza; Que, la Dirección General de Política de Ingresos Públicos es el órgano de línea del Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas competente para proponer las medidas de política fi scal y de simplifi cación, reestructuración y optimización del Sistema Tributario, así como generar mayores ingresos fi scales; Que, en ese sentido, resulta conveniente la participación del señor Marco Antonio Camacho Sandoval, Director General de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos, para que participe en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, en los mencionados eventos; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece, respecto a los viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante Resolución Suprema; Que, en consecuencia y siendo de interés para el Ministerio de Economía y Finanzas, resulta pertinente autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto de dicho Ministerio; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2013, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, así como, la Resolución Ministerial Nº 662-2012-EF/43, que aprueba la Directiva Nº 003-2012- EF/43.01 – Directiva para la Tramitación de Autorizaciones de Viajes por Comisión de Servicios al Exterior e Interior del País; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios, del señor Marco Antonio Camacho Sandoval, Director General de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Montevideo, República Oriental de Uruguay, del 2 al 6 de julio de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de esta Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes Aéreos : US $ 1 500,00 - Viáticos (3 + 1 día) : US $ 1 480,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 955138-8 EDUCACION Autorizan viaje del Conjunto Nacional de Folklore de la Escuela Nacional Superior de Folklore “José María Arguedas” a Francia, para participar en diversos eventos RESOLUCIÓN SUPREMA N° 024-2013-ED Lima, 25 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Presidente del Festival de Confolens, remitió invitación al Conjunto Nacional de Folklore de la Escuela Nacional Superior de Folklore “José María Arguedas”, para participar representando al Estado Peruano, en el Festival de Confolens “Danzas y Música del Mundo”, cuya fi nalidad es celebrar la 56° edición del citado Festival; así como participar en una gira por diferentes ciudades de la República Francesa, además de otros Festivales del Consejo Internacional de los Organizadores de Festivales de Folklore y Arte Tradicional – CIOFF, actividades que se llevarán a cabo del 20 de junio al 30 de agosto del presente año, en diversas ciudades de la República Francesa; Que, el mencionado Festival de Confolens, como cuna del Consejo Internacional de los Organizadores de Festivales de Folklore y Arte Tradicional – CIOFF, recibe anualmente miles de turistas y centra la atención de los más importantes medios de comunicación del globo; Que, en la Carta de invitación, los organizadores del referido Festival señalan que se harán cargo de los gastos correspondientes a los viáticos del Conjunto Nacional de Folklore de la Escuela Nacional Superior de Folklore “José María Arguedas”; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en tal sentido y siendo de interés para la Institución, resulta necesario autorizar el viaje del Conjunto