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El Peruano Miércoles 26 de junio de 2013 498035 nacional la promoción fomento y desarrollo de las actividades económicas rurales en la sierra, con énfasis en la agricultura, ganadería, acuicultura, artesanía, textilería, joyería, reforestación, agroforestería y turismo que permitan el acceso a los mercados nacionales e internacionales; Que, el 27 de junio de 2013, se va a llevará a cabo en la ciudad de Montevideo - República Oriental del Uruguay, el SEMINARIO INTERNACIONAL “QUINUA UN ALIADO PARA LA ERRADICACIÓN DEL HAMBRE”; Que, el Seminario Internacional tiene como objetivo, difundir el potencial comercial de la quinua en los países de la región por sus ventajas nutricionales, su papel destacado en la comida gourmet y un aporte a favor de la seguridad alimentaria; Que, los organizadores, han invitado al Presidente Ejecutivo de Sierra Exportadora a participar como expositor en el Seminario Internacional con el tema “La Producción, Consumo y Comercialización de la Quinua en el Perú”; Que, el evento antes mencionado contará con la presencia de funcionarios de gobierno, representantes de los países miembros, de organismos observadores ante el ALADI, cámaras de comercio, institutos de investigación agrícola y representantes de universidades públicas y privadas; Que, Sierra Exportadora tiene como misión promover, fomentar y desarrollar actividades económicas productivas en la sierra, que permitan a los productores articular competitivamente a mercados nacionales e internacionales; Que, la participación de SIERRA EXPORTADORA tiene relevancia, pues el objetivo es el fortalecimiento de la cooperación mutua, con las instituciones públicas y privadas, a fi n de seguir uniendo esfuerzos, capacidades y competencias y experiencias, a efectos de coordinar iniciativas conjuntas que contribuyan al desarrollo de mercados competitivos a favor de la cadena productiva de la quinua, así como la innovación productiva con una alta prospectiva en el ámbito comercial y social de la sierra del Perú; Que, estando a lo antes mencionado, resulta atendible que el Presidente Ejecutivo de Sierra Exportadora participe en el citado evento, por lo cual es necesaria la respectiva autorización de viaje; Que, de conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y sus modifi catorias y el Decreto Supremo 047-2002-PCM y modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del Ingeniero ALFONSO FELIPE VELÁSQUEZ TUESTA, Presidente Ejecutivo del Organismo Público SIERRA EXPORTADORA a la ciudad de Montevideo - República Oriental del Uruguay, del 26 al 28 de junio de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 018 - Sierra Exportadora, de acuerdo al siguiente detalle: • Pasajes aéreos (incluido tarifa CORPAC) = S/. 7,914.00 • Viáticos (1 día) = S/. 1,012.00 Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 955141-1 AGRICULTURA Aprueban reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de Agricultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0230-2013-AG Lima, 21 de junio de 2013 VISTOS: El Ofi cio Nº 1726-2013-AG-OPP/UDOP que se sustenta en el Informe Nº 017-2013-AG-UDOP/OPP, el Memorándum Nº 1152/2013-AG-OA que se sustenta en el Memorándum Nº 1059/2013-AG-OA-UPER y el Informe Legal Nº 087-2013-AG-OA-UPER-ALA, a través de los cuales, la Ofi cina de Administración y la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura, respectivamente, proponen el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de Agricultura; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 001-2011-AG se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de Agricultura, cuyo reordenamiento se aprobó con Resolución Ministerial Nº 0525-2011-AG; Que, mediante Memorándum Nº 1152/2013-AG-OA, la Ofi cina de Administración señala la existencia de sentencias fi rmes que disponen la reincorporación de trabajadores del ex Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográfi cas y Conservación de Suelos – PRONAMACHCS, que resultan de cumplimiento obligatorio y de carácter vinculante para la Entidad, proponiendo para tal fi n la inclusión de trece (13) cargos para el reordenamiento del CAP del Ministerio de Agricultura, dado que no se cuenta con plaza vacante presupuestada del cargo con que fueron cesados u otro similar vacante dentro del CAP del Ministerio de Agricultura; Que, asimismo, señala que existen nueve (09) plazas vacantes presupuestadas del Presupuesto Analítico de Personal – PAP del Ministerio de Agricultura, que pertenecen al grupo de rotación permanente del CAP y PAP vigentes del Ministerio de Agricultura, que podrían ser orientadas para el reordenamiento del CAP, a fi n de dar cumplimiento a los mandatos judiciales antes señalados; Que, el artículo 13 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal; Que, conforme al segundo párrafo del artículo 13 de los referidos Lineamientos, el reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante Resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe del órgano encargado de racionalización o de quien haga sus veces, en concordancia con el artículo 6 de los Lineamientos indicados; Que, conforme a lo informado por la Ofi cina de Administración y la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura, la eliminación y creación de los cargos del Cuadro para Asignación de Personal contemplados en la presente Resolución Ministerial no implica un incremento del Presupuesto Analítico de Personal – PAP del Ministerio de Agricultura; Que, la Unidad de Desarrollo Organizacional y de Procesos de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura, mediante el Informe Técnico Nº 017-2013-AG-UDOP/OPP, sustenta el reordenamiento del CAP del Pliego 013: Ministerio de Agricultura, en concordancia con lo establecido en el artículo 6 de los Lineamientos aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización