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El Peruano Miércoles 26 de junio de 2013 498045 Que, con Declaración Jurada Legalizada, la Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Patricia VARGAS DIAZ, declaró que renuncia a los viáticos por cambio de colocación que le corresponde para poder retornar al Perú, en consecuencia, no generará gastos al Estado Peruano; Que, teniendo en consideración los argumentos expuestos por la Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Patricia VARGAS DIAZ y lo propuesto por la Comisión Especial encargada de evaluar y proponer al personal policial para las Agregadurías Policiales, Enlaces o en Misión Diplomática en el exterior de la Policía Nacional del Perú, resulta necesario cesar y dar por concluida su designación en el cargo de auxiliar de la Agregaduría Policial en los Estados Unidos de América a su solicitud; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1135 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Decreto Legislativo Nº 1149 – Ley de la carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú y el Reglamento de personal Policial en Misión Diplomática, Agregadurías, Enlaces y otras misiones de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1105-2005-IN/PNP. SE RESUELVE: Artículo 1.- Cesar a partir de la fecha de la presente Resolución Suprema, a la Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Patricia VARGAS DIAZ, en el cargo de Auxiliar de la Agregaduría Policial de la Embajada de Perú en los Estados Unidos de América, a su solicitud. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema no irrogará gasto alguno para el Estado Peruano, ni dará derecho a exoneración del pago de impuestos ni derecho aduanero de ninguna clase o denominación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 955139-4 Designan Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil RESOLUCIÓN SUPREMA N° 064-2013-IN Lima, 25 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC; como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; Que, el artículo 13 del precitado Decreto Legislativo, señala que el Superintendente Nacional de la SUCAMEC es el funcionario de mayor nivel jerárquico, ejerce la titularidad del pliego presupuesta! y es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad. Es designado o removido por el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema, a propuesta del Ministro del Interior; Estando a la propuesta realizada por el señor Ministro del Interior; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2012-IN; el Decreto Legislativo N° 1127 que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil -SUCAMEC y el Reglamento de Organización y Funciones Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil -SUCAMEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor abogado Derik Roberto Latorre Boza en el cargo de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 955139-5 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29824 - Ley de Justicia de Paz DECRETO SUPREMO Nº 007-2013-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 29824, Ley de Justicia de Paz estableció que el Poder Ejecutivo aprobará el Reglamento de esta Ley mediante Decreto Supremo; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0085-2012- JUS, del 21 de marzo de 2012, se constituyó el Grupo de Trabajo encargado de elaborar el anteproyecto del Reglamento de la Ley Nº 29824, Ley de Justicia de Paz; Que, el mencionado Grupo de Trabajo elaboró un anteproyecto del Reglamento de la Ley Nº 29824, Ley de Justicia de Paz, el cual fue prepublicado en el portal institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por un plazo de treinta (30) días naturales, con el fi n de ponerlo en conocimiento de la comunidad en general, recibir sus comentarios y aportes e incorporarlos a la propuesta de Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; los artículos 11º y 13º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el artículo 10º de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 29824, Ley de Justicia de Paz, el cual consta de siete (7) títulos, trece (13) capítulos y setenta y cinco (75) artículos, el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Publicación El presente Decreto Supremo y el Reglamento aprobado deberán ser publicados en el Diario Ofi cial “El