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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (26/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 18

El Peruano Miércoles 26 de junio de 2013 498040 Viáticos, así como la Asignación de la Bonifi cación por Alto Riesgo a la Vida en el área de responsabilidad del Comando Especial VRAE (CE VRAE)”; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10) del artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el literal g) del artículo 6º de la Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva General Nº 10- 2013/MINDEF, “Normas para el Otorgamiento y Rendición de Cuentas de Viáticos, así como la Asignación de la Bonifi cación por Alto Riesgo a la Vida en el área de responsabilidad del Comando Especial VRAE (CE VRAE)”. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en la página web del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe), así como en el portal del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de las Instituciones Armadas, respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE VIÁTICOS, ASÍ COMO LA ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR ALTO RIESGO A LA VIDA EN EL ÁREA DE RESPONSABILIDAD DEL COMANDO ESPECIAL VRAE (CE VRAE) DIRECTIVA GENERAL DIRECTIVA GENERAL (DG) Nº 10 MINDEF/VRD/DGA/DC FORMULADA POR : COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS FECHA : JUNIO 2013 I. OBJETIVO Establecer las normas para el otorgamiento y rendición de cuentas de viáticos, así como la asignación de la bonifi cación por alto riesgo a la vida en el área de responsabilidad del Comando Especial VRAE (CE VRAE). II. FINALIDAD Normar los procedimientos que deben seguir el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y las Instituciones Armadas para el otorgamiento y rendición de cuentas de viáticos, así como para la asignación de la bonifi cación por alto riesgo a la vida, en el área de responsabilidad del CE VRAE. III. BASE LEGAL 3.1 Decreto Legislativo Nº 1134 “Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa”, de fecha 09 de diciembre del 2012 3.2 Decreto Legislativo Nº 1132 “Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú”, de fecha 08 de diciembre del 2012. 3.3 Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de la Entidades del Estado. 3.4 Decreto Supremo Nº 007 – 2013 – EF “Decreto Supremo que regula el otorgamiento de viáticos en comisión de servicios en el territorio nacional”, de fecha 22 de enero del 2013. 3.5 Decreto Supremo Nº 013 - 2013 – EF “Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1132”, de fecha 23 de enero del 2013, 3.6 Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15 de fecha 27 de enero del 2007. 3.7 Resolución Ministerial Nº 1048-2008/DE/SG de fecha 30 de setiembre del 2008. IV. ALCANCE 4.1 Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas 4.2 Ejército del Perú 4.3 Marina de Guerra del Perú 4.4 Fuerza Aérea del Perú V. NORMAS Para efectos de la aplicación de la presente Directiva General, se deberá tener en cuenta las siguientes consideraciones: 5.1 Zona de Emergencia (CE VRAE), corresponde a las localidades de las Regiones de los Valles Apurímac, Ene y Mantaro, así como el Valle de La Convención que han sido declaradas en estado de emergencia mediante Decreto Supremo, para efectuar operaciones y acciones militares contra el terrorismo y Tráfi co Ilícito de Drogas, con el fi n de contribuir a consolidar la pacifi cación nacional. 5.2 Comisión de Servicio en el CE VRAE, es el desplazamiento planifi cado y programado o imprevisto, que realiza el personal militar fuera de su área de trabajo hacia o dentro del CE VRAE; para realizar funciones que están directamente relacionadas al cumplimiento de la misión y las metas previstas, así como al logro de los objetivos Institucionales. 5.3 Viáticos, es la asignación económica que se otorga al personal militar como indemnización de viaje cuando realizan una comisión de servicios hacia o dentro del CE VRAE, para cubrir gastos de alimentación, alojamiento, transporte desde y hacia el lugar de embarque (aéreo, terrestre o fl uvial) y la movilidad local de desplazamiento en el lugar de destino en donde se realiza la comisión del servicio. 5.4 Rendición de Cuentas, de acuerdo a lo establecido en el numeral 71.3 del artículo 71 de la Directiva de Tesorería 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15. y normada por la Resolución Ministerial Nº 1048-2008 DE/SG de fecha 30 de setiembre de 2008, se efectuará la Rendición de Cuentas del 100% de los viáticos asignados en la zona de responsabilidad del CE-VRAE mediante Declaración Jurada, por tratarse de Comisiones de Servicios en lugares declarados en estado de emergencia. VI. PROCEDIMIENTOS 6.1 Asignación de Viáticos al personal en Comisión del Servicio en el área de responsabilidad del CE VRAE La asignación de viáticos al personal en comisión del servicio en el área de operaciones del CE VRAE, se ejecutará de acuerdo a lo normado en el Decreto Supremo Nº 007-2013-EF, de la siguiente manera: a. Tripulaciones Aéreas: Se les asignará un máximo de DOCE (12) días al mes de viáticos, cuando efectúen operaciones aéreas en el CE VRAE. b. Médicos y Enfermeros: Se les asignará un máximo de SIETE (7) días al mes de viáticos, por comisión del servicio dentro del área del CE VRAE. c. Equipos de Mantenimiento de Helicópteros: Se les asignará un máximo de SIETE (7) días al mes de viáticos, por comisión del servicio dentro del área del CE VRAE. d. Personal de Fuerzas Especiales del CIOEC (Nivel Estratégico – FEC/BRAVO/FOXTROT), Tripulaciones Aéreas de Aviones de Combate y Tripulaciones Aéreas de Aviones de Reconocimiento: El pago de viáticos de este personal será asumido por el CCFFAA, de acuerdo a las comisiones del servicio que ese Comando disponga, en el área de responsabilidad del CE VRAE. e. Personal de Fuerzas Especiales del Componente de Fuerzas Especiales del CE VRAE (Nivel Operacional