Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2013 (26/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Miercoles 26 de junio de 2013

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de realizar el pago correspondiente de la asignacion de viaticos, asi como la bonificacion por alto riesgo a la MORDAZA de su personal segun corresponda, para lo cual solicitaran las modificaciones o ampliaciones presupuestarias necesarias para su cumplimiento. 8.4 El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, los Comandantes Generales de la Fuerza Aerea del Peru, MORDAZA de MORDAZA del Peru y Ejercito Peruano, supervisaran y verificaran el estricto cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en la presente Directiva General por parte del personal a su cargo. 8.5 El personal militar nombrado en Comision del Servicio en el area de operaciones del CE VRAE, deberan dar estricto cumplimiento a las normas y procedimientos senalados en la presente Directiva General. IX. VIGENCIA

- Destacados de las IIAA): Se les asignara un MORDAZA de SIETE (7) dias al mes de viaticos, por comision del servicio dentro del area del CE VRAE. f. Equipos Moviles de Mantenimiento de Embarcaciones Fluviales (MGP): Se les asignara un MORDAZA de CUATRO (4) dias al mes de viaticos, por comision del servicio dentro del area del CE VRAE. g. Personal de Inteligencia y de Meteorologia: Se les asignara un MORDAZA de SIETE (7) dias al mes de viaticos, por comision del servicio dentro del area del CE VRAE. 6.2 Asignacion de la Bonificacion por Alto Riesgo a la MORDAZA al personal de las Fuerzas Armadas en el area de responsabilidad del CE VRAE La Asignacion de la Bonificacion por Alto Riego a la MORDAZA al personal de las Fuerzas Armadas en el area de responsabilidad del CE VRAE, se realizara de acuerdo a lo normado en el Decreto Supremo Nº 013-2013-EF, teniendo derecho a percibirlo el personal siguiente: a. Personal de Oficiales, Tecnicos, Sub Oficiales u Oficiales de Mar cambiados de colocacion o Destacados por un mes o mas. b. Personal del Servicio Militar Acuartelado del CE VRAE. c. Medicos y Enfermeros destacados al CE VRAE por UN (1) mes o mas. d. Equipos de Mantenimiento de Helicopteros destacados al CE VRAE por UN (1) mes o mas. e. Personal de las Fuerzas Especiales del Componente de Fuerzas Especiales (Nivel Operacional - Destacados de las IIAA), destacados al CE VRAE por UN (1) mes o mas. f. Personal de Inteligencia y de Meteorologia destacados al CE VRAE por UN (1) mes o mas. 6.3 Plazo para MORDAZA de Rendiciones de Cuentas por Viaticos La MORDAZA de las rendiciones de cuentas de gastos de viaticos mediante Declaracion Jurada por el 100% del monto asignado, debera efectuarse en el plazo de DIEZ (10) dias calendarios, por parte de cada beneficiario del pago de viatico, a lo cual se debera adjuntar el resumen del informe administrativo de la mision u objetivo encargado por parte del mas antiguo cuando se trate de participacion conjunta y en forma individual cuando se trate de una comision de caracter personal. VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Para el mejor cumplimiento de la presente Directiva, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y los Comandantes Generales de las Instituciones Armadas (Ejercito del Peru, MORDAZA de MORDAZA del Peru y Fuerza Aerea del Peru) realizaran las coordinaciones que estimen convenientes. VIII. RESPONSABILIDAD 8.1 El financiamiento correspondiente al AF-2013 para el pago de viaticos dispuestos en la presente Directiva General, seran con cargo al Presupuesto VRAE asignado al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y para los ejercicios presupuestales siguientes, debera ser considerado en los Presupuestos Iniciales de Apertura de cada Institucion Armada y del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, segun corresponda. 8.2 El financiamiento correspondiente al AF-2013 para el pago de la Bonificacion por Alto Riesgo a la MORDAZA, debera ser solicitado por las Instituciones Armadas como ampliaciones presupuestales al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves del Ministerio de Defensa y para los ejercicios presupuestales siguientes, debera ser considerado en los Presupuestos Iniciales de Apertura de cada Institucion Armada, segun corresponda. 8.3 El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y las Instituciones Armados (Ejercito del Peru, MORDAZA de MORDAZA del Peru y Fuerza Aerea del Peru), son los responsables

La presente Directiva General entrara en vigencia a partir de la expedicion de la respectiva Resolucion Ministerial que la aprueba y sera modificada y/o actualizada cuando se emitan normas legales expresas que MORDAZA necesaria su variacion, o por razones debidamente justificadas.

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Constituyen la Secretaria Pro Tempore de la Conferencia de Ministros de Defensa de las Americas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 537-2013-DE/SG
MORDAZA MORDAZA, 24 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Conferencia de Ministros de Defensa de las Americas (CMDA) se creo en 1995 con el proposito de aumentar la colaboracion en las areas de defensa y seguridad de los paises americanos con un diseno que procura dar a los Ministros de Defensa un foro para discutir temas vinculados a las medidas de fortalecimiento de la confianza y de la seguridad; las operaciones de apoyo a la paz; las relaciones civico-militares; y, las amenazas emergentes como, por ejemplo, el crimen organizado transnacional y el terrorismo; Que, el Reglamento de la Conferencia de Ministros de Defensa de las Americas, establece que su composicion es la siguiente: Presidencia (a cargo del Ministro de Defensa, o su equivalente, del MORDAZA sede); Secretaria Pro Tempore y Secretaria Ejecutiva; Que, su articulo 8º senala que la Secretaria ProTempore es la entidad conformada por el MORDAZA sede para coordinar y materializar las instancias de reunion, estructurar la Agenda Tematica y difundir las conclusiones y recomendaciones aprobadas por la Asamblea a traves de los enlaces de cada uno de los paises miembros. Asimismo, dispone que la Secretaria Pro Tempore esta a cargo del Secretario General de la Conferencia y la Secretaria Ejecutiva es su instancia de trabajo permanente. Que, el articulo 14º del citado Reglamento, establece que el MORDAZA sede tendra, entre sus responsabilidades, el establecer en su organizacion, la estructura de la Secretaria Pro-Tempore, conforme a la normativa organizacional propia y teniendo en cuenta las disposiciones establecidas en el citado Reglamento; Que, el articulo 20º dispone que el MORDAZA sede tendra la responsabilidad de organizar una Secretaria Pro-Tempore, de acuerdo al mandato otorgado por los Paises Miembros, precisandose que la Secretaria Pro-Tempore estara a cargo del Secretario General de la Conferencia, quien debera ser un funcionario de alto rango del Ministerio de Defensa del MORDAZA Sede; Que, los articulos 22º y 23º establecen que la Secretaria Ejecutiva es el organismo coordinador y administrativo de la Conferencia, cuya dotacion funcionaria sera determinada por el MORDAZA sede; Que, en la Declaracion de Punta del Este, emitida en la X Conferencia de Ministros de Defensa de las Americas, realizada en Uruguay del 08 al 10 de octubre de 2012, se acordo acoger la designacion de la Republica del Peru como MORDAZA anfitrion de la XI Conferencia de Ministros de Defensa de las Americas, a celebrarse en el ano 2014;

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