Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2013 (27/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Jueves 27 de junio de 2013

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VIVIENDA
Designan Directora de la Oficina de Medio Ambiente del Viceministerio de Construccion y Saneamiento
RESOLUCION MINISTERIAL N° 154-2013-VIVIENDA MORDAZA, 26 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 669-2007VIVIENDA, de fecha 17 de diciembre de 2007, se designo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora de la Oficina de Medio Ambiente del Viceministerio de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, la citada funcionaria ha presentado renuncia al cargo de Directora de la Oficina de Medio Ambiente del Viceministerio de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; la misma que corresponde aceptar; asi como, designar al funcionario que asumira dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 25794, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley N° 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar, a partir del 01 de MORDAZA de 2013, la renuncia formulada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Directora de la Oficina de Medio Ambiente del Viceministerio de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar, a partir del 01 de MORDAZA de 2013, a la ingeniera Tula MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora de la Oficina de Medio Ambiente del Viceministerio de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 955541-1

los establecimientos de salud a los beneficiarios del Seguro Integral de Salud, los Memorandos N°s 029 y 2592013-SIS/OGPPDO, emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 018-2013-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, se establecen los principios, asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11° de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del articulo 12° de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se dispone la autorizacion de las transferencias financieras durante el Ano Fiscal 2013, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que estan consideradas el Seguro Integral de Salud; aprobandose por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, constituyen principios fundamentales del MORDAZA de ejecucion presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial "El Peruano", la distribucion de los recursos que en el MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfieren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Generica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiendoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporacion de los recursos transferidos, dentro de su MORDAZA presupuestal; Que, conforme a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 226-2011/MINSA, que sustituye los Anexos N° 01 "Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado" y N° 2 "Definiciones Operacionales", aprobados por la Resolucion Ministerial Nº 240-2009/MINSA, el prestador debera reponer el 100% del consumo reportado; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 934-2010/ MINSA se modifica el articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 872-2009/MINSA, en el que facultan al Seguro Integral de Salud a utilizar las modalidades o mecanismos de pago mas adecuados para el financiamiento de las prestaciones que se cubran en el MORDAZA del MORDAZA de implementacion del Aseguramiento Universal en Salud, incluyendo aquellas prestaciones que no se encuentran comprendidas en la Resolucion Ministerial N° 240-2009/ MINSA, asi como las que forman parte del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), en tanto dure el MORDAZA de reestructuracion y adecuacion del SIS a su MORDAZA rol de Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, mediante Resolucion Ministerial N° 910-2011/ MINSA, se modifica el numeral 1 del acapite V.2 Del MORDAZA de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolucion Ministerial N° 422-2007/MINSA, en el que se dispone que "Las transferencias de recursos seran programadas por el SIS, a fin de garantizar el oportuno financiamiento de las prestaciones"; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 148-2012/SIS, se aprueba la Guia Tecnica N° 001-2012-SIS/GNF, "Guia Tecnica para el Pago por Preliquidacion"; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 149-2012/SIS, se aprueba la Guia Tecnica N° 002-2012-SIS/GNF, "Guia Tecnica para el Calculo del Capita"; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 991-2012/ MINSA, se aprueban los Parametros de Negociacion que seran tomados en cuenta para la celebracion de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) publicas; por lo que, en los Convenios de Gestion suscritos entre el SIS y los Gobiernos Regionales para el financiamiento de las prestaciones del Nivel I de atencion, se establece el mecanismo de pago capitado; Que, de acuerdo al parrafo precedente y a la Directiva Nº 001-2009/SIS/GF, que regula el Subsidio por Sepelio de Inscritos y Asegurados al SIS, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 148-2009/SIS, que en su titulo

ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban transferencia para las Unidades Ejecutoras y pago directo como subsidio por sepelio a nivel nacional correspondientes al mes de junio de 2013
RESOLUCION JEFATURAL Nº 118-2013/SIS MORDAZA, 24 de junio de 2013 VISTOS: El Informe N° 08-2013-SIS-GNF-SDGNFLL y Proveido Nº 122-2013-SIS-GNF, emitidos por la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programacion de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron

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