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El Peruano Jueves 27 de junio de 2013 498171 Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los citados trabajadores del 30 de junio de 2013 al 06 de julio de 2013; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos de los señores Karina Gisella Mendoza Egoavil y Johnny Gilbert Alpaca Álvarez; el señor Oscar Paolo Ramirez García asumirá los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002- PCM y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los señores Karina Gisella Mendoza Egoavil, profesional III, Oscar Paolo Ramirez García, profesional III, ambos de la Gerencia de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario, y Johnny Gilbert Alpaca Álvarez, profesional II de la División de Auditoría I de la Gerencia de Fiscalización de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, del 30 de junio de 2013 al 06 de julio de 2013, para participar en el Seminario sobre Precios de Transferencia relacionados con la Industria de Extracción a realizarse en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2013 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Karina Gisella Mendoza Egoavil Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto – TUUA) US$ 1,823.46 Viáticos US$ 2,640.00 Johnny Gilbert Alpaca Álvarez Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto – TUUA) US$ 1,823.46 Viáticos US$ 2,640.00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los trabajadores deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ROMERO SÁNCHEZ Superintendente Nacional (e) 955551-1 Dejan sin efecto designación de fedatarios administrativos de la Intendencia Regional Tacna RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 207-2013/SUNAT Lima, 26 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que el artículo 127° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1, que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar la fi delidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como pruebas; Que mediante Resolución de Superintendencia N° 096-2010/SUNAT, de fecha 26 de marzo de 2010, se designó, entre otros, al trabajador Cristian Omar Céspedes Ordoñez como Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia Regional Tacna; Que mediante Resolución de Superintendencia N° 267-2011/SUNAT, de fecha 18 de noviembre de 2011, se designó a la trabajadora Teófi la Margarita Cussi Tapia como Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia Regional Tacna; Que resulta necesario dejar sin efecto la designación de los mencionados trabajadores como Fedatarios Administrativos en dicha Intendencia; En uso de la facultad conferida en el inciso u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115- 2002-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la designación de los trabajadores Teófi la Margarita Cussi Tapia y Cristian Omar Céspedes Ordoñez como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Regional Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ROMERO SÁNCHEZ Superintedente Nacional (e) 955552-1 Notifican a contribuyentes mediante publicación en la página web de la SUNAT y en el Diario Oficial El Peruano INTENDENCIA LIMA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 024-024-0029434/SUNAT Santa Anita, 6 de junio del 2013 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, cuando no se pueda efectuar la diligencia de notificación por cualquier motivo imputable al contribuyente podrá emplearse la forma de notificación a que se refiere el numeral 1. Sin embargo, en el caso de la publicación a que se refiere el numeral 2, ésta deberá realizarse en la página web de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT y además en el Diario Oficial o en el diario de la localidad encargado de los avisos judiciales o, en su defecto, en uno de mayor circulación de dicha localidad; En uso de las facultades otorgadas por el Decreto Legislativo N° 501 – Ley General de la SUNAT, el inciso a) del artículo 15° y el inciso b) del artículo 49-AF° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 115-2002- PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 259-2012-EF, y según lo señalado en la Resolución de Superintendencia N° 314-2012/SUNAT;