Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2013 (13/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de marzo de 2013

- Dos (02) representantes del Consejo Regional de MORDAZA, debidamente acreditados. - Un (01) representante designado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. - Un (01) representante designado por la Gerencia Regional de Recaudacion. - Un (01) representante elegido por las Municipalidades Provinciales del Departamento de Loreto. - Un (01) representante elegido por las Municipalidades Distritales del Departamento de Loreto. - Dos (2) representantes elegidos por las empresas de la industria extractiva afincada en el Departamento de Loreto. Los representantes de la Sociedad Civil se elegiran de la siguiente manera: - Un (01) representante elegido entre los Colegios Profesionales de la Region MORDAZA, vinculado a temas de transparencia y vigilancia en industrias extractivas. - Dos (02) representantes de organismos no gubernamentales con experiencia comprobada en el tratamiento de temas afines a los de analisis y seguimiento de las industrias extractivas, especialmente en lo relacionado a sus aspectos economicos. - Un (01) representante del Instituto de Investigacion de la Amazonia Peruana (IIAP), vinculado a temas de transparencia y vigilancia en industria extractiva. - Un (01) representante de la Facultad de Ciencias Economicas de la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana (UNAP), vinculado a temas de transparencia y vigilancia en industria extractiva. La Secretaria Tecnica de la Comision Regional Multisectorial recae en la Gerencia Regional de Recaudacion, y sera ejercida por la Sub Gerencia de Canon y Concesiones. La Secretaria Tecnica, bajo responsabilidad de la Comision, mantendra las coordinaciones operativas para el funcionamiento de la comision. Sus funciones especificas seran establecidas en el Reglamento Interno de la Comision. La participacion de sus miembros es ad honorem. Articulo 3º.- DE LA ADSCRIPCION La Comision Regional Multisectorial Permanente a que hace mencion la presente ley, se encuentra adscrita a la Direccion Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de Loreto. Articulo 4°.- ATRIBUCIONES DE LA COMISION Son atribuciones de la Comision: 1. Elaborar estudios de transparencia sobre: a) las Transferencias por canon y sobrecanon homologado y del impuesto a la renta que realiza el gobierno nacional al Gobierno Regional de MORDAZA y a las Municipalidades, asi como el uso de estos recursos, b) los pagos de impuesto a la renta y regalias petroleras que realizan las empresas petroleras y que dan origen a dichas transferencias. 2. Difundir de manera amplia, comprensible y completa los resultados del estudio de transparencia de los ingresos que reciben los gobiernos sub-nacionales por concepto de canon y regalias, como el destino de estos recursos, y de los pagos tributarios de las empresas que dan origen a dichas transferencias. 3. Recomendar medidas para mejorar el acopio y difusion transparente sobre la generacion y distribucion de la renta que genera la actividad petrolera y sobre el uso del canon para el desarrollo regional y local. Todas las empresas MORDAZA y medianas del sector petrolero, que realizan actividades en el departamento de MORDAZA estan dentro del ambito de competencia de esta iniciativa. Articulo 5º.- FUNCIONES DE LA COMISION La Comision Regional Multisectorial Permanente, tendra las siguientes funciones: 1. Dirigir, organizar y promover de manera concertada la ejecucion de un plan para la implementacion de la "Iniciativa por la Transparencia en las Industrias Extractivas - EITI" en el departamento de Loreto. Para lo cual debera aprobar su Plan de Trabajo. 2. Elaborar y aprobar los Terminos de Referencia para

la elaboracion del Estudio de Transparencia al que hace referencia el articulo 4º de la presente norma. La Comision, decidira el alcance del Estudio en base a sus prioridades y posibilidades economicas. 3. Seleccionar a los consultores especialistas para la elaboracion del Estudio de transparencia sobre: a) las Transferencias por canon y sobrecanon petrolero e impuesto a la renta que realiza el gobierno nacional al gobierno regional de MORDAZA y a las municipalidades, como tambien del destino y uso de estos recursos, b) Los pagos de impuesto a la renta y regalias petroleras que realizan las empresas petroleras y que dan origen a dichas transferencias. 4. Proponer la contratacion del administrador independiente y/o auditor responsable de realizar cualquiera de las conciliaciones, validaciones, auditorias e investigaciones previstas por la EITI-Loreto. 5. Promover la difusion publica, abierta y comprensible de los resultados del Estudio de transparencia. 6. Aprobar su Reglamento de Funcionamiento de manera que asegure la participacion y el MORDAZA de toma de decisiones concertadas. 7. Formular propuestas y recomendaciones sobre las acciones o las medidas a adoptar para mejorar la transparencia de la generacion, distribucion y uso de la renta de las industrias extractivas en el departamento de Loreto. 8. Identificar y comprometer MORDAZA de financiamiento para el cumplimiento del Plan de Trabajo de la EITILoreto. 9. Coordinar sus acciones con la "Comision Multisectorial Permanente, para el seguimiento y supervision de la Transparencia en el empleo de los recursos que obtiene el Estado por el desarrollo de las Industrias Extractivas Minera e Hidrocarburiferos", que preside el Ministerio de Energia y Minas. Articulo 6º.- INFORMES DE LA COMISION La Comision Regional Multisectorial Permanente, elaborara, presentara y difundira los siguientes Informes: 1. El "Estudio de Transparencia" sobre: a) las transferencias por canon y sobrecanon petrolero e impuesto a la renta que realiza el gobierno nacional al gobierno regional y las municipalidades y el destino y uso de estos recursos, b) los pagos de impuesto a la renta y regalias mineras que realizan las empresas mineras y que dan origen a dichas transferencias. 2. El "Informe anual de la EITI - Loreto": Este Informe debera contener una declaracion detallada de todas las actividades llevadas a cabo por la EITI, incluyendo adecuados estados financieros. Articulo 7º.- REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO La Comision Regional Multisectorial Permanente, aprobara su Reglamento de Funcionamiento a propuesta de la Secretaria Tecnica, mediante Resolucion Directoral del sector al cual esta adscrito. Dicha propuesta debera realizarse en un plazo no mayor a veinte (20) dias habiles posteriores a la instalacion de la Comision y debera contener los mecanismos o MORDAZA de financiamiento de las actividades encargadas a esta comision. Articulo 8º.- DEL FINANCIAMIENTO DE LAS ACTIVIDADES DE LA COMISION El financiamiento de la Comision Regional Multisectorial Permanente, provendra de los aportes, subvenciones y donaciones, transferidas por la cooperacion tecnica internacional y por otros organismos internacionales multilaterales. Articulo 9°.- DE LA ACREDITACION DE LOS REPRESENTANTES Para el caso de los representantes de las Gerencias Regionales del Gobierno Regional, seran acreditados mediante Resolucion Ejecutiva Regional; y para el caso del representante de la Direccion Regional de Energia y Minas, bastara con oficio suscrito por el titular de la direccion mencionada. El resto de integrantes titulares de la comision, seran acreditados mediante comunicacion escrita a la Secretaria Tecnica de la Comision Regional Multisectorial Permanente. Se permite acreditar representantes alternos. Articulo 10°.- DE LA INSTALACION Y VIGENCIA DE LA COMISION La instalacion de la Comision Regional Multisectorial Permanente, se realizara dentro de los diez (10) dias habiles de entrada en vigencia la presente norma.

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