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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2013 (13/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de marzo de 2013 490683 completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgará la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 910679-3 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Susapaya, provincia de Tarata, departamento de Tacna RESOLUCIÓN Nº 140-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00080 SUSAPAYA -TARATA - TACNA Lima, ocho de febrero de dos mil trece. VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Raúl Rufo Cutipa Cruz, alcalde de la Municipalidad Distrital de Susayapa, provincia de Tarata, departamento de Tacna, al haberse declarado la vacancia de Wílber Emilio Mamani Choque, regidor del citado municipio, por haber incurrido en la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con copias del Expediente Nº J-2012-01292. ANTECEDENTES En Sesión Extraordinaria Nº 08-2012-MDS, realizada el 8 de noviembre de 2012, el concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Susayapa, provincia de Tarata, departamento de Tacna, declaró la vacancia del regidor Wílber Emilio Mamani Choque por haber incurrido en la causal de inasistencia a tres sesiones ordinarias consecutivas sin justifi cación, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). Asimismo, obra en el expediente el Acuerdo de Concejo Nº 039-2013-MDS (foja 4), de fecha 27 de diciembre de 2012, que declara consentido el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 036-2012-CM/MDS, en razón a que, transcurrido el plazo de quince días establecidos para impugnar dicho acuerdo, se advierte que el regidor cuestionado no presentó ningún medio impugnatorio. CONSIDERANDOS Aspectos generales 1. Corresponde al Jurado Nacional de Elecciones, antes de expedir las credenciales a las que hubiere lugar, verifi car la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además, si en su desarrollo se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento. Respecto a la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la LOM 2. El artículo 22, numeral 7, de la LOM establece que se declara vacante el cargo de alcalde o regidor en el caso que este no asista, injustifi cadamente, a tres sesiones ordinarias consecutivas o a seis no consecutivas durante el lapso de tres meses. 3. Del caso de autos se puede apreciar que el regidor Wílber Emilio Mamani Choque inasistió injustifi cadamente a las sesiones ordinarias de fechas 20 de julio y 2, 20 y 24 de agosto de 2012 (fojas 81 a 84, 86 a 88, 90 a 93, 95 a 96), pese a estar debidamente notifi cado, conforme se aprecia de los cargos de notifi cación a las referidas sesiones ordinarias (fojas 80, 85, 89 y 94). Respecto a la Sesión Extraordinaria Nº 08-2012-MDS, realizada el 8 de noviembre de 2012, en la que se aprobó la vacancia del regidor Wílber Emilio Mamani Choque, se advierte de los actuados que la convocatoria a la misma le fue notifi cada a la autoridad cuestionada el día 5 de noviembre (foja 33). Asimismo, la notifi cación del acuerdo de vacancia tomado en dicha sesión extraordinaria le fue notifi cada el 9 de noviembre de 2012 (foja 20). En dicho documento se deja constancia de que el padre del regidor Wílber Emilio Mamani Choque se negó a recibir la copia del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 036-2012-CM/MDS, que contenía el referido acuerdo de vacancia. Por otro lado, obra en el expediente el Acuerdo de Concejo Nº 039-2013-MDS (foja 4), de fecha 27 de diciembre de 2012, donde se deja constancia de que, transcurrido el plazo de quince días establecidos para impugnar la decisión, el regidor cuestionado no presentó ningún medio impugnatorio contra la decisión adoptada por el concejo municipal. En ese sentido, quedó consentida la declaración de vacancia. 4. Por ello, al haberse verifi cado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decisión del concejo municipal, por lo que debe emitirse la credencial correspondiente al accesitario llamado por ley. De conformidad con el artículo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Así, estando a que no se registran candidatos no proclamados de la organización política Movimiento Regional Tacna Unida, por la que fue electo el regidor cuya vacancia se declara, corresponde convocar a José Alave, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional Recuperemos Tacna, para completar el número de regidores del Concejo Distrital de Susapaya. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamación de resultados, de fecha 17 de noviembre de 2010, remitida por el Jurado Electoral Especial de Tarata, con motivo de las elecciones municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el acuerdo adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 08-2012-MDS, realizada el 8 de noviembre de 2012, que declaró la vacancia del regidor Wílber Emilio Mamani Choque, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en consecuencia, declarar su vacancia en el cargo que ejercía en la Municipalidad Distrital de Susapaya. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Wílber Emilio Mamani Choque como regidor del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Susapaya, provincia de Tarata, departamento de Tacna, emitida con motivo de las elecciones municipales del año 2010. Artículo Tercero.- CONVOCAR a José Alave, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 00672558, para que asuma el cargo de regidor del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Susapaya, provincia de Tarata, departamento de Tacna, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial que la acredita como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO LEGUA AGUIRRE VELARDE URDANIVIA Bravo Basaldúa Secretario General 910679-4