Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2013 (13/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490689

de necesidad institucional establecer mecanismos y procedimientos para asegurar la participacion de los pueblos indigenas en las politicas regionales, planes de desarrollo, en la ejecucion de actividades vinculadas con sus territorios a traves de sus diferentes organizaciones y en el Consejo de Coordinacion Regional como Organo Consultivo y de Coordinacion del Gobierno Regional, con las Municipalidades y los representantes de la Sociedad Civil organizada; integrando funciones de inclusion, desarrollo social e igualdad de oportunidades en materia indigena e independizar servicios o tareas, para atender a las necesidades socioeconomicas de los pueblos indigenas de la region, a traves de un Organo de Linea dependiente de la Gerencia General Regional, responsable de formular y ejecutar politicas regionales y acciones concretas orientadas a la inclusion, priorizacion y promocion de los pueblos indigenas de la region, que se plasmen en los Planes Institucionales a largo, mediano y corto plazo, con objetivos, estrategias, metas y lineas de accion claras y especificas cuyas actividades y proyectos se incorporen en el programa multianual de inversion publica, con sus correspondientes presupuestos que garanticen sus sostenibilidad, garantizando de esta manera la presencia del Estado en los ambitos territoriales de los pueblos indigenas, a traves de la prestacion eficiente de los servicio sociales besicos y la ejecucion de proyectos productivos, ademas de ejercer las funciones transversales sectoriales en esta materia, en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales que promuevan su desarrollo y crecimiento socioeconomico; Que, dentro de este contexto y en el MORDAZA de la autonomia politica, y administrativa que la Constitucion, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley MORDAZA de la Gestion del Estado y la Ley Organica, otorgan a los Gobierno Regionales, la propuesta de Creacion de la Gerencia Regional de Asuntos Indigenas, efectuada por la Gerencia Regional de Desarrollo Social, se sustenta en los criterios a que se refiere el articulo 6º de la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y los criterios para la creacion de Unidades Organicas establecidos en el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM. Por lo que de conformidad con la opinion tecnica de la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Institucional e Informatica no existe duplicidad y superposicion de funciones en materia indigena al integrarse las mismas en un organo e linea del Gobierno Regional de MORDAZA, como una instancia administrativa regional, que se crea con la finalidad de impulsar y fomentar el desarrollo socioeconomico de los pueblos indigenas, y la pone a consideracion del Consejo Regional para su aprobacion; Que, mediante el Oficio Nº 8967-2012-GRLGRPPAT-SGP, de fecha 23 de noviembre de 2012, la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA, comparte la opinion emitida por el Jefe de la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Institucional e Informatica, respecto a la Creacion de la Gerencia Regional de Asuntos Indigenas; Que, en atencion a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional, son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgacion en un plazo de diez (10) dias naturales y/o hacer uso de su derecho a observarla en el plazo de quince (15) dias habiles, conforme lo establece el inciso o) del Articulo 21º de la MORDAZA citada; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 37º inc. a) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, emite la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero: CREASE LA "GERENCIA REGIONAL ASUNTOS INDIGENAS, DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO", como un organo de linea del Gobierno Regional de MORDAZA, dependiente de la Gerencia General Regional, responsable de Impulsar y fomentar el desarrollo socioeconomico de los pueblos indigenas a traves de la formulacion y ejecucion de politicas regionales y acciones concretas orientadas a la inclusion, desarrollo social, priorizacion y promocion de los pueblos indigenas en la Region Loreto.

Articulo Segundo: Modificar la Estructura Organica del Gobierno Regional de MORDAZA, en el MORDAZA nivel organizacional por creacion e incorporacion de la Gerencia Regional de Asuntos Indigenas, como organo de linea del Gobierno Regional de Loreto. Articulo Tercero: ENCARGAR, a la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Institucional e Informatica, la modificacion de los documentos de gestion institucional (ROF, CAP, MOF, MAPRO y TUPA). Articulo Cuarto: ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en coordinacion con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la reformulacion de su Plan Operativo Institucional 2013. Articulo Quinto: ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, la inmediata implementacion, de la Gerencia Regional de Asuntos Indigenas y disponga la formulacion su Plan Operativo Institucional, en coordinacion con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, asi como sus demas documentos de gestion, en concordancia con la propuesta de creacion. Articulo Sexto: El egreso que origine el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional, se MORDAZA con cargo a la siguiente Estructura Funcional Programatica: Correl. (0108), Unidad Ejecutora: 001 - Sede Central, Estructura Funcional Programatica: 9001-3.999999-5.000002-23.006.0007 Conduccion y Orientacion Superior; Meta 00005; Finalidad 44880 - Operatividad de la Sub Gerencia de Nacionalidades Indigenas. Articulo Septimo: ENCARGAR, a la Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA, disponer la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano, Diario de mayor circulacion de la Region y en el MORDAZA web del Gobierno Regional de Loreto: wwww.regionloreto.gob.pe. Articulo Octavo: La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia a partir del siguiente dia de su publicacion. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su promulgacion. Dado en el Auditorium del Gobierno Regional de MORDAZA, sito en la Av. MORDAZA Quinones Km.1.5, a los catorce dias del mes de diciembre del ano 2012. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los articulos 16º, 21º inc. o), 37 inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el inc. o) del articulo 13º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 0022010-GRL-CR de fecha 8 de enero de 2010. Registrese, publiquese y cumplase. YVAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA

910059-1

Crean la Gerencia Regional de Deportes del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2012-GRL-CR
MORDAZA MORDAZA, 14 de diciembre de 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria, de fecha catorce de diciembre del ano 2012, en uso de sus atribuciones y luego de la revision, analisis y evaluacion de toda la documentacion que antecede, respecto a la Creacion de la Gerencia Regional de Deportes, que dependera jerarquicamente de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de MORDAZA y estando al contenido de los informes

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