Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2013 (13/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de marzo de 2013

tecnicos y legales favorables, que corren en el expediente, previa deliberacion y absolucion de interrogantes, acordo por unanimidad, aprobar la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, conforme a los articulos 191º y 192º de la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion de la Constitucion Politica del Estado, concordantes con los articulos 2º, 3º, 4º, 5º, 9º y 10º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, que establecen la legitimidad y naturaleza juridica, jurisdiccion, finalidad, mision, competencias constitucionales y competencias exclusivas; la autonomia politico-normativa de los Gobiernos Regionales, conlleva la facultad de crear Derecho y no solo de ejecutarlo. Precisamente, por ello, como quedo dicho, el Estado peruano no puede concebirse como un Estado "unitario descentralizado", es decir, como aquel en el que la descentralizacion tan solo refleja una proyeccion estamentaria o administrativa de un unico ordenamiento juridico a ejecutar. Se trata por el contrario, de un Estado "unitario y descentralizado", esto es, un Estado en el que la descentralizacion, al alcanzar una manifestacion politico-normativa, fundada en el MORDAZA constitucional de la autonomia, acepta la convivencia de sub-sistemas normativos (nacional, regional y local)"; Que, la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, establece en su articulo 4º, que, el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado, tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, en concordancia con lo dispuesto en el inciso a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional, tiene entre sus atribuciones aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, como ente rector del desarrollo socioeconomico de la region, considera de necesidad institucional establecer mecanismos de articulacion intersectorial de las politicas nacionales en materia de deporte y recreacion con las politicas regionales integrando funciones e independizando servicios o tareas a traves de un Organo de Linea dependiente de la Gerencia General Regional, responsable de formular y ejecutar politicas regionales que se incorporen en los Planes Institucionales a largo, mediano y corto plazo, con objetivos, estrategias, metas y lineas de accion claras y especificas cuyas actividades y proyectos MORDAZA incluidos en el programa multianual de inversion publica, con sus correspondientes presupuestos que garanticen su sostenibilidad en el tiempo y contribuyan a la formacion y desarrollo humano especialmente de la ninez y de la juventud; Que, el Articulo 47º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, otorga como funcion especifica a los Gobiernos Regionales, entre otras, la formulacion, aprobacion, ejecucion, evaluacion y administracion de politicas regionales de educacion, cultura, ciencia, tecnologia, deporte y recreacion en la region; Que, dentro de este contexto y en el MORDAZA de la autonomia politica, y administrativa que la Constitucion, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley MORDAZA de la Gestion del Estado y la Ley Organica, otorgan a los Gobiernos Regionales, la propuesta de Creacion de la Gerencia Regional de Deportes, efectuada por la Gerencia Regional de Desarrollo Social, se sustenta en los criterios a que se refiere el articulo 6º de la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion Estado y los criterios para la creacion de Unidades Organicas establecidos en el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM. Por lo que no de conformidad con la opinion tecnica de la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Institucional e Informatica, no existe duplicidad y superposicion de funciones en materia de deportes al integrarse las mismas en un organo de linea del Gobierno Regional de MORDAZA, como una instancia administrativa regional, que se crea con la finalidad de impulsar y fomentar el desarrollo del deporte en la ninez y juventud en la Region MORDAZA, y la pone a consideracion del Consejo Regional para su aprobacion; Que mediante el Oficio Nº 8995-2012-GRLGRPPAT-SGP, de fecha 26 de noviembre de 2012, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA, emite opinion presupuestal, respecto a la Creacion de la Gerencia Regional de Deportes, sugiriendo su creacion

en el presente ejercicio presupuestal y su ejecucion recien se iniciaria en el ano 2013, con un presupuesto referencial ascendente a la suma de Ochocientos Noventa y Siete Mil Trescientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 897,300.00), con los que se solventaran los gastos de personal, bienes, servicios, equipamiento, mobiliario, infraestructura, etc.; Que, en atencion a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional, son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgacion en un plazo de diez (10) dias naturales y/o hacer uso de su derecho a observarla en el plazo de quince (15) dias habiles, conforme lo establece el inciso o) del Articulo 21º de la MORDAZA citada; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 37º inc. a) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, emite la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- CREASE LA "GERENCIA REGIONAL DE DEPORTES, DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO", como un organo de linea del Gobierno Regional de MORDAZA, dependiente de la Gerencia General Regional, responsable de "Fomentar, y promover el deporte y recreacion a nivel regional, propiciando la mejora de la infraestructura existente y el acceso de la poblacion, especialmente de ninos y jovenes, a la actividad deportiva y recreativa como factores coadyuvantes en la formacion integral de la persona, asi como, impulsar en coordinacion con las instituciones afines, la practica de competencias deportivas en procura de alcanzar un alto nivel de participacion en el desarrollo de las mismas, asegurando que las representaciones del deporte loretano, MORDAZA la real expresion de la jerarquia cultural y deportiva del pais. Articulo Segundo.- Modificar la Estructura Organica del Gobierno Regional de MORDAZA, en el MORDAZA nivel organizacional, por creacion e incorporacion de la Gerencia Regional de Deportes, como organo de linea del Gobierno Regional de Loreto. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Institucional e Informatica, la modificacion de los documentos de gestion institucional (ROF, CAP, MOF, MAPRO y TUPA). Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en coordinacion con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la reformulacion de su Plan Operativo Institucional 2013. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, la inmediata implementacion, de la Gerencia Regional de Deportes y disponga la formulacion su Plan Operativo Institucional, en coordinacion con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, asi como sus demas documentos de gestion, en concordancia con la propuesta de creacion. Articulo Sexto.- El egreso que origine el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional, se MORDAZA con cargo a la siguiente Estructura Funcional Programatica: Correlativa: (0119), Unidad Ejecutora: 001 Sede Central; Estructura Funcional Programatica 9002-3.999999-5.000993-21-0460102 Operacion y Mantenimiento, Meta 00001, Finalidad: 08020 Apoyo al Deporte y Recreacion. Articulo Septimo.- ENCARGAR, a la Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA, disponer la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial "El Peruano", Diario de mayor circulacion de la Region y en el MORDAZA web del Gobierno Regional de Loreto: wwww. regionloreto.gob.pe. Articulo Octavo.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia a partir del siguiente dia de su publicacion. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su promulgacion. Dado en el Auditorium del Gobierno Regional de MORDAZA, sito en la Av. MORDAZA Quinonez Km.1.5, a los catorce dias del mes de diciembre del ano 2012. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA

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