Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2013 (13/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de marzo de 2013

y de verdad material contenidos en los numerales 1.3 y 1.11 del articulo IV, del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, por lo que ambos acuerdos han incurrido en vicio de nulidad establecido en el articulo 10, numeral 1, del mismo cuerpo normativo, correspondiendo declarar la nulidad de lo actuado a fin de que el referido concejo, previamente a la sesion extraordinaria en la cual se resolvera la solicitud de vacancia, requiera la documentacion necesaria senalada en el considerando 2 de la presente resolucion, a fin de que la decision que se asuma sea conforme a la realidad de los hechos. CONCLUSION Por consiguiente, este Supremo Tribunal Electoral, apreciando los hechos con criterio de conciencia, conforme al articulo 23 de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y valorando todos los medios probatorios, concluye que se debe declarar la nulidad de los Acuerdos de Concejo Nº 103-2012-CM y Nº 125-2012-CM, y devolver los actuados al Concejo Distrital de Curimana, para que vuelva a emitir decision sobre la solicitud de vacancia. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar NULOS los Acuerdos de Concejo Nº 103-2012-CM y Nº 125-2012-CM, emitidos en el procedimiento de vacancia seguido contra Loiber MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Curimana, provincia de Padre MORDAZA, departamento de Ucayali, por las causales previstas en el articulo 22, numerales 8 y 9, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de Curimana, a efectos de que vuelva a emitir pronunciamiento respecto de la solicitud de vacancia interpuesta por Eli MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dentro de un plazo de treinta dias habiles, conforme a lo dispuesto por el articulo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

de Operaciones Registrales, la Hoja de Elevacion N° 0000262013/GG/RENIEC (19FEB2013), emitida por la Gerencia General, y el Informe N° 000392-2013/GAJ/RENIEC (05MAR2013), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el articulo 11° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando las dependencias que fueren necesarias; Que en ese mismo sentido, los articulos 11° y 13° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, establecen que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional la decision sobre la creacion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion o localidades donde no exista oficina registral; Que mediante documento de vistos la Jefatura Regional 15 ­ MORDAZA comunica que la Municipalidad distrital de Banos, mediante Acta de Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 17JUL2012, ha otorgado en cesion de uso a favor del RENIEC un ambiente del local de la Municipalidad, con un area total de 68.04m2; asi como, la adquisicion de los mobiliarios basicos para la implementacion de una Agencia del RENIEC situacion que beneficiaria a una poblacion de 6,534 habitantes que incluye a los pobladores de los distritos de Jivia, Queropalca, Rondos y San MORDAZA de MORDAZA, zonas consideradas de Pobreza Extrema en el Mapa de Pobreza del FONCODES; Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante documento de vistos, propone la creacion de una Agencia del RENIEC en el indicado distrito; Que la Gerencia General a traves del documento de vistos, opina favorablemente sobre la creacion de una Agencia del RENIEC en el distrito de Banos, provincia de Lauricocha, departamento de Huanuco; en tal sentido, resulta legalmente viable autorizar la creacion de una Agencia en el indicado distrito; Que de otro lado, mediante Resolucion Jefatural N° 492013/JNAC/RENIEC (08FEB2013), se encarga a la senora MORDAZA Magdelyn MORDAZA Aransaenz, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retencion de su cargo, del 13 de febrero al 14 de marzo de 2013; Que la presente Resolucion Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadania, a traves de la correspondiente publicacion; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; el inciso g) del articulo 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 245-2012/JNAC/RENIEC (03OCT2012); y lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la apertura de la Agencia Banos, la cual se encuentra ubicada en Jr. Maranon s/n (Ex local ESSALUD), primer piso, del distrito de Banos, de la provincia de Lauricocha, del departamento de MORDAZA, a cargo de la Jefatura Regional 15 - MORDAZA de la Gerencia de Operaciones Registrales. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementacion de lo dispuesto en la presente Resolucion Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ARANSAENZ Jefe Nacional (e)

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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan apertura de la Agencia Banos en el distrito de Banos, provincia de Lauricocha, departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 089-2013/JNAC/RENIEC
MORDAZA, 11 de marzo de 2013 VISTOS: El Oficio N° 353-2012-MDB/A (07DIC2012), emitido por la Municipalidad Distrital de Banos; el Informe N° 000001-2013/GOR/JR15HNCO/RENIEC (03ENE2013), emitido por la Jefatura Regional 15 ­ MORDAZA de la Gerencia de Operaciones Registrales; la Hoja de Elevacion N° 0000862013/GOR/RENIEC (08FEB2013), emitida por la Gerencia

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