Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2013 (15/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490929

Acciones de supervision de fechas 28 de marzo y 20 de junio de 2011 Conforme se aprecia del Informe de supervision, en las referidas acciones de supervision, se hicieron consultas relacionadas en primer lugar respecto al servicio de Internet movil mediante equipos Blackberry, y en MORDAZA lugar en relacion al servicio Internet movil mediante MODEM inalambrico. En cuanto al servicio de Internet movil mediante equipos Blackberry, MORDAZA MOVIL senala en sus descargos respecto a las acciones de supervision del 28 de marzo y 20 de junio de 2011, que cuando su Asesor de Atencion al Cliente informo al funcionario del OSIPTEL que los planes Blackberry no contaban con alguna restriccion o limitacion para el acceso a Internet, se referia a que no habia ningun costo adicional por la navegacion ilimitada, debido a que se trata de uno de los aspectos de los planes Blackberry que es consultado con mayor frecuencia por los clientes ante la preocupacion de la posibilidad de efectuar pagos adicionales por el acceso a Internet. Asimismo, MORDAZA MOVIL discrepa de lo senalado en el Informe de supervision respecto a las mencionadas acciones de supervision del 28 de marzo y 20 de junio de 2011, en cuanto a la imposibilidad de acceso a la pagina YouTube, puesto que a criterio de dicha empresa operadora, ello no se encuentra relacionada con la capacidad o posibilidad de navegar por Internet de manera ilimitada que los planes MORDAZA mencionados ofrecen, sino mas bien a un aspecto de caracter netamente tecnico que se encuentra relacionado con el parametro denominado Nombre de Punto de Acceso (APN) utilizado para la navegacion en Internet mediante los planes Blackberry, y que por defecto se encuentra configurado en los terminales Blackberry comercializados no solo por MORDAZA MOVIL sino tambien por las demas empresas que operan en el mercado. MORDAZA MOVIL agrega que resulta materialmente imposible que sus Asesores de Atencion al Cliente puedan conocer ­y trasladar a los usuarios­ la informacion correspondiente a la totalidad de paginas web a las cuales es posible acceder mediante el APN utilizado por los Planes Blackberry (denominado blackberry.net), no solo debido a que se trataria de una considerable cantidad de informacion que entorpeceria el MORDAZA de venta y la contratacion del servicio, sino que tambien el hecho que pueda concluirse que los planes Blackberry no cuentan con las caracteristicas de acceso a Internet de manera ilimitada debido a una cuestion de configuracion de un parametro para acceso a Internet. En relacion a lo manifestado por MORDAZA MOVIL, del Informe de supervision se aprecia que en MORDAZA acciones de supervision del 28 de marzo y 20 de junio de 2011, el Supervisor de la GFS consulto al Asesor de MORDAZA MOVIL si el acceso a Internet del plan ofrecido era realmente ilimitado o si tenia alguna restriccion, a lo cual en cada una las acciones el Asesor informo que no habia restriccion alguna pues se trataba de un plan con acceso a Internet ilimitado(11), afirmacion que no era correcta, en la medida que dichos planes tienen restringido el acceso a la pagina de YouToube. En el presente caso, si bien como senala MORDAZA MOVIL la indicada condicion del servicio en este caso en particular se encuentra relacionada con la configuracion de un parametro para acceso a Internet inherente a los equipos terminales Blackberry, dicha condicion aplica por ende a los planes Blackberry que comercializa dicha empresa operadora, por lo cual, esta se encontraba en la obligacion de informar tal condicion en la medida que la misma afectaba directamente la prestacion del servicio y que, conforme lo dispone el articulo 6º de las Condiciones de Uso, se encuentra obligada a garantizar el derecho de toda persona a recibir de la informacion necesaria para tomar una decision o realizar una eleccion adecuada en la contratacion, uso o consumo de los adecuado de los servicios publicos. En efecto, el conocimiento de dicha condicion podria determinar la eleccion de este MORDAZA de planes u otro por parte de los potenciales usuarios, quienes a partir de la informacion proporcionada podrian evaluar la conveniencia de suscribirse a alguno de tales planes ante la imposibilidad de acceder a determinadas paginas web o hacerlo de manera gratuita. Asimismo, pese a que MORDAZA MOVIL refiere que la utilizacion sobre el APN es brindada en todo momento por sus Asesores de Atencion al Cliente y a traves de otros mecanismo; sin embargo, en el caso en particular no se advierte que dicha informacion MORDAZA sido puesta a

disposicion del Supervisor de la GFS quien actuaba como potencial usuario del servicio. En cuanto a la informacion sobre el servicio de acceso a Internet mediante MODEM inalambrico, MORDAZA MOVIL senala que en las acciones de supervision del 28 de marzo y 20 de junio de 2011, cuando el Asesor indico al Supervisor del OSIPTEL que tales planes no contaban con ninguna limitacion se referia a que no existe ningun costo adicional al pago del cargo fijo indicado durante el desarrollo de la accion de supervision para efectos de navegar en Internet de manera ilimitada, a diferencia de los planes de Internet limitados que cuentan con una cantidad determinada de MB libres y que permiten realizar trafico mediante recargas una vez consumidos. En cuanto a la accion de supervision de fecha 20 de junio de 2011, agrega MORDAZA MOVIL que la informacion proporcionada por su Asesor fue en el contexto especifico de la pregunta formulada por el funcionario del OSIPTEL respecto de los Planes Control, por tal motivo, el Asesor respondio que los planes Postpago ilimitados no tenian ninguna limitacion en lo que respecta a la cantidad de MB para navegar en Internet, a diferencia de los planes ofrecidos bajo la modalidad control. Cabe indicar que tal y como se aprecia del Informe de supervision, en cada una de las acciones de supervision del 28 de marzo y 20 de junio de 2011, el Supervisor de la GFS consulto si el plan de Internet ilimitado ­respecto del cual el Asesor de MORDAZA MOVIL habia brindado informacion­ tenia alguna restriccion, obteniendo como respuesta que no existia alguna restriccion para el acceso a Internet ilimitado(12).

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En el acta de la accion de supervision del 28 de marzo de 2011 se indica lo siguiente: En ese contexto los profesionales de OSIPTEL fueron atendidos por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 41011895 con cargo de Asesor de Servicio (en adelante, Asesor CLARO), a quien se le requirio informacion sobre las caracteristicas del servicio de Internet Movil a traves de los planes Blackberry de CLARO. En respuesta, el Asesor MORDAZA informo que se ofrecia un plan por un precio de S/. 99 (noventa y nueve y 00/100 nuevos soles) que incluia acceso a Internet ilimitado asi como redes sociales, chat ilimitado, un paquete determinado de minutos RPC, SMS y MMS. Ante dicha respuesta, se procedio a consultar puntualmente si el acceso a Internet del plan ofrecido era realmente Ilimitado o si tenia alguna restriccion, a lo que el Asesor MORDAZA reitero que no habia restriccion alguna pues se trataba de un plan con acceso a Internet ilimitado. (Sin subrayado en el original) En el acta de la accion de supervision del 20 de junio de 2011 se indica lo siguiente: Acto seguido, el Sr. MORDAZA Barrenechea MORDAZA requirio informacion sobre las caracteristicas, del servicio de Internet ofrecido en los Planes Black Berry. Al respecto, El Asesor proporciono una MORDAZA hoja de papel pequena (la misma que se adjunta a la presente Acta como Anexo 2), en el cual procedio a consignar caracteristicas del servicio de Internet ofrecido en el Plan Black Berry de S/.159.00 de cargo mensual. Sobre el particular, el senor MORDAZA Barrenechea MORDAZA pregunto a El Asesor si el Plan de Internet Black Berry, detallado en el Anexo 2, tenia alguna limitacion y/o restriccion, a lo que El Asesor senalo que no tenia ninguna limitacion y que eran un plan de Internet Ilimitado en el movil, y que la unica limitacion era de una capacidad de 3 Gigabites en caso el equipo Black Berry sea usado como Modem conectandose a cualquier PC. En ese contexto, el senor MORDAZA Barrenechea MORDAZA pregunto a El Asesor si el Plan de Internet Black Berry, detallado en el Anexo 2, tenia alguna otra limitacion y/o restriccion, a lo que El Asesor volvio a precisar que no tenia ninguna limitacion ya que era un plan de Internet Ilimitado. (Sin subrayado en el original) En el acta de la accion de supervision del 28 de marzo de 2011 se indica lo siguiente: Posteriormente, se le consulto al Asesor MORDAZA acerca de las caracteristicas del servicio de Internet Movil mediante el MODEM inalambrico, ante lo cual el Asesor MORDAZA informo que el costo del MODEM es de S/. 48 (cuarenta y ocho y 00/100 Nuevos Soles) y que permite el acceso ilimitado a Internet por un pago mensual de S/. 98.20 (noventa y ocho y 20/100 Nuevos soles). Ante dicha respuesta, se consulto si dicho plan, con acceso a Internet ilimitado tenia alguna restriccion alguna para el acceso a Internet ilimitado. En ese contexto, se formulo nuevamente la interrogante, sobre si es que en dicho plan de acceso a Internet ilimitado existia alguna restriccion y el Asesor MORDAZA reitero que no existia restriccion alguna para el acceso a Internet ilimitado. (Sin subrayado en el original) En el acta de la accion de supervision del 20 de junio de 2011 se indica lo siguiente: Sobre el particular, El Asesor proporciono una hoja de papel pequena (la misma que se adjunta a la presente Acta como Anexo 1), en el cual procedio a consignar tres (03) Planes Post Pago de Internet Movil, los cuales detallo e indico se tratan de planes de internet Ilimitado con cargos mensuales de S/.99.00, S/.129.00 y S/.199.00, con velocidades de 700 Kbps, 1,000 Kbps y 1,500 Kbps, respectivamente. (...) Seguidamente, el senor MORDAZA Barrenechea MORDAZA pregunto a El Asesor si los Planes Post Pago de Internet Ilimitado, detallados en el Anexo 1, tenian alguna limitacion como las indicadas para los planes Controlados, a lo que El Asesor senalo que no tenian ninguna limitacion y que eran planes de Internet Ilimitado.(...) En ese contexto, el senor MORDAZA Barrenechea MORDAZA pregunto a El Asesor si los Planes Post Pago de Internet Ilimitado, detallados en el Anexo 1, tenian alguna otra limitacion, a lo que El Asesor, volvio a precisar que no tenian ninguna limitacion ya que eran planes de Internet Ilimitado. (Sin subrayado en el original)

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