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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2013 (21/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de marzo de 2013 491273 identidad étnica y cultural, por lo que toda persona debe ser educada en el conocimiento de nuestra herencia y patrimonio cultural, entendiéndose que parte valiosa de ello son nuestros idiomas maternos el quechua y el aymara. En la LGE N° 28044 en su TITULO I Fundamentos y Disposiciones Generales en el Artículo 9° Fines de la educación peruana, establece que el sistema Educativo peruano busca: a) Formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento; Que, asimismo, dice en el segundo fi n b) Contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afi rme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística, supere la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la integración latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado. Parte fundamental de los objetivos educacionales del Sistema Educativo peruano es lograr el pleno desarrollo de la Identidad Nacional, ello a través del desarrollo de Áreas Curriculares, el logro de competencias, capacidades y valores en los diferentes niveles de la EBR. Que, en la LGE N° 28044 en su TITULO I Fundamentos y Disposiciones Generales en el Artículo 8° Principios de la Educación Peruana, se establece que un de los principios bajo los cuales se debe desarrollar el proceso de la enseñanza aprendizaje es la interculturalidad por el cual se asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo; Que, el principio de la interculturalidad con el que desarrollan los procesos pedagógicos, se fundamentan en el reconocimiento de que nuestra nación es pluricultural y multilingüe, motivo por el cual el manejo de nuestros idiomas maternos por parte de todos los peruanos también debe ser un objetivo. El D.S. N° 011 – 2012 – ED, en el Sub Capítulo I De la Política Pedagógica Nacional Artículo 26° Procesos Pedagógicos le exige al docente y directivos: n) El conocimiento, respeto y valoración y diálogo con las distintas culturas existentes en su entorno y fuera de él; por lo tanto, debemos asumir que parte de nuestra política pedagógica regional debe buscar que nuestros estudiantes y futuros ciudadanos se apoderen de una de las principales manifestaciones culturales la cual es el uso y vigencia del quechua y al aymara; por otro lado, el D.S. N° 011 – 2012 – ED en el 27° Currículo Nacional de Educación Básica, indica que este documento guarda relación plena con las fi nes y principios de la educación peruana (LGE N° 28044), y que su contenido está fundamentado en un diagnóstico de la realidad socio cultural y económica; Que, la norma precitada en su artículo 28° “Diversifi cación Curricular” indica los lineamientos generales para diversifi cación curricular en los currículos regionales que: a) Contengan aprendizajes pertinentes a las características específi cas, necesidades y demandas de los estudiantes en cada región, en función de sus entornos socioculturales, lingüísticos, económico – productivo – geográfi cos. Es potestad del Gobierno Regional la elaboración de su Proyecto Curricular en el cual se les faculta la inserción de aprendizajes a lo que necesita el estudiante y la región, siendo una de las principales necesidades de los pueblos el mantener viva su personalidad histórica en su identidad cultural, así como la de sus ciudadanos; el D.S. N° 011 – 2012 – ED en el 37° indica que parte del proceso de formación integral es la formación cultural, en enfoque intercultural e inclusivo; Que, la fuerza de la globalización nos expone a la alienación cultural trasplantando en nuestros jóvenes valores culturales usos y costumbres que no son propios, desvalorizando nuestras propias manifestaciones culturales, siendo nuestra única opción el fortalecer nuestros valores culturales, y ello se hace a través de la educación. La R.M. N° 0440 – 2008 – ED que aprueba le Diseño Curricular Nacional, estable como PROPÓSITO 1: Desarrollo de la identidad personal, social y cultural en el marco de una sociedad democrática, intercultural y ética en el Perú y como PROPÓSITO 3: Preservar la lengua materna y promover su desarrollo y práctica, Esta identidad se forja desde la infancia, a partir del uso de la lengua materna, del conocimiento y valoración de su cultura (expresadas en maneras de relacionarse, pensar e interpretar el mundo, con valores propios), del conocimiento de otras culturas, de garantizar la convivencia y superación de conductas discriminatorias de raza, sexo y religión, entre otras, contribuyendo a la afi rmación de la identidad personal y social del estudiante como parte de una comunidad familiar, escolar, local, regional, nacional; este propósito contribuye a la cohesión social. El siglo XXI plantea nuevos estilos de vida donde los estudiantes tendrán mayores exigencias y oportunidades de desplazarse y alternar en contextos diversos cultural y lingüísticamente. Para que este intercambio les resulte enriquecedor se requiere en ellos una identidad cultural afi rmada que les permita abrirse a relaciones impregnadas por el diálogo intercultural. La identidad cultural se afi rma, desde los primeros años de vida, con la comunicación a través de la lengua materna, porque esta expresa la cosmovisión de la cultura a la que el estudiante pertenece. El dominio de la lengua, aprendida desde la infancia, posibilita el desarrollo de la función simbólica de la que se vale el pensamiento para representar la realidad y comunicarla a través del lenguaje; Que, fi nalmente la R.M. N° 0440 – 2008 – ED que aprueba le Diseño Curricular Nacional, estable como lineamiento para diversifi cación curricular a nivel regional, que se puede incorporar temas transversales, proponer a partir del diagnóstico: competencias, capacidades, conocimientos, actitudes y valores que enriquezcan las diversas áreas curriculares, para responder a los requerimientos del desarrollo local y regional y crear programas en función de las necesidades e intereses de la región (talleres, proyectos, etc.); por lo tanto, es necesario declarar de interés público regional “La recuperación y la conservación de nuestra identidad cultural lingüística; y, el uso , preservación, recuperación y difusión del Idioma quechua ”, tendiente hacia el empoderamiento de los idiomas maternos Quechua y Aymara, mediante expresiones de simples a complejas; en aras de recuperar el uso y valoración de nuestros idiomas y así ir fortaleciendo nuestra identidad regional y nacional lingüística; Que, conforme al artículo 15° de la Ley N° 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, al amparo de lo regulado en la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, y lo dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 001-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-Arequipa y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA; Se ha aprobado la Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERÉS PÚBLICO REGIONAL LA RECUPERACIÓN Y CONSERVACIÓN DE NUESTRA IDENTIDAD CULTURAL LINGÜÍSTICA; Y, EL USO, PRESERVACIÓN, RECUPERACIÓN Y DIFUSIÓN DE LOS IDIOMA ORIGINARIAS Artículo 1°.- Lineamientos del Interés Público Regional de Conservación de nuestra Identidad Cultural Lingüística 1. Establecer como tema transversal denominado: “Educación para la recuperación y la conservación de nuestra identidad cultural lingüística”.