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El Peruano Domingo 5 de mayo de 2013 494270 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Aprueban misiones en el exterior del Presidente del Banco Central de Reserva del Perú para participar en reuniones a llevarse a cabo en Suiza y EE.UU. RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N°0032-2013-BCRP Lima, 2 de mayo de 2013 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación del Banco de Pagos Internacionales (BIS) para que el Presidente del Banco Central de Reserva del Perú participe en la Reunión Bimestral de Gobernadores del Banco de Pagos Internacionales, que se realizará en la ciudad Basilea, Suiza, el 12 y 13 de mayo de 2013; A esta reunión asistirán presidentes de bancos centrales de América, Europa, Asia y África para exponer y dialogar sobre política monetaria, las perspectivas económicas internacionales y otros temas de especial interés para los bancos centrales; Asimismo, se ha recibido la invitación del Presidente de la Reserva Federal de los Estados Unidos de América para que el Presidente del Banco Central de Reserva del Perú participe, en su condición de Gobernador, en la XCV Reunión de Gobernadores de Bancos Centrales del CEMLA y en la Asamblea de la misma entidad, que se realizarán en la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América, del 14 al 16 de mayo de 2013; En estas reuniones participarán los presidentes de los bancos centrales de los países miembros del CEMLA, con el fi n de intercambiar experiencias sobre las políticas monetarias que se vienen empleando en sus respectivos países, en el contexto internacional actual, entre otros temas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619 y el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesiones del 6 de diciembre de 2012 y del 4 de abril de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar las misiones en el exterior del señor Julio Velarde Flores, en la ciudad de Basilea, Suiza el 12 y 13 de mayo, y en la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América, del 14 al 16 de mayo, y el pago de los gastos, a fi n de que participe en las reuniones indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución. Articulo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes US$ 6 909,65 Viáticos US$ 1 920,00 TOTAL US$ 8 829,65 Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese, JULIO VELARDE Presidente 933042-1 FUERO MILITAR POLICIAL Modifican artículos del Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial publicado por Resolución Administrativa Nº 001- 2011-PCEFMP/SG RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 038-2013-FMP/CE/SG Lima, 26 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano autónomo e independiente, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, mediante Ley Nº 29955 se han modifi cado diversos artículos de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, variándose la estructura orgánica y funcional de determinados órganos que la integran; Que, el artículo 5º de la citada Ley, modifi cada por el artículo 1º del acotado Decreto Legislativo Nº 1096 y el artículo único de la Ley Nº 29955, concordante con el artículo 22º inciso (3) del Reglamento de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, publicado por Resolución Administrativa Nº 126-2011-FMP- TSMP-SG de fecha 8 de agosto del 2011, establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el máximo órgano de gobierno y administración, siendo competente para aprobar los instrumentos de gestión administrativa y funcional de los diferentes órganos jerárquicos del Fuero Militar Policial, entre los que se encuentra comprendido su Reglamento de Organización y Funciones; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM de fecha 21 de julio del 2006, se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de la entidades de la Administración Pública; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 001- 2011-PCEFMP/SG de fecha 07 de diciembre de 2011 se formalizó el acuerdo del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial de fecha 07 de diciembre de 2011, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial; Que, en Sesión de fecha 15 de marzo de 2013, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial acordó aprobar la modifi cación de de los Artículos 3º, 6º, 8º, 13º, 16º, 41º, 44º, 45º y 46º del vigente Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial; De conformidad con los fundamentos expuestos y en uso de sus atribuciones establecidas en el artículo 23º, inciso 1) del Reglamento de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car los Artículos 3º, 6º, 8º, 13º, 16º, 41º, 44º, 45º y 46º del vigente Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial publicado por Resolución Administrativa Nº 001-2011- PCEFMP/SG de fecha 07 de diciembre de 2011, los cuales quedan redactados en los siguientes términos: Artículo 3º.- Naturaleza. El Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, es el máximo órgano de gobierno y administración que tiene a su cargo las funciones y atribuciones señaladas en su Ley de Organización y Funciones y reglamento correspondiente. Asume la dirección técnica-administrativa dispuesta por Ley de la materia. Está conformado por doce (12) Ofi ciales Generales o Almirantes, en situación de actividad y retiro, del Cuerpo Jurídico Militar Policial, que actúan como Vocales y Fiscales Supremos Militares Policiales; de los cuales, cuatro (4) se encuentran en situación de retiro y ocho (8) en situación de actividad, dos por cada instituto de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional. Son nombrados por el Presidente de la República. En ausencia de Ofi ciales Generales o Almirantes del Cuerpo Jurídico en situación de actividad podrá designarse como magistrados transitorios a Ofi ciales Generales o Almirantes del Cuerpo Jurídico en retiro. Artículo 6º.- Atribuciones. Compete al Consejo Ejecutivo, como máximo órgano de gobierno y administración, lo siguiente: 1. Gestionar ante las Instituciones de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, el personal necesario para cubrir los cargos jurisdiccionales, fi scales y de personal auxiliar, de acuerdo a la estructura orgánica del Fuero Militar Policial. 2. Designar al Director Ejecutivo a propuesta del Presidente del Consejo.