Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2013 (31/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Articulo 2.- Los gastos por concepto de viaticos y pasajes que demande el viaje autorizado en el articulo precedente, seran cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administracion del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos : S/. 3,588.36 Viaticos (por 5 dias) : S/. 2,600.00 Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal designado para la comision de servicio debera presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas documentada por los viaticos asignados. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 944363-9

El Peruano Viernes 31 de MORDAZA de 2013

Exoneran a la Unidad Ejecutora 002: Direccion de Economia y Finanzas de la PNP la realizacion del MORDAZA de seleccion, para la "Contratacion del servicio de actualizacion tecnologica y soporte tecnico y actualizacion de licencias de software de productos ORACLE"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0798-2013-IN MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Oficio N° 388-2013-DIRNAGEIN-PNP/DIRETIC-SEC de fecha 30 de enero de 2013, mediante el cual la Direccion Ejecutiva de Tecnologia de la Informacion y Comunicaciones de la PNP solicito la "Contratacion del servicio de actualizacion tecnologica y soporte tecnico y actualizacion de licencias de software de productos ORACLE"; el Informe N° 77-2013DIRLOG-PNP/DIVABA-DAP.RGC de fecha 6 de MORDAZA de 2013, del Departamento de Adquisiciones Programadas de la Division de Abastecimiento de la Direccion de Logistica de la PNP; y, el Informe N° 001219-2013/IN/OGAJ de fecha 24 de MORDAZA de 2013, de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, el articulo 76 de la Constitucion Politica del Peru dispone que la contratacion de bienes, servicios u obras con fondos publicos debe efectuarse obligatoriamente por licitacion o concurso, de acuerdo con los procedimientos y requisitos senalados en la ley; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1017 y modificada por Ley N° 29873, en adelante la Ley, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y modificado por Decreto Supremo N° 138-2012-EF, en adelante el Reglamento, constituyen las normas de desarrollo del citado precepto constitucional, dado que establecen las reglas que deben observar las Entidades en las contrataciones que lleven a cabo erogando fondos publicos; Que, la normativa de contratacion publica ha previsto la posibilidad de que en determinados supuestos, las

Entidades puedan exonerarse de la obligacion de realizar un MORDAZA de seleccion para determinar al proveedor con el que contrataran directamente. Estas causales se encuentran previstas en el articulo 20 de la Ley, siendo que sus formalidades, condiciones y requisitos complementarios se hallan determinados en el Reglamento; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal e) del articulo 20 de la Ley, concordante con el articulo 131 del Reglamento, se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen cuando exista proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 135 del Reglamento, la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, razon por la cual los actos preparatorios y los contratos que se celebren como consecuencia de esta, deben cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; siendo que el cumplimiento de los requisitos es responsabilidad del Titular de la Entidad y de los funcionarios que intervengan en la decision y ejecucion; Que, la Ley y el Reglamento exigen, ademas, que la exoneracion del MORDAZA de seleccion se apruebe mediante resolucion del Titular de la Entidad, la cual debe sustentarse obligatoriamente en informes previos que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, debiendo publicarse dicha resolucion y los informes que la sustentan en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision; Que, en atencion a lo senalado, debemos mencionar que para la configuracion de la causal de exoneracion por proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor, deben configurarse basicamente dos supuestos: i) que se trate de un bien o servicio que no admite sustitutos; y, ii) que exista un unico proveedor en el MORDAZA nacional; Que, con relacion al primero de los supuestos, se tiene que la Direccion Ejecutiva de Tecnologia de la Informacion y Comunicaciones de la PNP, en su calidad de area usuaria y tecnica especializada de la PNP, mediante Oficio N° 3882013-DIRNAGEIN-PNP/DIRETIC-SEC de fecha 30 de enero de 2013, remitio los terminos de referencia para la "Contratacion del servicio de actualizacion tecnologica y soporte tecnico y actualizacion de licencias de software de productos ORACLE", asi como el Informe N° 037-2013DIRNAGESINST-PNP/DIRETICE-DIVINFOR/DEPACC de fecha 29 de enero de 2013 senalando que desde octubre de 2010 se vienen utilizando dos (2) servidores de alta disponibilidad que emplean cuatro (4) tipos de software desarrollados por ORACLE, los mismos que cuentan con su respectiva licencia MORDAZA a favor de la PNP, siendo necesaria la contratacion del servicio de soporte tecnico y actualizacion de estos software a efectos de resguardar el continuo funcionamiento de los servidores que son de base para la ejecucion del Sistema de Informacion Policial (ESINPOL), constituido principalmente por los modulos de requisitorias de personas, requisitorias de vehiculos, antecedentes policiales, investigacion criminal, emision de certificados policiales y control integrado de RQ PNP ­ Migraciones. En ese sentido, solicita la contratacion de dicho servicio con la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A., unico proveedor en el MORDAZA nacional; Que, asimismo, la Division de Administracion del Centro de Computo de la Direccion Ejecutiva de Tecnologia de la Informacion y Comunicaciones de la PNP afirmo mediante correo electronico de fecha 23 de MORDAZA de 2013 que la adquisicion de nuevas licencias resulta mas onerosa que la actualizacion tecnologica y soporte tecnico requerido por la mencionada area tecnica (US$ 381,134.10); por lo cual resulta de mayor conveniencia el contratar dicho servicio de actualizacion y soporte en lugar de adquirir nuevas licencias; Que, esta solicitud de contratacion fue corroborada por el Departamento de Adquisiciones Programadas de la Division de Abastecimiento de la Direccion de Logistica de la PNP a traves del Informe N° 77-2013-DIRLOGPNP/DIVABA-DAP.RGC de fecha 6 de MORDAZA de 2013, recomendo la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion por la causal establecida en el inciso e) del articulo 20 de la Ley, al ser Sistemas Oracle del Peru S.A. la

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