Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2013 (31/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Viernes 31 de MORDAZA de 2013

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El Peruano, la resolucion que aprueba la publicacion del proyecto de modificacion de la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados", aprobada por Resolucion OSINERGMIN Nº 180-2007-OS/CD y modificatorias. Asimismo, corresponde disponer que dicha resolucion sea consignada conjuntamente con el proyecto normativo, exposicion de motivos e informes que lo sustentan, en la pagina Web de OSINERGMIN, para la recepcion de comentarios y sugerencias por parte de los interesados, de acuerdo con lo establecido en las normas citadas en el considerando precedente; Que, en este sentido, se han emitido el Informe N° 0203-2013-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe N° 201-2013-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, con los cuales se complementa la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; y, en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesion Nº 14-2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la publicacion de la presente resolucion, en el Diario Oficial El Peruano, y disponer que el texto integro del proyecto de resolucion que modifica la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados", aprobada por Resolucion OSINERGMIN Nº 180-2007-OS/CD, asi como su exposicion de motivos y los informes Nº 0203-2013GART y N° 201-2013-GART, que forman parte integrante de la presente resolucion, MORDAZA publicados en la pagina web institucional de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. Articulo 2°.- Disponer que las opiniones y sugerencias de los interesados seran recibidas en la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canada N° 1460, San MORDAZA, MORDAZA, y podran ser remitidas via fax al numero telefonico N° 224 0491, o via internet a la siguiente direccion de correo electronico: soportepng@osinerg.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) dias calendario, contados a partir de la fecha de la publicacion en el diario oficial. La recepcion de las opiniones y sugerencias en medio fisico o electronico, estara a cargo de la Sra. MORDAZA Gushiken Teruya. En el ultimo dia del plazo, solo se podran remitir comentarios hasta las 06:00 p.m. Articulo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria la publicacion dispuesta, la recepcion y analisis de las opiniones y sugerencias que presenten los interesados respecto al proyecto publicado, asi como la MORDAZA de la propuesta final al Consejo Directivo de OSINERGMIN. Articulo 4°.- La presente resolucion, debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 943527-3

MORDAZA S.A. contra la Resolucion OSINERGMIN N° 0532013-OS/CD, por las razones senaladas en el numeral 2.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Corrijase los pliegos tarifarios a partir del mes de MORDAZA de 2013, a efectos de eliminar la recaudacion a favor de la central de Reserva Fria de Generacion de Talara, hasta que se cumpla con los requisitos senalados en el numeral 2.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3°.- Remitir al Ministerio de Energia y Minas, el informe sustentatorio de la presente Resolucion, a efectos de que, de considerarlo conveniente, dicha Entidad proceda a tomar las acciones que resulten de su competencia, en su condicion de contraparte del Contrato de Reserva Fria de Talara y Concedente. Articulo 4°.- Encargar a la Gerencia de Fiscalizacion Electrica iniciar un MORDAZA de supervision del cumplimiento del Contrato de Reserva Fria de Talara. Articulo 5°.- La correccion de los pliegos tarifarios del mes de MORDAZA de 2013, a que se refiere en parte el Articulo 2° de la presente resolucion, sera efectuada conjuntamente con las modificaciones que se originen en los Precios en MORDAZA, producto de lo resuelto en los recursos de reconsideracion interpuestos contra la Resolucion OSINERGMIN N° 053-2013-OS/CD. Articulo 6°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada junto con el Informe N° 202-2013-GART, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

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En ese extremo, la Clausula 4.4 hace referencia al Anexo N° 3 del Contrato, entendiendose como un error de referencia, en tanto dicho Anexo, no efectua mayor detalle a lo senalado por la Clausula 4.4.

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Disponen publicacion de proyecto de resolucion que modifica la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados" en la pagina web de OSINERGMIN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 078-2013-OS/CD MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitiran que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, en atencion a lo senalado en el considerando precedente, corresponde publicar en el Diario Oficial

Modifican el Reglamento del Registro de Hidrocarburos
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 081-2013-OS/CD MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2013

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