Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2013 (31/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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cumplio con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 51º de El Reglamento, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, razon por la cual la Direccion General de Transporte Terrestre - DGTT, emitio la Resolucion Directoral Nº 1679-2013-MTC/15, asimismo, cabe mencionar que esta no ha sido publicada en el Diario Oficial El Peruano, por tanto no ha surtido efectos juridicos; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 381-2013MTC/15.03.A.A. y siendo este parte integrante de la presente resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES MORDAZA S.R.L. ­ E.I. HCO. S.R.L., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorias II, III y Clase B Categoria II-c, asi como los Cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; el Curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los Cursos de Recategorizacion y reforzamiento para la Revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; en consecuencia, procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos: Denominacion de la Escuela : ESCUELADE CONDUCTORES INTEGRALES MORDAZA S.R.L. ­ E.I. HCO. S.R.L. Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales. Ubicacion del Establecimiento : OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSENANZA, TALLER DE INSTRUCCION TEORICO ­ PRACTICO DE MECANICA: Jr. Huallayco Nº 1761, (2º y 3º piso), PP. JJ. Las Moras, Distrito, Provincia y Departamento de Huanuco. CIRCUITO DE MANEJO (Vias Publicas): Jr. Los Jazmines, Las Gardenias, Los MORDAZA y Tulipanes, Urbanizacion de Paucarbambilla, Jurisdiccion del Distrito de MORDAZA, Provincia y Departamento de Huanuco. : Cinco (5) anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

El Peruano Viernes 31 de MORDAZA de 2013

b) Tecnicas de conduccion a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conduccion de un vehiculo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, MORDAZA de MORDAZA, geografia, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehiculo motorizado que corresponda a la respectiva clasificacion de licencia de conducir. d) Sensibilizacion sobre accidentes de MORDAZA, que debe de incluir la informacion estadistica sobre accidentalidad, los danos que estos ocasionan y la forma de prevenirlos asi como la proyeccion filmica o documental de casos sobre accidentes de MORDAZA y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuacion en casos de accidente de transito. f) Mecanica automotriz basica. g) Normas sobre limites maximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehiculos. Cursos especificos para realizar el servicio de transporte de personas: a) Urbanidad y trato con el usuario. b) Principios de Salud ocupacional aplicados al transporte. c) Ensenanza de las normas de seguridad y calidad que regulan la prestacion del servicio de transporte de personas. d) Ensenanza de las normas sobre clasificacion vehicular, caracteristicas y requisitos tecnicos vehiculares relativos a los vehiculos del servicio de transporte de personas. e) Pesos y dimensiones vehiculares maximos permitidos para vehiculos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonificaciones y regimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecanica Automotriz avanzada segun la categoria del vehiculo que corresponda. g) Uso de la tecnologia aplicable al transporte de personas. Cursos especificos para realizar el transporte de mercancias: a) Urbanidad y trato con el publico. b) Principios de salud ocupacional aplicados al transporte. c) Ensenanza de las normas que regulan la prestacion de los servicios de transporte de mercancias. d) Ensenanza de las normas basicas sobre clasificacion vehicular; asi como caracteristicas y requisitos tecnicos vehiculares relativos a los vehiculos del transporte de mercancias. e) Pesos y dimensiones vehiculares maximos permitidos para vehiculos de transporte de mercancias, tolerancias en el pesaje, bonificaciones y regimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecanica Automotriz avanzada segun la categoria del vehiculo que corresponda. h) Ensenanza de normas tributarias sobre el uso de la guia de remision del transportista. i) Uso de tecnologia aplicable al transporte de mercancias. Articulo Segundo.- La Escuela, esta obligada a actualizar permanentemente la informacion propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, y los dispositivos legales que se encuentren vigentes. Articulo Tercero.- La Escuela autorizada debera colocar en un lugar visible dentro de su local una MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) dias calendario, computados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

Plazo de Autorizacion

HORARIO DE ATENCION: Lunes a MORDAZA de 08:00 a.m. a 22:00 horas. PROGRAMA DE ESTUDIOS: Cursos generales: a) Ensenanza de las normas del Reglamento Nacional de Transito.

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