Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2013 (28/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Jueves 28 de noviembre de 2013

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del OSINERGMIN encargado de resolver, en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa, los recursos impugnativos de apelacion, en lo que resulte competente de acuerdo a lo que establezca el Consejo Directivo; Que, asimismo, en el referido Decreto Supremo se dispuso la creacion de la Secretaria Tecnica de los Organos Resolutivos - STOR, encargada de brindar apoyo tecnico y administrativo a la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU y al TASTEM; Que, a traves de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 067-2008-OS/CD, se aprobo el Reglamento de los Organos Resolutivos del OSINERGMIN, a fin de regular la adecuada organizacion del Tribunal de Apelaciones en Temas de Energia y Mineria ­ TASTEM y de la Secretaria Tecnica de los Organos Resolutivos ­ STOR; Que, en el articulo 19º de la Resolucion Nº 067-2008OS/CD se establecieron las funciones del TASTEM, como MORDAZA instancia para el caso de procedimientos administrativos sancionadores, multas coercitivas, medidas correctivas, medidas cautelares, medidas de seguridad, mandatos y quejas planteadas por los administrados; Que, adicionalmente, mediante las Resoluciones Nos. 175-2010-OS/CD, 176-2010-OS/CD, 047-2011-OS/CD, 0572013-OS/CD y 211-2013-OS/CD se establecieron y precisaron las competencias de las MORDAZA 1 y 2 del TASTEM. Que, de acuerdo con el inciso 4 del articulo 20º del Reglamento de los Organos Resolutivos del OSINERGMIN, la Sala Plena del TASTEM tiene como funcion aprobar sus lineamientos resolutivos, a traves de los que se informara a la ciudadania en general acerca de los criterios que de modo uniforme viene estableciendo en sus resoluciones. Que, en sus mas de cinco anos de funcionamiento, el TASTEM, primero a traves de su Sala Unica y, posteriormente, mediante sus 2 MORDAZA, ha venido analizando y emitiendo pronunciamiento respecto de los recursos de apelacion interpuestos por los administrados en las materias de electricidad, hidrocarburos y mineria; Que, en algunos de estos casos las MORDAZA del TASTEM han adoptado criterios determinados para la resolucion de supuestos especificos. Que, por su parte, conforme al MORDAZA de Uniformidad establecido en el numeral 1.14 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, la autoridad administrativa debera establecer requisitos similares para tramites similares, garantizando que las excepciones a los principios generales no MORDAZA convertidos en la regla general. Toda diferenciacion debe basarse en criterios objetivos debidamente sustentados. Que, de la misma forma, en el numeral 1.15 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, esta contenido el MORDAZA de Predictibilidad, en atencion al cual la autoridad administrativa debe brindar a los administrados informacion veraz, completa y confiable sobre cada tramite, de modo tal que a su inicio, el administrado pueda tener una conciencia bastante certera de cual sera el resultado final que se obtendra. Que, a efectos de dar cumplimiento a los Principios del Procedimiento Administrativo MORDAZA mencionados y uniformizar el accionar de las dos MORDAZA del TASTEM, en favor de los administrados, corresponde en esta oportunidad aprobar los siguientes Lineamientos Resolutivos empleados por el TASTEM a fin de resolver los recursos de apelacion sometidos a su consideracion. Que, con la publicacion de los mencionados lineamientos resolutivos se pretende generar una debida motivacion de las resoluciones emitidas por todos los organos del OSINERGMIN y, ademas, incentivar a los administrados a actuar de manera diligente. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar los Lineamientos Resolutivos de la Sala Plena del TASTEM, los mismos que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Senalar que los presentes Lineamientos Resolutivos son de aplicacion para los procedimientos administrativos sancionadores en tramite, con excepcion de los Lineamientos III y VI que se aplicaran para los procedimientos iniciados con posterioridad a su entrada en vigencia. Articulo Tercero.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada

Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-PCM; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusion Social Energetico, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesion N° 37-2013. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas, de acuerdo con lo siguiente: Monto total a reconocer por OSINERGMIN (Nuevos Soles) 7 216,60 96 512,36 111 863,92 68 351,64 57 397,12 73 719,41 84 579,11 17 501,55 3 200,00 5 357,00 199 536,56 29 936,87 17 246,43 2 889,20 775 307,77

Empresa Electro Dunas Electro Oriente Electro MORDAZA Electro Sur Este Electrocentro Electronoroeste Electronorte Electrosur Emsemsa Emseusac Hidrandina Luz del Sur Seal Sersa TOTAL

Articulo 2°.- A efectos de los reembolsos de los gastos reconocidos en la presente resolucion, la instruccion de orden de pago al fiduciario a que se hace referencia en el numeral 7.4 del articulo 7° de la Resolucion OSINERGMIN N° 034-2013-OS/CD, la realizara el Jefe de Proyecto FISE e informara al Consejo Directivo de OSINERGMIN. Articulo 3°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada conjuntamente con los Informes N° 497-2013-GART y N° 487-2013-GART en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 1020406-6

Aprueban Lineamientos Resolutivos de la Sala Plena del TASTEM
RESOLUCION DE SALA PLENA DEL TRIBUNAL DE APELACIONES DE SANCIONES EN TEMAS DE MINERIA Y ENERGIA Nº 001-2013-OS/STOR-TASTEM MORDAZA, 20 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 067-2007-PCM, se creo el Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energia y Mineria, en adelante TASTEM, como organo

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