Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2013 (03/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Jueves 3 de octubre de 2013

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6. Capitan o MORDAZA Primero 7. MORDAZA o MORDAZA MORDAZA 8. Subteniente, MORDAZA de Fragata o MORDAZA B) Para Oficiales procedentes de Universidades: 1. General de Brigada, Contralmirante o Mayor General 2. MORDAZA o Capitan de Navio 3. MORDAZA MORDAZA, Capitan de Fragata o Comandante 4. Mayor o Capitan de Corbeta 5. Capitan o MORDAZA Primero 6. MORDAZA o MORDAZA MORDAZA 63 anos 62 anos 61 anos 58 anos 55 anos 52 anos" 38 anos 34 anos 30 anos

Los procedimientos, asi como la clasificacion y tipificacion de las infracciones y sus respectivas sanciones que garantizan los derechos constitucionales del Oficial comprendido en la presente causal, seran establecidos en la MORDAZA que regula el regimen disciplinario de las Fuerzas Armadas". "Articulo 44°.- Causales de retiro A) El Oficial pasa a la situacion de retiro por cualquiera de las causales siguientes: 1. Limite de edad en el grado. 2. Cumplir CUARENTA (40) anos de servicios. 3. Renovacion. 4. Enfermedad o incapacidad sicosomatica. 5. Limite de permanencia en situacion de disponibilidad. 6. Medida disciplinaria. 7. Insuficiencia profesional. 8. Sentencia judicial. 9. Cese en el cargo de Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o de Comandante General de cada una de las Instituciones Armadas. 10. Limite de veces sin alcanzar vacante en el MORDAZA de Ascenso. 11. A su solicitud. 12. Participar en la ruptura del orden constitucional. Entiendase esta causal como el hecho de suprimir o modificar el regimen constitucional contribuyendo con su accionar a deponer a las autoridades elegidas o a consolidar gobiernos de facto. B) El pase a la situacion de retiro es dispuesto segun la categoria del Oficial por las autoridades que a continuacion se indican, mediante la respectiva Resolucion, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano o notificada segun sea el caso. 1. Por el Presidente de la Republica, para Oficiales Generales y Almirantes, mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa, a propuesta de su respectiva Institucion Armada. 2. Por el Ministro de Defensa, para Oficiales Superiores, mediante Resolucion Ministerial, refrendada por el Comandante General del Instituto que corresponde, a propuesta de su respectiva Institucion Armada. 3. Por el Comandante General, para Oficiales Subalternos, mediante Resolucion de la Comandancia General, refrendada por el Director o Comando de Personal. C) Se efectuara una ceremonia en cada Institucion Armada al personal que pase a la Situacion de Retiro por las causales siguientes: 1. Limite de edad en el grado 2. Cumplir CUARENTA (40) anos de servicios. 3. Renovacion. 4. MORDAZA en el cargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o de Comandante General de cada una de las Instituciones Armadas". "Articulo 45°.- Causal por limite de edad en el grado El Oficial egresado de las Escuelas de Formacion de las Instituciones Armadas o procedente de centros educativos universitarios, pasa a la situacion de retiro por limite de edad en el grado, en atencion a los maximos de edad establecidos, para cada grado militar, conforme al siguiente detalle: A) Para Oficiales egresados de las Escuelas de Formacion de las Instituciones Armadas: 1. General de Division, Vicealmirante o MORDAZA General 2. General de Brigada, Contralmirante o Mayor General 3. MORDAZA o Capitan de Navio 4. MORDAZA MORDAZA, Capitan de Fragata o Comandante 5. Mayor o Capitan de Corbeta 66 anos 64 anos 61 anos 59 anos 55 anos

"Articulo 46°.- Causal por cumplimiento de 40 anos de servicios El Oficial al cumplir CUARENTA (40) anos de servicios, reales y efectivos, pasa automaticamente a la situacion de retiro". "Articulo 47°.- Causal por Renovacion Para pasar al retiro por la causal de Renovacion, se observara lo siguiente: A) Con el fin de procurar la renovacion de los MORDAZA de Oficiales y en atencion a criterios objetivos y debidamente fundamentados por la respectiva Junta Calificadora, podran pasar a la Situacion de Retiro por la presente causal los Oficiales Generales y Almirantes y Oficiales Superiores, en atencion a: 1. Los requerimientos de efectivos de cada una de las Instituciones Armadas. 2. El numero de vacantes asignadas para el MORDAZA de ascenso en la respectiva Institucion Armada. 3. El numero de efectivos fijados anualmente por el Poder Ejecutivo. B) Parametros para la ejecucion del MORDAZA de Renovacion: 1. La renovacion se ejecuta una vez al ano, inmediatamente despues de producido el MORDAZA de ascenso correspondiente y, en casos excepcionales, cuando asi lo considere el Comando, observandose toda la normatividad senalada en el presente articulo. 2. La propuesta de renovacion de Oficiales Generales y Almirantes es presentada por escrito por el Comandante General de cada Institucion al Ministro de Defensa para su acuerdo y tramite, previo informe del Consejo de Investigacion correspondiente. La aprobacion es potestad del Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas. 3. La propuesta de renovacion de Oficiales Superiores sera presentada por escrito por los Comandantes Generales de cada una de las Instituciones Armadas, al Ministro de Defensa para su aprobacion, previo informe de los Consejos de Investigacion respectivos constituidos en Junta Calificadora. 4. El pase al retiro del Oficial por la citada causal debera ser notificado a este por escrito. Las notificaciones a los Oficiales Generales y Almirantes deberan ser hechas personalmente por el Comandante General de la respectiva Institucion Armada, y a los Oficiales Superiores por los Directores de Personal. 5. Las Juntas Calificadoras deberan mantener actualizado el registro de actas del MORDAZA de renovacion. C) Para que los Oficiales MORDAZA considerados en el MORDAZA de renovacion deberan: 1. Contar con un minimo de servicios reales y efectivos de VEINTE (20) anos como Oficial. 2. Para Generales de Division, Vicealmirantes o Tenientes Generales, contar con un minimo de UN (1) ano de permanencia en el grado computado a la fecha del proyectado cambio de situacion militar. 3. Para Generales de Division, Vicealmirantes o Tenientes Generales, cuando se MORDAZA designado como Comandante General de su Institucion, a un Oficial de menor antiguedad, conforme lo establece la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas.

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