Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2013 (19/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Jueves 19 de setiembre de 2013

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laboralmente a traves de un Modulo de Capacitacion en un oficio tecnico productivo. Para ello teniendo en cuenta las oportunidades laborales en entidades o empresas publicas y/o privadas, y las caracteristicas y conocimientos de la persona, se establecen las condiciones para su vinculacion laboral en relacion a lo aprendido durante el MORDAZA de capacitacion. Dentro de este MORDAZA se realizaran las siguientes actividades: desarrollo de talleres informativos-participativos, recojo de informacion economica-laboral, contrataciones de instituciones capacitadoras especializadas de regimen publico y/o privado, asociaciones, organizaciones no gubernamentales asi como de personas naturales y/o juridicas u otras que desarrollen los modulos de capacitacion en oficios tecnicos productivos dirigidos a los beneficiarios del PACRI-AIJCH. La capacitacion en los Oficios Tecnicos Productivos se regira conforme al orden de prioridad senalado en el numeral 8.6, el mismo que detalla las siguientes consideraciones: - Una familia compuesta por cinco (05) miembros como MORDAZA (Titular, Conyuge y Carga Familiar), tendra la posibilidad de capacitar a un (01) beneficiario que la conforma. - Una familia compuesta de seis (06) miembros a mas (Titular, Conyuge y Carga Familiar), tendra la posibilidad de capacitar a dos (02) beneficiarios de la familia como maximo. - Un beneficiario capacitado no podra acceder a una MORDAZA capacitacion en cualquiera de los modulos de capacitacion en oficios tecnicos productivos que contempla el PAGI. Para determinar la cantidad de beneficiarios a capacitar, se debe considerar el item "CARGA FAMILIAR" registrado en la Base de Datos Oficial del PACRI­AIJCH. "8.5.2 Generacion de Micro Negocios" Este proyecto tiene por finalidad apoyar a los beneficiarios del PACRI del AIJCH que de acuerdo con su perfil ocupacional, las condiciones del MORDAZA local y/o rendimiento individual logrado en los modulos de capacitacion, toma la decision de iniciar un micro negocio o actividad productiva, de manera individual o asociativa. Para la Generacion de Micro Negocios, se podra otorgar al beneficiario un Capital Semilla que consiste en la entrega de bienes muebles y/o insumos para el inicio y/o consolidacion de micro negocios, de acuerdo a la actividad que va a desarrollar, previa evaluacion y conformidad de la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales, los mismos que seran adquiridos por la Oficina General Administracion. La Direccion General de Asuntos Socio Ambientales efectuara acciones de seguimiento y monitoreo desde la implementacion hasta la ejecucion del micro negocio. Para la determinacion y asignacion del monto del Capital Semilla, asi como las acciones a seguir, la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales emitira el Informe Tecnico correspondiente, determinandose que el monto Capital Semilla sera proporcional al costo del modulo de capacitacion del Oficio Tecnico Productivo, siendo tope MORDAZA de este 1.5 UIT segun las caracteristicas que contempla su definicion. DEBE DECIR: Articulo 3º.- MODIFICAR el MORDAZA parrafo de los numerales 8.5.1, 8.5.2 y 8.5.3 del Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberacion del Area de Ampliacion y Modernizacion del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 318-2012-MTC/16 el cual quedara redactado de la siguiente manera: "8.5.1 Modulos de Tecnicos Productivos" Capacitacion en Oficios

Resolucion Directoral Nº 318-2012-MTC/16, que aprueba el Plan de Compensacion y Reasentamiento involuntario (PACRI) para la liberacion del area de ampliacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez"; y CONSIDERANDO: Que, se ha emitido la Resolucion Directoral Nº 2712013-MTC/16 que resuelve incorporar dos (02) literales en el numeral 8.1.2, un (01) literal en el numeral 8.3; modificar e incorporar un (01) literal en el numeral 8.3, modificar el MORDAZA parrafo de los numerales 8.5.1, 8.5.2, y 8.5.3 del Programa de Apoyo para la Generacion de Ingresos e incluir la definicion Capital Semilla y Micro Negocio o Microempresa respectivamente, en el glosario de terminos del Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario para la "Liberacion del area de ampliacion y modernizacion del Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez". Aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 318-2012-MTC/16. Que, luego de emitida se ha observado en la Resolucion Directoral Nº 271-2013-MTC/16 que se ha incurrido en error involuntario al momento de su redaccion especificamente en el articulo 3º que modifica el MORDAZA parrafo de los numerales 8.5.1, 8.5.2, 8.5.3 del Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberacion del Area de Ampliacion y Modernizacion del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, al omitir el contenido de la modificacion del MORDAZA parrafo del numeral 8.5.3, tal como se menciona en el articulo 3º. Que, se ha emitido el Informe Legal Nº 135-2013-MTC/16. RTA en el que se concluye que es necesario rectificar de oficio el error material en el que se ha incurrido en consideracion a lo previsto en la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" que en su Articulo 201º referido a la Rectificacion de errores, especifica en el numeral 201.1 "Los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision". Que, la rectificacion del articulo 3º no constituye un cambio que altere lo sustancial del contenido, ni el sentido de la Resolucion Directoral Nº 271-2013-MTC/16 de fecha 16 de MORDAZA del 2013, por lo que resulta procedente efectuar la rectificacion de oficio recomendada mediante la emision de la resolucion directoral correspondiente de acuerdo al procedimiento administrativo previamente establecido; Y De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, las Leyes Nº 27329 y Nº 29836, Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Directiva Nº 006-2012-MTC/10 aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 1206-2012-MTC/10, y la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444. SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECTIFICAR de oficio el contenido del articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 271-2013MTC/16 de fecha 16 de MORDAZA del 2013 que modifica el MORDAZA parrafo de los numerales 8.5.1, 8.5.2 y 8.5.3 del Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberacion del Area de Ampliacion y Modernizacion del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 318-2012MTC/16 quedando como sigue: DICE: Articulo 3º.- MODIFICAR el MORDAZA parrafo de los numerales 8.5.1, 8.5.2, 8.5.3 del Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la Liberacion del Area de Ampliacion y Modernizacion del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 318-2012-MTC/16 el cual quedara redactado de la siguiente manera: "8.5.1 Modulos de Tecnicos Productivos" Capacitacion en Oficios

Tiene por finalidad apoyar a los beneficiarios del PACRI del AIJCH que de acuerdo con su perfil ocupacional y su grado de interes, toman la decision de vincularse

Tiene por finalidad apoyar a los beneficiarios del PACRI del AIJCH que de acuerdo con su perfil ocupacional y su grado de interes, toman la decision de vincularse laboralmente a traves de un Modulo de Capacitacion en un oficio tecnico productivo. Para ello teniendo en cuenta las oportunidades laborales en entidades o empresas

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