Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2013 (28/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano Sabado 28 de setiembre de 2013

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MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 749 062,00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, conforme se detalla en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional aprueba la desagregacion de los recursos autorizados en la presente MORDAZA, en el nivel funcional programatico, mediante Resolucion Ejecutiva Regional, dentro de los diez (10) dias calendario de la publicacion de la presente Resolucion. La Resolucion Ejecutiva Regional debera ser publicada, dentro de los cinco (5) dias de aprobada, en la pagina web del Gobierno Regional. Articulo 3°.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Oficina General de Imagen Institucional y Transparencia la publicacion de la misma y sus anexos en el MORDAZA de Transparencia de la Institucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud (e)

Economia y Finanzas y la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social, a solicitud de esta ultima; Que, el Ministerio de Salud remitio al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social el "Plan para incrementar coberturas de intervenciones efectivas incluidas en los lineamientos para la gestion articulada intersectorial e intergubernamental orientada a reducir la desnutricion cronica infantil, en el MORDAZA de las politicas de desarrollo e inclusion social", y su respectiva propuesta de cadena de gasto para la aprobacion de una transferencia de partidas a favor del Pliego 011 Ministerio de Salud y del Pliego 135 Seguro Integral de Salud, en el MORDAZA de la Octagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951; Que, mediante Decreto Supremo N° 181-2013-EF se autorizo una transferencia de partidas a favor del Pliego 135 Seguro Integral de Salud por VEINTIUN MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 749 062,00) para acciones de monitoreo, supervision, evaluacion y control del Programa Articulado Nutricional; Que, mediante documento de vistos la Oficina General de Tecnologia de la Informacion senala que en el "Plan para incrementar coberturas de intervenciones efectivas incluidas en los lineamientos para la gestion articulada intersectorial e intergubernamental orientada a reducir la desnutricion cronica infantil, en el MORDAZA de las politicas de desarrollo e inclusion social" se menciona la estrategia "Implementar un sistema de informacion que permitira el seguimiento nominal de las atenciones CRED (control de crecimiento y desarrollo), parto institucional, cuidado del recien nacido en los ninos menores de 5 anos y control prenatal en gestantes, con el objetivo de contribuir en la expansion de las coberturas de las intervenciones efectivas que contribuyen con la reduccion de la desnutricion cronica infantil en ambitos priorizados; Que, el Seguro Integral de Salud dirigira la implementacion de dicho sistema de informacion, denominado "Sistema Integrado de Gestion para los Establecimientos de Salud (SIGES)", para el seguimiento de las atenciones que se realizan en los establecimientos de salud de los gobiernos regionales; Que, la Oficina General de Tecnologia de la Informacion adjunta la relacion de unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales a las que se les efectuara las transferencias financieras para las acciones de monitoreo, supervision, evaluacion y control del Programa Articulado Nutricional; Que, mediante Memorando N° 427-2013-SIS/OGPPDO la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional informa que existe disponibilidad presupuestal por lo que aprueba la Certificacion de Credito Presupuestal N° 757 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios; Que, constituyen principios fundamentales del MORDAZA de ejecucion presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial El Peruano, la distribucion de los recursos que en el MORDAZA de la Octagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951 y el Decreto Supremo N° 181-2013-EF se efectua a las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales por la Generica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiendoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporacion de los recursos transferidos, dentro de su MORDAZA presupuestal; Estando a lo propuesto por el Director General de la Oficina General de Tecnologias de la Informacion; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Oficina General de Administracion de Recursos y con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los numerales 12.1 y 12.2 del articulo 12° y la Octagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; el Decreto Supremo N° 181-2013-EF y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de VEINTIUN

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ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban las metas de gestion, formula y estructura tarifarias de EMAPA-Y S.R.L. para el quinquenio regulatorio 2013-2018
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 027-2013- SUNASS-CD
MORDAZA, 20 de setiembre de 2013 VISTO: El Informe Nº 036-2013-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulacion Tarifaria que presenta: i) El estudio tarifario final con la propuesta de la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion que seran aplicados por EMAPA-Y S.R.L. y ii) Los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que seran de aplicacion por la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 010-2009-SUNASSGRT se iniciaron los procedimientos de aprobacion de: i) La formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion y ii) Los costos maximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de servicios colaterales de EMAPA-Y S.R.L.; Que, segun el informe de visto -el cual forma parte integrante de la presente resolucion- de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas1, se ha cumplido con: i) Publicar en el diario oficial El Peruano el proyecto de resolucion que aprueba la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion, asi como los costos maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales; ii) Realizar la audiencia publica correspondiente el 31 de MORDAZA de 2013 en la que se sustento y expuso los criterios, metodologia, estudio tarifario y modelo economico que sirvieron de base para elaborar el proyecto de formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion, y iii) Elaborar el estudio tarifario final y

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