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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (28/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 73

El Peruano Sábado 28 de setiembre de 2013 503787 Economía y Finanzas y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a solicitud de esta última; Que, el Ministerio de Salud remitió al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social el “Plan para incrementar coberturas de intervenciones efectivas incluidas en los lineamientos para la gestión articulada intersectorial e intergubernamental orientada a reducir la desnutrición crónica infantil, en el marco de las políticas de desarrollo e inclusión social”, y su respectiva propuesta de cadena de gasto para la aprobación de una transferencia de partidas a favor del Pliego 011 Ministerio de Salud y del Pliego 135 Seguro Integral de Salud, en el marco de la Octagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951; Que, mediante Decreto Supremo N° 181-2013-EF se autorizó una transferencia de partidas a favor del Pliego 135 Seguro Integral de Salud por VEINTIÚN MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 749 062,00) para acciones de monitoreo, supervisión, evaluación y control del Programa Articulado Nutricional; Que, mediante documento de vistos la Ofi cina General de Tecnología de la Información señala que en el “Plan para incrementar coberturas de intervenciones efectivas incluidas en los lineamientos para la gestión articulada intersectorial e intergubernamental orientada a reducir la desnutrición crónica infantil, en el marco de las políticas de desarrollo e inclusión social” se menciona la estrategia “Implementar un sistema de información que permitirá el seguimiento nominal de las atenciones CRED (control de crecimiento y desarrollo), parto institucional, cuidado del recién nacido en los niños menores de 5 años y control prenatal en gestantes, con el objetivo de contribuir en la expansión de las coberturas de las intervenciones efectivas que contribuyen con la reducción de la desnutrición crónica infantil en ámbitos priorizados; Que, el Seguro Integral de Salud dirigirá la implementación de dicho sistema de información, denominado “Sistema Integrado de Gestión para los Establecimientos de Salud (SIGES)”, para el seguimiento de las atenciones que se realizan en los establecimientos de salud de los gobiernos regionales; Que, la Ofi cina General de Tecnología de la Información adjunta la relación de unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales a las que se les efectuará las transferencias fi nancieras para las acciones de monitoreo, supervisión, evaluación y control del Programa Articulado Nutricional; Que, mediante Memorando N° 427-2013-SIS/OGPPDO la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional informa que existe disponibilidad presupuestal por lo que aprueba la Certifi cación de Crédito Presupuestal N° 757 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la distribución de los recursos que en el marco de la Octagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951 y el Decreto Supremo N° 181-2013-EF se efectúa a las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Estando a lo propuesto por el Director General de la Ofi cina General de Tecnologías de la Información; Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración de Recursos y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en los numerales 12.1 y 12.2 del artículo 12° y la Octagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Supremo N° 181-2013-EF y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de VEINTIÚN MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 749 062,00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, conforme se detalla en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, mediante Resolución Ejecutiva Regional, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución Ejecutiva Regional deberá ser publicada, dentro de los cinco (5) días de aprobada, en la página web del Gobierno Regional. Artículo 3°.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Ofi cina General de Imagen Institucional y Transparencia la publicación de la misma y sus anexos en el Portal de Transparencia de la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO Jefe del Seguro Integral de Salud (e) 994030-2 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban las metas de gestión, fórmula y estructura tarifarias de EMAPA-Y S.R.L. para el quinquenio regulatorio 2013-2018 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 027-2013- SUNASS-CD Lima, 20 de setiembre de 2013 VISTO: El Informe Nº 036-2013-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta: i) El estudio tarifario final con la propuesta de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicados por EMAPA-Y S.R.L. y ii) Los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 010-2009-SUNASS- GRT se iniciaron los procedimientos de aprobación de: i) La fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii) Los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de servicios colaterales de EMAPA-Y S.R.L.; Que, según el informe de visto -el cual forma parte integrante de la presente resolución- de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas1, se ha cumplido con: i) Publicar en el diario ofi cial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales; ii) Realizar la audiencia pública correspondiente el 31 de mayo de 2013 en la que se sustentó y expuso los criterios, metodología, estudio tarifario y modelo económico que sirvieron de base para elaborar el proyecto de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, y iii) Elaborar el estudio tarifario fi nal y