NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (28/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 124
TEXTO PAGINA: 81
El Peruano Sábado 28 de setiembre de 2013 503795 7.3. Si no se cumple la condición (A) del componente institucional propuesto en el Cuadro Nº 1 y Cuadro Nº 2 pero la Presión Tributaria sea mayor o igual a 15.8% ó la Presión Tributaria excluyendo los ingresos tributarios provenientes del sector minero sea mayor o igual a 14.8%: - Para los trabajadores les corresponderá la asignación establecida en la condición (B) del componente institucional, previa verifi cación de su cumplimiento, así como la asignación que corresponda por los componentes de equipo e individual. - Para el caso de la Alta Dirección, le corresponderá una asignación de 0.8 para la condición (A), y la asignación que corresponde para la condición (B). 7.4. Si la Presión Tributaria es menor a 15.8% o la Presión Tributaria excluyendo los ingresos tributarios provenientes del sector minero es menor a 14.8%, ningún trabajador percibirá incentivo por desempeño por componente alguno. 7.5. La determinación del monto de incentivo por trabajador se realiza en forma proporcional al tiempo de labor remunerada, de acuerdo a los considerandos expuestos en el numeral 3. y tomando como base de cálculo 360 días laborales. 7.6. La DCB, en un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles posteriores a la fecha de entrega del informe de la Comisión de Verifi cación de Cumplimiento de Metas a la INRH, determina el incentivo base total por trabajador tomando como insumos lo referido en los numerales 5.4.1. y 6.3.4. del presente documento y remite el resultado a la División de Planillas y Pensiones. 7.7. En un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles, la División de Planillas y Pensiones determina el monto fi nal de incentivo por trabajador, de acuerdo a lo establecido en los numerales 3. y 7.5. y remite la planilla correspondiente a la Gerencia Financiera, para su pago respectivo. 8. Disposición Complementaria En el supuesto de que algún órgano no alcance la meta asignada en la distribución para el logro del indicador operativo de Recaudación por Gestión Directa para el ejercicio 2013 (únicamente indicador operativo Nº 27-B), pero el indicador operativo de Recaudación por Gestión Directa alcance como mínimo el monto de 11,000 millones de nuevos soles, se otorgará el 85% de la asignación del componente de equipo siempre que el órgano haya obtenido un resultado igual o mayor al monto asignado en la distribución de la cifra señalada anteriormente y que cumpla con los demás indicadores de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.2. del presente documento. 9. Disposiciones Finales 9.1. La INRH remite el informe de incentivo por desempeño al órgano de control de la institución y lo publica en la Intranet Institucional, en un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles de efectuado el pago. 9.2. Las situaciones no previstas que surjan de la aplicación del presente Reglamento, serán reguladas por la INRH. 994346-1 Aprueban modificación y actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 296-2013/SUNAT Lima, 27 de setiembre de 2013 VISTO: El Informe Técnico N.° 0041-2013-SUNAT/4C6000 emitido por la Gerencia de Organización y Procesos de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento y el Informe Legal N.° 17-2013-SUNAT/ 4M0000 emitido por la Intendencia Nacional de Asesoría Legal Interna; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y modifi catorias, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la SUNAT, el cual establece su estructura orgánica, así como sus funciones generales y específi cas, y de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas; Que con la Resolución Suprema N.° 139-2010-EF se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la SUNAT, el cual ha sido modifi cado y actualizado por las Resoluciones de Superintendencia N.os 154, 257, 307- 2012/SUNAT y 132-2013/SUNAT; Que de acuerdo con lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 9° de los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública”, aprobado por Decreto Supremo N.° 043-2004-PCM, los cargos contenidos en el CAP son clasifi cados y aprobados por la propia Entidad; Que conforme a lo indicado en el Informe Técnico N.° 0041-2013-SUNAT/4C6000 emitido por la Gerencia de Organización y Procesos de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento, se propone modifi car la actual estructura del Cuadro para Asignación de Personal, a fi n de posibilitar el adecuado cumplimiento de las metas y objetivos estratégicos de la Institución; Que de acuerdo con lo que establecen los literales a) y c) del artículo 16° de los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública”, las entidades de la Administración Pública deberán modifi car el CAP cuando implementan, como parte de su estrategia institucional, mejoras en sus procesos y por motivo de un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectación de su Presupuesto Analítico de Personal; Que asimismo, el artículo 14° de la citada disposición legal, establece que el proyecto de CAP deberá estar debidamente visado por el órgano responsable de su elaboración, así como por el órgano de asesoría jurídica, adjuntándose los informes técnico y legal respectivos; Que resulta conveniente la modifi cación de los cargos contenidos en el CAP, en el que se está considerando la ampliación y el reordenamiento de cargos, que conlleva a una afectación del Presupuesto Analítico de Personal; Que al respecto, conforme a lo indicado en el Informe Técnico N.° 0041-2013-SUNAT/4C6000, la propuesta de modifi cación y actualización del CAP de la SUNAT, cumple con los requisitos establecidos por las disposiciones antes señaladas; Que de acuerdo con el numeral 4 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, la SUNAT está facultada a aprobar directamente su Cuadro de Asignación de Personal, así como sus documentos de gestión y organización interna, con excepción de su Reglamento de Organización y Funciones; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 29816 y el artículo 16° de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobados por el Decreto Supremo N.° 043-2004- PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por los incisos d) y u) del artículo 19° del ROF de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la modifi cación y actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución Suprema N.° 139-2010-EF, modifi cado y actualizado por las Resoluciones de Superintendencia N.os 154, 257, 307-2012/SUNAT y 132- 2013/SUNAT, de acuerdo al detalle contenido en los Formatos y Anexos que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución de Superintendencia en el Diario Ofi cial El Peruano, y el Anexo 1 y el Formato 1 en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal Institucional (www.sunat.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 994345-1