Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2013 (28/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano Sabado 28 de setiembre de 2013

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Nº 029-2004/SUNAT y MORDAZA modificatoria, el siguiente texto: "Articulo 1º.- DEFINICIONES (...) d) Entidades bancarias: A aquellas entidades del Sistema Financiero que hubieran celebrado convenios de recaudacion con la SUNAT para recibir las declaraciones y pagos de los sujetos del MORDAZA RUS utilizando el Sistema Pago Facil, sea que la recepcion se efectue a traves de sus Agencias, Sucursales, Cajeros corresponsales u otro medio que implementen dichas entidades para recibir las mencionadas declaraciones y pagos en el MORDAZA de los referidos convenios. (...)." 2.2 Sustituyase los articulos 2º y 3º de la Resolucion de Superintendencia Nº 029-2004/SUNAT y MORDAZA modificatoria, por los siguientes textos: "Articulo 2º.- DE LA DECLARACION Y PAGO DE LA CUOTA MENSUAL DEL MORDAZA RUS Los sujetos comprendidos en el MORDAZA RUS deberan utilizar el Sistema Pago Facil a fin de efectuar la declaracion y pago de la cuota mensual. A tal efecto, informaran a las entidades bancarias, los datos detallados en el Anexo 1. Los datos proporcionados por el deudor tributario se registraran en la MORDAZA que sera generada y emitida por la SUNAT o por las entidades bancarias, la misma que se entregara al deudor tributario o se pondra a disposicion de este, segun sea el caso, en senal de conformidad con la transaccion efectuada". "Articulo 3º.- DE LA DECLARACION SUSTITUTORIA O RECTIFICATORIA Los sujetos comprendidos en el MORDAZA RUS deberan utilizar el Sistema Pago Facil a fin de efectuar su declaracion sustitutoria o rectificatoria, siendo los unicos datos susceptibles de ser sustituidos o rectificados los senalados en el Anexo 2. La declaracion sustitutoria o rectificatoria no podra efectuarse en los Cajeros corresponsales de las entidades bancarias. Para efecto de lo dispuesto en el parrafo anterior, los contribuyentes informaran todos los datos de la declaracion que sustituyen o rectifican, incluso aquella informacion que no desean sustituir o rectificar. Los datos proporcionados por el deudor tributario se registraran en la MORDAZA que sera generada y emitida por la entidad bancaria o por la SUNAT, la misma que se entregara o se pondra a disposicion del contribuyente en senal de conformidad con la transaccion efectuada". DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion. Segunda.- REFERENCIA Las menciones a Sucursales o Agencias contenidas en resoluciones de superintendencia que permitan a los medianos y pequenos contribuyentes el pago de tributos mediante el Sistema Pago Facil generando el Formulario Nº 1662 ­ Boleta de Pago, se deben entender realizadas a las entidades bancarias a que se refiere el inciso d) del primer parrafo del articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 125-2003/SUNAT modificado por la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Sancionan con destitucion a servidor judicial por su desempeno como Asistente de Juez del Vigesimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
INVESTIGACION N° 028-2011-LIMA
MORDAZA, trece de marzo de dos mil trece. VISTA: La Investigacion numero cero veintiocho guion dos mil once guion MORDAZA que contiene la propuesta de destitucion del servidor judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su desempeno como Asistente de Juez del Vigesimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero treinta, de fecha cinco de marzo de dos mil doce, de fojas cuatrocientos setenta y nueve a cuatrocientos ochenta y siete. CONSIDERANDO: Primero. Que a merito de la queja de fojas uno, presentada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero treinta, de fecha cinco de marzo de dos mil doce, de fojas cuatrocientos setenta y nueve a cuatrocientos ochenta y siete, luego de analizar los hechos y las pruebas, propone la destitucion del servidor judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Asistente de Juez del Vigesimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por haberle solicitado la suma de tres mil nuevos soles para absolverla en el Expediente numero cuatrocientos dos guion dos mil nueve, que se le seguia por delito de usurpacion agravada, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, precisando la quejosa que le entrego al investigado la suma de mil doscientos cincuenta nuevos soles, en dos partes, para luego solicitarle la devolucion del dinero entregado, porque el investigado MORDAZA MORDAZA le habia informado que seria condenada a una pena menor y a pagar una reparacion civil minima; peticion a la que este accedio, comprometiendose a devolver el dinero el tres de setiembre de dos mil diez. Segundo. Que la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial sustenta su propuesta bajo el sustento que las imputaciones realizadas por la quejosa son veraces, esto es, que se ha verificado que el investigado aprovechandose de su cargo mantuvo una relacion extraprocesal con la quejosa, de quien recibio la suma de mil doscientos cincuenta nuevos soles, luego de convencerla que podria ser absuelta en el MORDAZA penal que se le seguia. Tercero. Que en el presente caso, segun lo ha establecido la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, las imputaciones que recaen en el servidor judicial MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asistente de Juez del Vigesimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se han acreditado con: a) El audio registrado en el CD-RW denominado "Conversacion entre MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asistente de Juez 17 de setiembre de 2010", de fojas doscientos sesenta y seis, y cuya transcripcion se encuentra de fojas doscientos sesenta y ocho a doscientos setenta y cuatro, en la cual el investigado ante la insistencia de devolucion del dinero entregado le dice a la quejosa "espereme un tiempo", y cuando esta le menciona que el dinero lo pidio prestado y que a MORDAZA le estan cobrando, el investigado MORDAZA MORDAZA le solicita "¿puede venirse a fines de mes para...? Por favor"; y, b) El audio registrado en el CD-RW titulado "Conversacion entre MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asistente de Juez, 30 de setiembre

994499-1

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