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El Peruano Viernes 4 de abril de 2014 520317 las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional; Que, el Reglamento de la Ley N° 29622, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2011-PCM denominado “Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivada de los informes emitidos por los Órganos del Sistema Nacional de Control”, señala en el numeral 42.2 de su artículo 42° que la Contraloría General de la República regula el régimen de notifi caciones, considerando la implementación progresiva del uso de medios electrónicos, indicándose en la Tercera Disposición Complementaria Final que este Organismo Superior de Control dictará las disposiciones complementarias que sean necesarias para la implementación de la potestad sancionadora en materia de responsabilidad administrativa funcional, entre otros, respecto al régimen de notifi caciones de los actos del procedimiento sancionador; Que, para dichos fi nes las instancias funcionalmente competentes han culminado el proceso de formulación de la directiva denominada “Notifi cación en el Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional”; Que, por tanto, conforme al documento del visto, resulta necesaria la aprobación de la citada directiva en el marco del proceso de implementación de la potestad sancionadora conferida a la Contraloría General de la República, en materia de responsabilidad administrativa funcional por la comisión de infracciones graves y muy graves; De conformidad con las atribuciones establecidas por el artículo 32° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, así como en la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 29622, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 002-2014- CG/PAS “Notifi cación en el Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Establecer que la directiva aprobada en el artículo precedente, entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, resultando sus disposiciones de aplicación incluso a los procedimientos que se encuentren en trámite. Artículo Tercero.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 1070365-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 362 Lima, 17 de marzo de 2014 Visto el Expediente STDUNI: 2014-13299 presentado por el señor FRANCO LUIS SANTILLAN PONCE, quien solicita duplicado de su diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil; CONSIDERANDO: Que, el señor Franco Luis Santillán Ponce, identifi cado con DNI Nº 44541783, egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de su Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil, por pérdida de dicho documento, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe de fecha 25.02.2014 precisa que el diploma del señor Franco Luis Santillán Ponce, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 11, página 388, con el número 32713-B; Que, la Comisión Académica y de Investigación del Consejo Universitario, en su Sesión Nº 08-2014, realizada el 03 de marzo del 2014, previa revisión y verifi cación del expediente acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil a don Franco Luis Santillán Ponce; Que, el Consejo Universitario en su Sesión Nº 08 – Extraordinaria, del 12 de marzo del 2014, acordó aceptar lo solicitado y se expida el duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil a don Franco Luis Santillán Ponce; y, De conformidad con las atribuciones conferidas en el Art. 50º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil al señor FRANCO LUIS SANTILLAN PONCE, otorgado el 26 de julio del 2011, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO PADILLA RIOS Rector 1069516-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo acuerdo y todo lo actuado hasta la fecha de presentación de solicitud de declaratoria de vacancia de regidor del Concejo Distrital de Yuracyacu, provincia de Rioja, departamento de San Martín RESOLUCIÓN Nº 149 -2014-JNE Expediente Nº J-2013-01422 YURACYACU - RIOJA - SAN MARTÍN RECURSO DE APELACIÓN Lima, veintiséis de febrero de dos mil catorce. VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Marilú Uriarte Quiroz en contra de la decisión adoptada en la sesión extraordinaria de concejo municipal, de fecha 7 de noviembre de 2013, que declaró infundada su solicitud de vacancia interpuesta contra César Augusto Gonzales Young, regidor del Concejo Distrital de Yuracyacu, provincia de Rioja, departamento de San Martín, por la causal establecida en el artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente Nº J- 2013-01219, así como oídos los informes orales. ANTECEDENTES Con relación a la solicitud de Vacancia