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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (04/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Viernes 4 de abril de 2014 520311 presentado observaciones ni objeciones a su contenido, corresponde proceder a su aprobación; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 23° del Decreto Legislativo N° 1158, “Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al Fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud”, corresponde al Superintendente aprobar las normas de carácter general de la Superintendencia; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Sesión Ordinaria N° 006-2014-CD de fecha 25 de marzo de 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la norma que regula la “Obligación de las IAFAS de informar a la Superintendencia Nacional de Salud los Hechos Relevantes”, que consta de diez (10) artículos, que forman parte de la presente resolución. Artículo 2°.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, quedando sin efecto a partir de esa fecha las Resoluciones de Superintendencia N° 042-2003-SEPS/ CD, N° 063-2004-SEPS/CD y N° 071-2009-SEPS/CD. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Superintendente 1069564-1 Aceptan renuncia y dan por concluida designación de Asesor de Secretaría General de la SUNASA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 050-2014-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/S Lima, 31 de marzo de 2014 VISTA: La Carta s/n de fecha 25 de marzo de 2014, mediante la cual el señor Amador Grover Mejía Osorio presenta su renuncia al cargo de confi anza de Asesor de Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 9° de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud – SUNASA; que mediante los artículos 2° y 3° del Decreto Legislativo N° 1158 por el que se disponen medidas para el fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, se sustituye su denominación por la de Superintendencia Nacional de Salud, como un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, que cuenta con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera. Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 071-2013-SUNASA/S del 03 de julio de 2013, se designó al señor AMADOR GROVER MEJIA OSORIO en el cargo de confi anza de Asesor de Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, ahora Superintendencia Nacional de Salud; Que, con el documento de Vista, el señor AMADOR GROVER MEJIA OSORIO presentó su renuncia al cargo de confi anza de Asesor de Secretaria General de la Superintendencia Nacional de Salud por motivos personales, estimándose pertinente aceptarla; Que, conforme a los artículos 9° y literales c), p) y w) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASA, aprobado por Decreto Supremo N° 009- 2011-SA, en concordancia con el numeral 7) del artículo 23° del Decreto Legislativo N° 1158, el Superintendente es el funcionario de mayor jerarquía de la institución, organiza, dirige y supervisa el funcionamiento de la SUNASA; asimismo, designa, suspende o remueve a los trabajadores en cargos de dirección y confi anza; y expide las resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos, de las funciones delegadas por el Consejo Directivo y de otros dispositivos que por norma legal se establezcan; por lo que es el órgano competente para emitir la presente resolución; Con los vistos del Secretario General, y de las Ofi cinas Generales de Asesoría Jurídica y de Administración; y, Estando a lo dispuesto por la Resolución Suprema N° 040-2012-SA, así como a las funciones conferidas por el artículo 9° y literales c), p) y w) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- ACEPTAR la renuncia presentada por el señor AMADOR GROVER MEJIA OSORIO y dar por concluida su designación en el cargo de confi anza de Asesor de Secretaría General de la Superintendencia, que ejercerá hasta el 31 de marzo del 2014 inclusive, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo 2°.- DISPONER la notifi cación de la presente Resolución al interesado, para conocimiento; así como a la Ofi cina General de Administración y a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, para los fi nes correspondientes, conforme a sus respectivas atribuciones funcionales. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Ofi cina General de Asesoría Jurídica la publicación de la presente Resolución en la Página Web institucional. Asimismo, encargar a la Ofi cina General de Imagen Institucional y Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese y publíquese. FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Superintendente 1069566-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Establecen disposiciones para la determinación de la competencia de jueces penales para conocer procesos de hábeas corpus en los Distritos Judiciales en los cuales se encuentra vigente totalmente el Nuevo Código Procesal Penal de 2004 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 034-2014-CE-PJ Lima, 21 de enero de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 0086-2013-GTP-CE/PJ e Informe N° 0006- 2013-CEPJ-CPP, cursados por el señor Consejero Giammpol Taboada Pilco, por los cuales somete a consideración de este Órgano de Gobierno propuesta para la uniformización de criterios en la determinación de la competencia de los Jueces de Investigación Preparatoria y de los Jueces Penales Unipersonales, para conocer los Procesos Constitucionales de Hábeas Corpus en los Distritos Judiciales en los cuales se encuentra vigente totalmente el Nuevo Código Procesal Penal de 2004 (Decreto Legislativo N° 957). CONSIDERANDO: Primero. Que con la entrada en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal de 2004 (Decreto Legislativo