Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2014 (11/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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licencia se unica a peticion de parte y esta condicionado a la comunidad institucional. La licencia se formaliza con la resolucion correspondiente"; asimismo, el estatuto de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, en concordancia con el articulo 51º de la Ley Universitaria Nº 23733, establece lo siguiente: articulo 179º son deberes de los profesores de la Universidad: b) responsabilidad de las actividades de sus cargo; y el Reglamento de Disciplina Universitaria y Tribunal de Honor de esta MORDAZA Superior de Estudios, establece lo siguiente: Articulo 34º. Se consideran faltan muy graves y causales de separacion inc d). Abandonar injustificadamente sus labores por tres dias consecutivos o cinco alternados en el ano; Que, estando a lo recomendado por el Tribunal de Honor Externo con el documento de visto, cuyos terminos se reproducen y forman parte de la presente resolucion y estando a lo previsto por el ultimo parrafo del articulo 51º de la Ley Nº 23733 Ley Universitaria; el articulo 28 inciso k) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de la MORDAZA Administrativa; el articulo 453º del Reglamento General del a Universidad y; estando dentro de las atribuciones conferidas al senor Presidente de la Comision de Intervencion, mediante Resolucion Nº 0622-2013-ANR; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR ProcesoAdministrativo Disciplinario a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa. Articulo Segundo.- NOTIFICAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con la presente Resolucion, para que realice su descargo dentro del plazo de 05 dias de recibido, ante el Tribunal de Honor. Articulo Tercero.- REMITIR, la presente resolucion asi comotodos los actuados, al Tribunal de Honor Externo, para los fines correspondientes. Articulo Cuarto.- DISPONER, que la Oficina General de Informatica de la UNAMAD publique la presente resolucion en la pagina web de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de Dios. Registrese, comuniquese y cumplase. MILTHON MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 1072400-1

El Peruano Viernes 11 de MORDAZA de 2014

Instauran MORDAZA administrativo disciplinario contra docente de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL AMAZONICA DE MORDAZA DE MORDAZA PRESIDENCIA DE COMISION DE INTERVENCION RESOLUCION Nº 026-2014-UNAMAD-C.I-R Puerto MORDAZA, 17 de febrero del 2014 VISTO: El Memo. Nº 158-2014-UNAMAD-C.I.-R, de fecha 14 de febrero del 2014; Informe Nº 05-2014-THE-UNAMAD, de fecha 16 de enero del 2014, del Tribunal de Honor Especial de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, sobre la presunta comision de falta grave de abandono de trabajo en que habria incurrido el servidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pollito; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27297, de fecha 05 de MORDAZA del ano 2000, se crea la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, en adelante la UNAMAD; autorizandose su funcionamiento definitivo, mediante resolucion Nº 6262009-CONAFU, de fecha 27 de noviembre del ano 2009;

Que, de conformidad al articulo 2º de la Resolucion Nº 0622-2013-ANR, de fecha 24 de MORDAZA de 2013, se designa una Comision de Intervencion con atribuciones de reorganizacion para la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, con el cese de autoridades, encargada de finalizar el MORDAZA de institucionalizacion y que garantice el normal funcionamiento de los organos de gobierno por el plazo de dos anos, Comision integrada por: Dr. Milthon MORDAZA Munoz MORDAZA, Presidente; Dra. Ela MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Academico y el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Administrativo, los mismos que ejerceran sus atribuciones de conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733, leyes Nº 26490 y Nº 27602; Que, el articulo 139º del Estatuto de la UNAMAD, concordante con el ultimo parrafo del articulo 51º de la Ley Nº 23733 Ley Universitaria, prescribe que son aplicables a los docentes las siguientes sanciones: amonestacion, suspension y separacion, previo MORDAZA disciplinario por el Tribunal de Honor conforme a las normas vigentes; disponiendose ademas en el articulo 194º que la amonestacion verbal o escrita sera aplicada por la autoridad inmediata superior y que cuando es escrita quedara registrada en su hoja de servicios; como tambien en el articulo 195º dispone que la suspension y/ o separacion de los profesores se realiza previo MORDAZA disciplinario; Que, el articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, describe y tipifica cada una de las faltas de caracter disciplinarias que, segun su gravedad, pueden ser sancionadas con cese temporal o con destitucion, previo MORDAZA administrativo; Que, el articulo 453º del Reglamento General de la Universidad, determina que la Universidad cuenta con un Tribunal de Honor, al cual le corresponde conocer y calificar las denuncias que se formulan contra los docentes y estudiantes MORDAZA autoridades o no; senalando que el MORDAZA disciplinario sera instaurado por Resolucion Rectoral; Que, mediante Resolucion Nº 002-2013-C.I.-A.U. de fecha 15 de agosto de 2013, se resuelve solicitar a la Asamblea Nacional de Rectores, la designacion de un Tribunal de Honor Externo para la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, que tenga como finalidad instruir procedimiento administrativos disciplinarios, contra docentes y alumnos de la universidad, que presumiblemente habrian incurrido en infraccion a sus deberes, con las garantias que conlleva y exige un debido procedimiento; Que, mediante Resolucion Nº 1635-2013-ANR de fecha 23 de octubre de 2013, se designa un Tribunal de Honor Externo para la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, para los procedimientos administrativos disciplinarios que MORDAZA lugar con atribuciones de investigar, procesar, y dictaminar sobre las responsabilidades de autoridades universitarias, docentes y estudiantes que hayan incurrido en faltas; Que, mediante informe Nº 003-UNAMAD-CI-VRAC/ OGP del 16 de 2013, la Directora de la Oficina General de Personal, informa que el 8 de MORDAZA la Oficina de Coordinacion en MORDAZA de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, recepciona la carta de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pollito, dirigida a la jefatura de Departamento de Ingenieria, por la que solicita vacaciones adelantadas por 15 dias por motivos estrictamente familiares; no obstante ya habia hecho uso de sus vacaciones por 60 dias otorgadas mediante Resolucion Directoral Nº 135-2013UNAMAD-VRAD/OGP; Que, el literal c) del articulo 110º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece la licencia a cuenta de vacaciones que tienen derecho los funcionarios y servidores publicos son por matrimonio, por enfermedad grave del conyuge, padres o hijos; Que, en el ambito interno, el articulo 49º del reglamento de Control y Permanencia del Docente y Administrativo de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, aprobado por la Resolucion Nº 155-2006-UNAMAD-CO, establece que de la licencia por motivos particulares o personales esta condicionada a la conformidad que da la institucion, que implica un informe favorable del jefe de

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