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El Peruano Sábado 26 de abril de 2014 521756 Juan Bosco” de Huánuco, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Que, de conformidad a lo establecido en el literal a), del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional, aprobar modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional, Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA ALDEA INFANTIL “SAN JUAN BOSCO” - HUÁNUCO Artículo Primero.- APROBAR, El REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA ALDEA INFANTIL “SAN JUAN BOSCO” DE HUÁNUCO, el mismo que consta de seis (06) Títulos, veintiséis (26) Artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias y Finales y una Estructura Orgánica, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DÉJESE, sin efecto toda disposición que se oponga a la presente ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Ordenanza en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Huánuco, conforme a lo dispuesto en el artículo diecisiete del Decreto Supremo número cero cuarenta y tres del dos mil cuatro - PCM; concordante con lo previsto en el artículo cuarenta y dos (42) de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Orgánica de Gobierno Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 06 días del mes de febrero del año dos mil catorce. JOSÉ LUIS GONZÁLES CHUMBE Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en Huánuco, en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 14 días del mes de febrero del dos mil catorce. LUIS R. PICÓN QUEDO Presidente 1076316-3 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza Nº 428- MDJM de la Municipalidad Distrital de Jesús María que regula el derecho por concepto de emisión mecanizada del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2014 ACUERDO DE CONCEJO Nº 401 Lima, 25 de febrero de 2014Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de febrero del 2014, el O fi cio Nº 001-090-00007341 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de rati fi cación de la Ordenanza Nº428-MDJM de la Municipalidad Distrital de Jesús María, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2014. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital de Jesús María aprobó la Ordenanza materia de la rati fi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con carácter de Declaración Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitió el Informe Técnico Legal N° 264-181-00000137 opinando que procede la rati fi cación solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio de 2011, debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario O fi cial El Peruano y en los portales institucionales; Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital de Jesús María prevé percibir, producto de la emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales, cubren el 99.76% de los costos incurridos. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en el Dictamen Nº46-2014- MML/CMAEO. ACORDÓ:Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº428- MDJM de la Municipalidad Distrital de Jesús María, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2014, dado que cumple con las disposiciones técnicas y legales establecidas en el marco legal para su aprobación y vigencia. Artículo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación; así como del texto íntegro de la Ordenanza Nº428-MDJM y sus anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y de estimación de ingresos. La aplicación de la Ordenanza materia de la rati fi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Jesús María. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria-SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del Servicio de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y cúmplase.HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1076709-1 Establecen vigencia del formato de papeleta del conductor por infracción de tránsito aprobado por D.S. N° 016-2009-MTC, en tanto se apruebe e implemente nuevo formato DECRETO DE ALCALDÍA N° 002 Lima, 25 de abril de 2014