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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (26/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 59

El Peruano Sábado 26 de abril de 2014 521753 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Institucionalizan la Campaña del Buen Trato para la Niñez 2013-2021 ORDENANZA REGIONAL Nº 061-2013-CR-GRH Huanuco, 27 de diciembre del 2013 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: VISTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de diciembre del dos mil trece, trató el tema relacionada la propuesta de Ordenanza presentada por la Comisión Permanente de Desarrollo Social del Consejo Regional, que apruebe Institucionalizar la Campaña por el Buen Trato por la Niñez 2013-2021”; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo señalan los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, tienen por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, en su artículo 1º, establece la defensa de la Persona Humana y el respeto de su dignidad como fi n supremo de la sociedad y del Estado; Que, la Convención sobre los Derechos del Niño adoptada en la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución cuarenta y cuatro veinticinco de fecha 27 de setiembre de 1989, rati fi cada por el Estado Peruano, establece que todas las medidas concernientes a los niños de las Instituciones Públicas o Privadas de Bienestar Social, los tribunales, las autoridades Administrativas o los órganos legislativos, la atención será teniendo en cuenta el interés superior del niño asegurando su protección y cuidado que sea necesario, con este fi n de tomarán todas las medidas legislativas y administrativas; Que, las políticas desarrolladas en el Plan Regional de Acción por la Infancia y Adolescencia 2010-20121 aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 107-2010-CR/GRH de fecha 05 de diciembre de 2010, así como en el Acuerdo de Gobernabilidad Regional a través de la Concertación de Metas para la Reducción de la pobreza 2011-2014 reconocida mediante Ordenanza Regional Nº 022-2012-GR/GRH, están orientadas a garantizar la futura generación, buscando mejorar sus condiciones para su desarrollo integral generando con ello el progreso de la Región Huánuco; Que, en el ámbito de la Región Huánuco se debe conseguir la igualdad de Oportunidades para todos y especialmente priorizar la Niñez como sujeto de derecho y sustento de desarrollo, rea fi rmando el enfoque de derechos y de protección de niños, niñas y adolescentes, proporcionando buenas políticas públicas universales orientadas a la Infancia;Que, Mediante O fi cio Nº 234-2013-MCLCP/HCO el Comité Ejecutivo de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza, solicita la aprobación e institucionalización de la Campaña por el Buen Trato a la Niñez, que busca mostrarles a las niñas, niños y adolescentes, pero también a personas mayores de 18 años, que podemos vivir bien sin violencia y Seguros; pudiéndolo lograr si en muestras actividades cotidianas aplicamos el Buen Trato a las relaciones Interpersonales así como a nuestras prácticas institucionales, en especial al proveer los bienes y servicios de los que dependen la vida, la salud, la educación y en general el bienestar de nuestra población, empezando por las niñas y niños; Que, para tal efecto existe la necesidad de buscar el compromiso activo de las personas de todas las edades así como las instituciones privadas y públicas de la región para la adopción de una cultura de buen trato, vinculadas a las buenas relaciones con calidad y calidez humana promoviendo la participación activa de todos los estamentos de la sociedad, autoridades y funcionarios así como de toda la población, para garantizar los derechos de los niños y niñas; Que, mediante artículo 60º literal h) de su artículo 60º dispone formular y ejecutar políticas y acciones concretas, orientando para que la asistencia social se torne productiva para la Región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y en sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad; Que, mediante Dictamen Nº 03-2013-GRH-CRH/ CPDE, presentado por la Comisión Permanente de Desarrollo Social de fecha 09 de diciembre del año 2013, emite opinión favorable sobre la aprobación de la propuesta que se declara Institucionalizar la Campaña por el Buen Trato para la Niñez” ; Que, para tal efecto existe la necesidad de buscar el compromiso activo de las personas de todas las edades así como las instituciones privadas y públicas de la región para la adopción de una cultura de buen trato, vinculadas a las buenas relaciones con calidad y calidez humana promoviendo la participación activa de todos los estamentos de la sociedad, autoridades y funcionarios así como de toda la población, para garantizar los derechos de los niños y niñas; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 38º de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de competencia; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional Huánuco en su Sesión Ordinaria de la fecha y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modi fi cada por las Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29503, Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003-GRH y su modi fi catoria con Ordenanza Regional Nº 052-2008- CR-GRH, El Pleno del Consejo Regional con el voto por UNANIMIDAD del pleno, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR, LA CAMPAÑA POR EL BUEN TRATO A LA NIÑEZ 2013-2021, en el ámbito de la Región Huánuco. Artículo Segundo.- INSTITUCIONALIZAR, LA CAMPAÑA DEL BUEN TRATO PARA LA NIÑEZ 2013-2021, en el ámbito de la Región Huánuco como estrategia para la promoción de las buenas prácticas en la protección de los derechos de los niños y niñas, implementando políticas públicas y priorizando la inversión en la infancia. Artículo Tercero.- DECLARAR, en la Región Huánuco el 23 de setiembre de todos los años como el día por el Buen Trato a la Niñez 2013-2021. Artículo Cuarto.- EXHORTAR, al Ejecutivo el cumplimiento de los Artículos 1º, 2º y 3º de la presente Ordenanza Regional mediante la aplicación y emisión