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El Peruano Sábado 26 de abril de 2014 521755 a una persona como su autor. En ética, la responsabilidad se asocia con los términos: compromiso, obligación, incumbencia, competencia y exigencia; Que, el código de ética hace públicas y expresas las normas y principios a que debe ajustarse la conducta moral de los miembros o agentes de la Función Pública. Al INCORPORAR “LA LEY DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (LEY 27815)”, AL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL, los Funcionarios Públicos (de elección Popular) del Consejo Regional, podrán saber a qué atenerse y cuáles son sus derechos y obligaciones en cuanto al comportamiento moral; Que, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 23 de enero del 2014, el Pleno del Consejo Regional, aprobó por UNANIMIDAD el Dictamen Nº 001-2014-GRH-CP/CPP PATAL, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales referido a la incorporación el Código de Ética de la Función Publica Ley Nº 27815, al Reglamento Interno del Consejo Regional Huánuco. Asimismo el Consejero por la provincia de Dos de Mayo, propone incorporar la Comisión Permanente de Ética al Reglamento Interno del Consejo Regional, la misma que fue aprobada por unanimidad; Que, de conformidad a lo establecido en el literal a), del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional, aprobar modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional. Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. Ha dado la Ordenanza siguiente : ORDENANZA QUE APRUEBA MODIFICAR EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL HUANUCO, PARA INCORPORAR LA LEY DEL CODIGO DE ETICA DE LA FUNCION PUBLICA LEY Nº 27815 Y LA COMISIÒN PERMANENTE DE ETICA AL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUANUCO Artículo Primero.- MODIFICAR, la Ordenanza Regional Nº 001-2003-CRH de fecha 15 de enero del 2003, que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, para INCORPORAR, la Ley del Código de Ética de la Función Pública Ley Nº 27815 y la Comisión Permanente de Ética al Reglamento Interno del Consejo Regional, en mérito a los considerados expuestos. Artículo Segundo.- DISPENSAR, la Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. Artículo Tercero.- PUBLICAR DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el diario o fi cial El Peruano y en el portal del Gobierno Regional Huánuco en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huánuco para su promulgación. En la provincia de Huánuco, a los 30 días del mes de enero del dos mil catorce. JOSÉ LUIS GONZÁLES CHUMBE Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 06 días del mes de febrero del dos mil catorce. LUIS R. PICÓN QUEDO Presidente 1076316-2Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Aldea Infantil “San Juan Bosco” de Huánuco ORDENANZA REGIONAL Nº 063-2014-CR-GRH Huánuco, 14 de febrero del 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO:Visto, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional, de fecha 30 de enero del dos mil catorce, el Dictamen Nº 02-2014-CPPPAT- AL, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Aldea Infantil “San Juan Bosco” de Huánuco, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 4o de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de Gestión del Estado señala que el proceso de modernización de la gestión del estado, tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, alcanzando un estado con servidores públicos cali fi cados y adecuadamente remunerados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, de fecha 26 de Julio de 2006, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las Entidades de la Administración Pública, estableciendo su artículo 2º que su fi nalidad es generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y de fi nición de sus funciones y las de los órganos que la integran, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identi fi car las responsabilidades especí fi cas de ¡as entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso Que, mediante Informe Nº 031-2013-GRH-GRPPAT/ SGDIS/GACB de fecha 05 de diciembre del 2013, presentado por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas solicita la aprobación del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Aldea Infantil “San Juan Bosco” de Huánuco, instrumento de gestión adecuado y modi fi cado en el marco de las necesidades surgidas de la experiencia de la Descentralización; así como concordado con la normatividad legal vigente que rige el actual proceso de modernización de la gestión del Estado y de las nuevas tendencias del desarrollo organizacional; evitándose cualquier caso de duplicidad de funciones entre sus distintos Órganos y Dependencias; Que, mediante Dictamen Nº 02-2014-GRH-CP/ CPPPATAL, evacuado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales de fecha 27 de enero del año 2014, se emite opinión favorable para la aprobación de la Ordenanza Regional que aprueba El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Aldea Infantil “San