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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (26/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Sábado 26 de abril de 2014 521745 prevista en el artículo 11, segundo párrafo, de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Regístrese, comuníquese, publíquese.SS.TÁVARA CÓRDOVACHÁVARRY VALLEJOSAYVAR CARRASCOCORNEJO GUERRERORODRÍGUEZ VÉLEZSamaniego Monzón Secretario General 1076837-5 MINISTERIO PUBLICO Disponen que las Presidencias de Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales del Santa y Ancash soliciten a las Oficinas Regionales de Control pertenecientes a la Contraloría General de la República, la habilitación y participación de peritos especializados para practicar exámenes en el marco de determinadas investigaciones y/o procesos penales RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1500-2014-MP-FN Lima, 25 de abril del 2014VISTO y CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1235-2014-MP-FN de fecha 08 de abril del año en curso, se declaró en Estado de Emergencia los Distritos Fiscales del Santa y Ancash; Que, en aplicación de la medida dispuesta, se han efectuado visitas a los Despachos de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios de los referidos Distritos Fiscales, en las que los Señores Fiscales han expresado su preocupación por la demora en la tramitación de algunas investigaciones, las mismas que se deben a la falta de peritos y/o especialistas en diferentes materias que permitan concluir con las diligencias dispuestas y así acreditar las responsabilidades a que hubiere lugar; Que, la lucha contra la corrupción, exige un trabajo coordinado entre las instituciones responsables de la defensa de la legalidad y los derechos ciudadanos, así como de los encargados de la custodia de los intereses del Estado y del control de los recursos públicos, especí fi camente, del Ministerio Público y de la Contraloría General de la República; Que, en este contexto, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República, con fecha 10 de mayo del 2010, fi rmaron una Alianza Estratégica para institucionalizar la lucha contra la corrupción, de tal forma que permita complementar y fortalecer las atribuciones y competencias de cada una de las instituciones, así como coordinar y unir esfuerzos a través de un trabajo conjunto en las acciones de prevención, detección, investigación y sanción de los actos de corrupción, bajo los principios de moralidad, e fi ciencia, transparencia, economía y vigencia tecnológica; Que, asimismo, con fecha 02 de noviembre de 2011, el Ministerio Público, el Poder Judicial y la Contraloría General de la República, suscribieron un Convenio Marco Tripartito de Cooperación Interinstitucional, con el objeto de establecer un marco de mutua colaboración, para buscar promover y desarrollar, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, una acción interinstitucional articulada que permita a fi anzar el proceso de armonización de políticas públicas referidas a la prevención, investigación y sanción de actos de corrupción; Que, dentro de las líneas de acción y obligaciones asumidas, las Instituciones intervinientes, se comprometieron a brindar las facilidades necesarias en lo que respecta a infraestructura, recursos humanos, materiales y tecnológicos, con el objeto de facilitar el desarrollo de las actividades necesarias para el cumplimiento de sus fi nes; Que, en ese marco de colaboración, y considerando que el inciso f) del artículo 15º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y Contraloría General de la República - Ley Nº 27785, establece que los exámenes e informes de control respectivos con el debido sustento técnico y legal, constituyen prueba pre-constituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales correspondientes; debe recurrirse a los mecanismos de cooperación interinstitucional a efectos de dar solución a esta problemática que actualmente afrontan los Despachos de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios de los Distritos Fiscales del Santa y Ancash, asegurando de esta forma la efi cacia en las acciones que vienen llevando a cabo en la lucha frontal contra la corrupción; Estando a las facultades conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que las Presidencias de Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales del Santa y Ancash, soliciten a las O fi cinas Regionales de Control pertenecientes a la Contraloría General de la República, la habilitación y participación de peritos especializados a efectos de practicar los exámenes contables, fi nancieros, de ingeniería y los demás que se requieran, en el marco de las investigaciones y/o procesos penales que son de conocimiento de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios de cada uno de sus Distritos Fiscales. Artículo Segundo.- Disponer que las Presidencias de Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales del Santa y Ancash, informen al Despacho de la Fiscalía de la Nación, sobre el resultado de las acciones adoptadas. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Contraloría General de la República, Presidencias de Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales del Santa y Ancash, Gerencia General y a la Secretaría Técnica del Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 1077140-1 Aprueban “Protocolos de Actuación Conjunta” de las medidas limitativas de derechos de allanamiento, impedimentos de salida y otros, así como la “Guía de Actuación Conjunta contra la delincuencia y el crimen organizado” RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1501-2014-MP-FN Lima, 25 de abril del 2014VISTO: El O fi cio N° 1641-2014-P-PJ de fecha 25 de marzo de 2014, remitido por el doctor Enrique Javier Miranda Ramírez, Presidente del Poder Judicial, mediante el cual hace de conocimiento de la Fiscalía de la Nación la