Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2014 (01/08/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Viernes 1 de agosto de 2014

529129
emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Morropon; y, en consecuencia, REVOCAR dicha resolucion en el extremo en que declaro improcedente la inscripcion de la candidatura de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, integrante de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Canchaque, provincia de Huancabamba, departamento de MORDAZA, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014. Articulo Segundo.- DISPONER la continuidad del integro de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Canchaque, provincia de Huancabamba, departamento de MORDAZA, correspondiente al partido politico Alianza para el Progreso, para las elecciones municipales de 2014. Articulo Tercero.- DISPONER que la Direccion de Registros, Estadistica y Desarrollo Tecnologico del MORDAZA Nacional de Elecciones efectue la anotacion marginal correspondiente, en el rubro "Experiencia laboral", de la declaracion jurada de MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato al cargo de regidor del Concejo Distrital de Canchaque, provincia de Huancabamba, departamento de MORDAZA, por el partido politico Alianza para el Progreso, con los siguientes terminos: "Se declaro fundado el recurso de apelacion interpuesto contra la resolucion que declaro improcedente su candidatura, en el Expediente Nº J-2014-00940", asi como "Centro de prestacion de servicios: Municipalidad Distrital de Lalaquiz, provincia de Huancabamba, departamento de MORDAZA, direccion: Plaza principal de Tunal s/n". Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1117604-9

deben presentar, al momento de solicitar la inscripcion de listas de candidatos, el original o MORDAZA legalizada del cargo de la solicitud de licencia sin goce de haber, en el caso de los ciudadanos que deban cumplir con dicha exigencia para postular. Es evidente que la finalidad a la que apuntan las disposiciones citadas es salvaguardar los fondos publicos, asi como garantizar la neutralidad del Estado, ya que al impedirse que los candidatos perciban remuneracion o asignacion por parte de las entidades publicas se MORDAZA tambien que sea el Estado quien subsidie, de manera indirecta, los costos en que aquellos incurren como consecuencia de la MORDAZA electoral, hecho que privilegiaria la posicion de algunos candidatos (los trabajadores del Estado) por encima de otros. Analisis del caso concreto 3. En el presente caso, el JEE declaro improcedente la inscripcion del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA porque no se especifico en el escrito de subsanacion ni en su declaracion jurada de MORDAZA "cual era su empleador". 4. De la revision de autos se verifica que en el rubro "Experiencia laboral" de la declaracion jurada de MORDAZA del mencionado candidato, presentada con la solicitud de inscripcion de lista de candidatos, con fecha 7 de MORDAZA de 2014, consigna la siguiente informacion:
Centro de prestacion del servicio, trabajo o consignar si es independiente Sector Periodo Cargo/Ocupacion/Oficio Departamento Provincia Distrito Direccion Independiente Publico 2012 a la fecha Tecnico farmaceutico MORDAZA Huancabamba Canchaque Canchaque s/n

5. Al realizar la calificacion de la solicitud de inscripcion, el JEE senalo unicamente que el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no cumplio con adjuntar el original o MORDAZA legalizada del cargo de solicitud de licencia sin goce de haber, sin requerir que se esclarezca si prestaba servicios en un centro de labores, o, como se consigno, de manera independiente, y de ser lo primero, el nombre de la institucion o empresa. 6. Con el escrito de subsanacion, el personero legal del partido politico Alianza para el Progreso adjunto el cargo de la solicitud de licencia, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el 4 de MORDAZA de 2014 por mesa de partes de la Municipalidad Distrital de Lalaquiz, provincia de Huancabamba, departamento de MORDAZA, solicitando, en su condicion de "trabajador por servicios no personales", licencia sin goce de haber para poder participar en las presentes elecciones municipales (fojas 89). 7. A criterio de este Supremo Tribunal de Justicia Electoral, el documento presentado con el escrito de subsanacion causa certidumbre respecto de que el candidato ha cumplido con solicitar la licencia requerida a su empleador, puesto que se identifica plenamente al prestador del servicio (Miguel MORDAZA MORDAZA Neira), la institucion donde se presta el servicio (la Municipalidad Distrital de Lalaquiz), y la fecha de solicitud de la licencia (el 4 de MORDAZA de 2014). De acuerdo con ello, corresponde declarar fundado el recurso de apelacion y revocar la resolucion venida en grado, que declaro improcedente la candidatura de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Neira. 8. Dicho esto, y toda vez que existe una inconsistencia en lo registrado en la declaracion jurada de MORDAZA del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la informacion consignada en el cargo de solicitud de licencia sin goce de haber, corresponde disponer que se realice la anotacion marginal correspondiente. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del partido politico Alianza para el Progreso, en contra de la Resolucion Nº 002-2014JEE-MORROPON/JNE, de fecha 12 de MORDAZA de 2014,

Confirman resolucion del MORDAZA Electoral Especial de Pataz que declaro improcedente solicitud de inscripcion de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Huancaspata, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION Nº 787-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00921 HUANCASPATA - PATAZ - LA MORDAZA JEE PATAZ (EXPEDIENTE Nº 00109-2014-054) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES RECURSO DE APELACION MORDAZA, veinticuatro de MORDAZA de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personera legal titular de la organizacion politica Partido Humanista Peruano, en contra de la Resolucion Nº 00012014-JEE- PATAZ/JNE, de fecha 10 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Pataz, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de lista de candidatos presentada por la citada organizacion politica para el Concejo Distrital de Huancaspata, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014. ANTECEDENTES El 7 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personera legal titular del Partido Humanista Peruano, acreditada ante el MORDAZA Electoral Especial de Pataz (en adelante JEE), presenta su solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Huancaspata,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.