Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2014 (02/08/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano Sabado 2 de agosto de 2014

529245
del 2014 sobre Proyecto de "Ordenanza Municipal que Regula el Programa de Formalizacion de Recicladores y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos del Distrito de Pachacamac" y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, precisa (...) que las Municipalidades Provincial y Distritales son Organos de Gobierno Local y personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Que, conforme lo dispuesto por el Art. 195º de MORDAZA acotada, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo, concordante con el Art. 04 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Que, el Articulo 74º de la Ley Nº 27972 - LOM, prescribe (...) que las municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida, una funcion promotora, normativa y reguladora, en las materias de su competencia, conforme a Ley. Que, el Articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 1065; que modifica la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Solidos; establece que (...) los roles de las Municipales, es "Implementar progresivamente programas de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos en el ambito de su jurisdiccion, facilitando su reaprovechamiento y asegurando su disposicion final diferenciada y tecnicamente adecuada". Asi mismo establece que las Municipalidades deben ejecutar programas para la progresiva formalizacion de las personas, operadores y demas entidades que intervienen en el manejo de los residuos solidos sin las autorizaciones correspondientes. Que, la Ley Nº 29419, Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, tiene por objeto establecer el MORDAZA normativo para la regulacion de las actividades de los trabajadores del reciclaje, orientada a la proteccion, capacitacion y promocion del desarrollo social y laboral, promoviendo su formalizacion, asociacion y contribuyendo a la mejora en el manejo ecologicamente eficiente de los residuos solidos en el pais; en el MORDAZA de los objetivos y principios de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos y la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente. Que el Articulo 5º de la Ley Nº 29419, prescribe que (...) los gobiernos locales seran los entes reguladores de la actividad de los recicladores en el ambito de su jurisdiccion; con un enfoque orientado a incorporar a los recicladores como parte del sistema local de gestion de residuos solidos, potenciando la actividad a traves de la elaboracion de normas de promocion. Asimismo establece que los gobiernos locales mantendran un registro de inscripcion de las organizaciones de recicladores, cuyos miembros operen en su jurisdiccion para el otorgamiento de la autorizacion y certificacion correspondiente, la cual ademas debe servir para el acceso de los beneficios que se establezcan en su favor. Que, de igual forma el Articulo 6º de la MORDAZA acotada, senala (...) que los gobiernos regionales y locales en el MORDAZA de sus atribuciones legales, promoveran la formacion de organizaciones de recicladores y de pequena y microempresas EPS RS y EC RS, especializadas en la recoleccion para el reciclaje y la comercializacion de residuos solidos, asimismo los gobiernos locales deberan emitir las disposiciones que faciliten la incorporacion de recicladores independientes dentro de las existentes. Por otra parte, el Articulo 7º de la referida MORDAZA, advierte que (...) los gobiernos locales implementaran programas de incentivos a la segregacion en la fuente, los cuales pueden incluir compensacion a los contribuyentes a traves de la reduccion del pago de tarifas o la entrega de bienes y servicios a menos costos o de forma gratuita, o como parte de programas de certificacion ambiental de empresas o instituciones en general. Que, mediante D.S 005-2010-MINAM, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 29419, a traves del cual se establecen los aspectos tecnicos, operativos, administrativos y de gestion para el ordenamiento,

Que, mediante Informe de visto, la Sub Gerente de Promocion Social y Economica, presenta el Plan Municipal de Accesibilidad del Distrito de MORDAZA MORDAZA el mismo que contiene la asignacion de funciones de la Oficina Municipal de Personas con Discapacidad, el Diagnostico e identificacion de barreras fisico arquitectonicas para personas con discapacidad y personas con movilidad reducida en area focalizada y el Plan de accesibilidad, en cumplimiento al Plan de incentivos a la Mejora de la Gestion Modernizacion Municipal; Que, mediante Memorandum Nº 2738-2014-GPP/ MDJM de fecha 21 de MORDAZA del 2014 emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto opina que es procedente la propuesta del" Plan de Accesibilidad de Personas con Discapacidad" en cumplimiento de la normatividad en relacion al Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal para el ano 2014, de la Meta Nº 02; Que, mediante Informe Nº 1172-2014-MDJM/GAJyRC de fecha 24 de MORDAZA del 2014 emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil opina que el "Plan de Accesibilidad de Personas con Discapacidad" se encuentra conforme a la normatividad legal vigente; Que, mediante Informe Nº 078-2014-MDJM-GDUyA de fecha 31 de MORDAZA del 2014 emitido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ambiental opina favorablemente por la aprobacion del "Plan de Accesibilidad de Personas con Discapacidad"; Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el inciso 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- APRUEBESE el Plan de Accesibilidad para Personas con Discapacidad y Personas con Movilidad Reducida, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, en cumplimiento de la META 02: "Diagnostico de accesibilidad para personas con discapacidad" del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del Ano 2014. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento del presente Decreto y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusion. Articulo Tercero.- HAGASE de conocimiento al Concejo Municipal el presente Decreto. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 1118095-2

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Regulan el Programa de Formalizacion de Recicladores y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos del distrito de MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 136-2014-MDP/C MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2014 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 15 de MORDAZA del 2014, Informe Nº 487-2014-MDP/GSCA-SGLPPJ de fecha 07 de MORDAZA del 2014, Informe Nº 079-2014MDP/GSCA de fecha 08 de MORDAZA del 2014, Informe Nº 049-2014-MDP/OPP de fecha 09 de MORDAZA del 2014 e Informe Nº 155-2014-MDP/OAJ de fecha 10 de MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.