Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2014 (03/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA VISTO, el Memorando Nº2626-2014-MDJM-GPP de fecha 07 de MORDAZA del 2014, el Informe Nº 1114-2014MDJM-GAJyRC de fecha 14 de MORDAZA de 2014 y el Informe Nº 109-2014-MJM/GPP/SGPIPCTyPE del 01 de MORDAZA de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, por Decreto de Alcaldia Nº 011-2014-MDJM del 12 de MORDAZA de 2014 se aprobo el "Reglamento para la tramitacion y evaluacion de las iniciativas privadas en el distrito de MORDAZA Maria", al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 146-2008-EF- Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012; Que, con fecha 31 de MORDAZA de 2014 se publico en el diario oficial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 1272014-EF que deja sin efecto el Decreto Supremo Nº 1462008-EF, aprobandose un MORDAZA Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012; Que, al haberse expedido un MORDAZA Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012, corresponde que se derogue el "Reglamento para la tramitacion y evaluacion de las iniciativas privadas en el distrito de MORDAZA Maria" a fin de emitirse uno MORDAZA al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 127-2014-EF; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ordenanza Nº 389-MDJM que regula la promocion de la inversion privada en infraestructura y servicios publicos en el distrito, dispone que por Decreto de Alcaldia se estableceran las disposiciones complementarias y reglamentarias de la precitada ordenanza; Que, el "Reglamento para la tramitacion y evaluacion de las iniciativas privadas en el distrito de MORDAZA Maria", tiene por objetivo establecer el procedimiento a seguir cuando se presenten iniciativas privadas autosostenibles en proyectos de inversion ante el Organo Promotor de la Inversion Privada de MORDAZA MORDAZA ­ OPRI-JESUS MORDAZA, para su admision a tramite, evaluacion y posterior aprobacion, de ser el caso; Que, en ese sentido, a fin de garantizar mayor transparencia en el procedimiento a seguir ante la Municipalidad de MORDAZA Maria; se ha dispuesto aprobar el MORDAZA "Reglamento para la tramitacion y evaluacion de las iniciativas privadas en el distrito de MORDAZA Maria"; Estando a las atribuciones conferidas por el articulo 42º y el inciso 6 del articulo 20º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- APRUEBASE el "Reglamento para la tramitacion y evaluacion de las iniciativas privadas en el distrito de MORDAZA Maria" que consta de 19 Articulos y 2 Disposiciones Finales que forman parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- PUBLICASE el presente Decreto en el diario oficial El Peruano; y en el MORDAZA institucional de la corporacion edil: www.munijesusmaria. gob.pe integramente la Directiva referida en el Articulo Primero. Articulo Tercero.- ENCARGASE a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Subgerencia de Promocion de la Inversion Privada, Cooperacion Tecnica y Proyectos Especiales, en calidad de Organo Promotor de la Inversion Privada ­ OPRI MORDAZA MARIA-, el cumplimiento del presente Decreto y la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusion. Articulo Cuarto.- NOTIFIQUESE el presente Decreto a las unidades organicas de la corporacion MORDAZA por el Sistema de Informacion Documentaria, de conformidad con la Directiva Nº 04-2013-MDJM "Comunicacion Interna de las Normas Municipales" aprobada por Decreto de Alcaldia Nº 027-2013-MDJM.

El Peruano MORDAZA 3 de agosto de 2014

Articulo Quinto.- DEROGUESE el Decreto de Alcaldia Nº 011-2014-MDJM. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 1118096-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban "Programa de Segregacion en la Fuente en el distrito de Lince: La basura MORDAZA de botarla hay que separarla"
DECRETO DE ALCADIA Nº 10-2014-ALC-MDL Lince, 31 de MORDAZA del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTOS: El Informe Nº 040-2014-MDL-MDLGSAC/SGRS, de fecha 25 de MORDAZA del 2014, emitido por la Subgerencia de Gestion de Residuos Solidos y Saneamiento Ambiental, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2014-EF se aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2014, el cual dispone en su Articulo 6º que las municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Plan de Incentivos, las mismas que se indican en los Anexos N° 02 y N° 04 que forma parte integrante de dicho Decreto Supremo; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 003-2014EF/50.01, la Direccion General de Presupuesto Publico aprueba, ente otros, el Instructivo para el cumplimiento de la Meta Nº 03 denominada: "Implementar un Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos domiciliarios en un 25% de viviendas urbanas del distrito", la misma que tiene como fecha limite para su cumplimiento, hasta el dia 31 de MORDAZA del 2014; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 16-2013-MDLALC, publicado en el diario oficial "El Peruano", el dia 21 de MORDAZA del 2013, se actualizo el "Programa de Segregacion en la Fuente en el distrito de Lince: La basura MORDAZA de botarla hay que separarla", en un 12% de viviendas urbanas del distrito, conforme a lo establecido en el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2013; Que, mediante documento de vistos, la Subgerencia de Gestion de Residuos y Saneamiento Ambiental remite el proyecto actualizado del programa senalado en el parrafo que antecede, considerando el alcance del 25% de viviendas urbanas del distrito; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 441-2014-MDL-OAJ, de fecha 30 de MORDAZA del 2014, opina favorablemente por la actualizacion del "Programa de Segregacion en la Fuente en el Distrito de Lince", el mismo que se ajusta a los lineamientos tecnicos establecidos por la Direccion General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente (MINAM); Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el "Programa de Segregacion en la Fuente en el distrito de Lince: La basura MORDAZA de botarla hay que separarla", dentro del cumplimiento de la Meta Nº 03: "Implementar un Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos domiciliarios en un 25% de viviendas

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