Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2014 (06/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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actividades relacionadas con el registro y mantenimiento de la informacion tributaria, el registro y orientacion al contribuyente, la fiscalizacion tributaria, la gestion de recaudacion y ejecucion coactiva dirigidas a impulsar el cumplimiento de las obligaciones constituidas por impuestos, arbitrios, sanciones tributarias y de las sanciones administrativas pecuniarias debidamente notificadas y remitidas a la Subgerencia de Recaudacion. Asimismo, se encarga de gerenciar la optimizacion de los servicios tributarios a favor de los contribuyentes y/ o usuarios. Esta a cargo del Gerente de Administracion Tributaria, quien depende funcional y jerarquicamente del Gerente Municipal." Articulo Segundo.- Modifiquense los literales h), i) y l) del articulo 80 de la Ordenanza Nº 347/MM, los mismos que quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 80.- Son funciones de la Gerencia de Administracion Tributaria las siguientes: (...) h) Organizar, dirigir y controlar las acciones ejecutivas inherentes a los procesos y procedimientos de cobranza ordinaria y coactiva de deudas tributarias y de sanciones administrativas pecuniarias, conforme a la normatividad de la materia. i) Supervisar la recepcion de los instrumentos de cobranza o valores transferidos por las diversas unidades organicas de la Municipalidad para el inicio del procedimiento de cobranza coactiva. (...) l) Supervisar las acciones de notificacion respecto de los valores tributarios y resoluciones de sancion administrativa remitidas para efectos del inicio de la cobranza coactiva." Articulo Tercero.- Modifiquese el articulo 82 de la Ordenanza Nº 347/MM, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 82.- La Subgerencia de Recaudacion es el organo de linea encargado de organizar, dirigir y controlar el MORDAZA de recaudacion de la deuda tributaria de los contribuyentes asi como de las sanciones administrativas pecuniarias debidamente notificadas y que son derivadas a la Subgerencia para dicho fin hasta el plazo MORDAZA para interponer recurso impugnatorio en sede administrativa, incentivando la recaudacion y gestion de cobranza ordinaria de los tributos y de las sanciones administrativas pecuniarias, emitiendo los valores de cobranza en los casos que corresponda. Esta a cargo del Subgerente de Recaudacion quien depende funcional y jerarquicamente del Gerente de Administracion Tributaria." Articulo Cuarto.- Modifiquense los literales a) y c) del articulo 84 de la Ordenanza Nº 347/MM, los mismos que quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 84.- Son funciones de la Subgerencia de Recaudacion las siguientes: a) Administrar el MORDAZA de recaudacion y control de la deuda tributaria de los contribuyentes del distrito asi como de las sanciones administrativas pecuniarias, en este ultimo caso debidamente notificadas y que son derivadas a la Subgerencia para dicho fin hasta el plazo MORDAZA para interponer recurso impugnativo en sede administrativa. (...) c) Dirigir y controlar las acciones de cobranza ordinaria de las obligaciones tributarias y de las sanciones administrativas pecuniarias debidamente notificadas y remitidas a esta Subgerencia." Articulo Quinto.- Deroguese el literal b) del articulo 84 de la Ordenanza Nº 347/MM. Articulo Sexto.- Modifiquese el articulo 103 de la Ordenanza Nº 347/MM, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 103.- Son funciones de la Subgerencia de Fiscalizacion y Control, las siguientes: (...)

El Peruano Miercoles 6 de agosto de 2014

e) Remitir a la Subgerencia de Recaudacion los archivos digitalizados de las resoluciones de sancion administrativa y de sus respectivos cargos de notificacion para proseguir con la cobranza ordinaria, la cual se extendera desde el primer dia habil siguiente a su notificacion hasta el termino del plazo para su impugnacion en sede administrativa. f) Proponer la modificacion del Regimen para la Aplicacion de Sanciones Administrativas por infracciones a las diversas disposiciones de competencia municipal, asi como del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas. g) Coordinar con la Policia Nacional del Peru, Ministerio Publico y demas entidades publicas, la realizacion de operativos especiales de fiscalizacion y control, conforme a la normatividad vigente. h) Atender las denuncias vecinales sobre incumplimiento de las disposiciones municipales. i) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la plena y cabal difusion de las disposiciones municipales, en coordinacion con la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y la Gerencia de Participacion Vecinal. j) Emitir resoluciones en primera instancia, en asuntos de su competencia, que incluye la atencion de solicitudes de levantamiento de medidas cautelares. k) Derivar a la Gerencia de Administracion Tributaria MORDAZA certificada de los expedientes que contengan resoluciones de sancion administrativa, que hayan adquirido la calidad de coactivamente exigibles conforme a ley. l) Supervisar la ejecucion forzosa de las sanciones no pecuniarias, en coordinacion con las unidades organicas de la municipalidad y con las autoridades pertinentes, acorde con la normatividad vigente sobre la materia. m) Adoptar las medidas necesarias y/o medidas cautelares, mediante decision motivada y con elementos de juicio suficientes, a fin de garantizar la eficacia de las sanciones administrativas impuestas, en casos que se verifique que esta en peligro la salud, medio ambiente, higiene o seguridad publica u otros que la MORDAZA establezca. n) Coordinar la publicacion de las resoluciones de sancion administrativa no notificadas, en los diarios exigidos, conforme a la normatividad vigente. o) Coordinar la intervencion, pronunciamiento y/ o dictamen en asuntos de fiscalizacion administrativa con la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, Gerencia de Desarrollo Humano, Subgerencia de Defensa Civil, Subgerencia de Licencias de Edificaciones Privadas, Subgerencia de Comercializacion, entre otros, dentro del ambito de sus competencias. p) Elaborar, proponer y ejecutar su Plan Operativo Institucional y Presupuesto anual, en el ambito de su competencia. q) Proponer, coordinar e implementar mejoras en los procesos y procedimientos de su competencia. r) Proponer, coordinar y ejecutar las normas de control interno aplicables a su unidad organica. s) Cumplir con las demas funciones que le asigne el Gerente de Autorizacion y Control, en materia de su competencia". Articulo Septimo.- Modifiquense los articulos 33 y 38 de la Ordenanza Nº 376/MM, los mismos que quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 33.- Remision de las multas Una vez notificada la Resolucion de Sancion Administrativa, esta debera quedar en custodia de la Subgerencia de Fiscalizacion y Control, la que posteriormente remitira a la Subgerencia de Recaudacion los archivos digitalizados en el sistema de gestion, de las resoluciones de sancion administrativa y de sus respectivos cargos de notificacion, dentro de las veinticuatro (24) horas de realizada su notificacion, para proseguir con la cobranza ordinaria. (...) Articulo 38.- Cobranza coactiva de la multa Vencido el plazo establecido por esta ordenanza, para el pago de la multa impuesta, la Subgerencia de Fiscalizacion y Control remitira el acto administrativo exigible al Ejecutor Coactivo dependiente de la Gerencia de Administracion Tributaria para el inicio del procedimiento de cobranza coactiva, de acuerdo a ley."

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