Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2014 (06/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, de acuerdo con el articulo 195 de la citada Carta Magna, los gobiernos locales promueven el desarrollo, ademas son competentes para fomentar la competitividad, las inversiones y el funcionamiento para la ejecucion de proyectos y obras de infraestructura local; Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion Ley Nº 27783, en su articulo 18º, numeral 18.3), establece que la planificacion y promocion del desarrollo debe propender y optimizar las inversiones con iniciativa privada, la inversion publica con participacion de la comunidad y la competitividad a todo nivel. De igual forma, en su articulo 42º se senala que una de las competencias exclusivas de los gobiernos locales es la de planificar y promover el desarrollo MORDAZA y rural de su circunscripcion, y ejecutar los planes correspondientes; Que, la Municipalidad como organo de gobierno promotor de desarrollo local, tiene por finalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestacion de los servicios publicos y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion, conforme a lo previsto en la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades. Que, en ejercicio de las facultades establecidas en el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y en uso de las facultades contenidas con dispensa de tramite de la aprobacion del Acta, el Concejo aprobo por mayoria la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL"APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO ECONOMICO LOCAL DEL DISTRITO DE LURIGANCHO CHOSICA AL 2021 Articulo 1º.- Aprobar el Plan de Desarrollo Economico Local del Distrito de Lurigancho Chosica al 2021. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Economico Local la supervision y monitoreo del presente documento de gestion, garantizando su cumplimiento y utilizacion como documento orientador de las inversiones en materia economica del distrito. Articulo 3º.- La presente MORDAZA debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Municipalidad (www.munichosica.gob.pe) Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1118500-1

El Peruano Miercoles 6 de agosto de 2014

Que el articulo 17 de la Ley Nº 28611 de la Ley General del Ambiente, el articulo 9 y siguientes de la Ley General de Residuos Solidos Ley 27314, establecen que las politicas ambientales locales se disenan y se aplican de conformidad con lo establecido en la Politica Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre si. Que, la Ley General de Residuos Solidos, Ley Nº 27314 modificada por el Decreto Legislativo Nº 1065, en su articulo 10º dispone el rol y las obligaciones de las Municipalidades en la gestion de los residuos solidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generan residuos similares a estos, en todos, en todo el ambito de la jurisdiccion. Asi como para la erradicacion de botaderos que pongan en riesgo la salud de las personas y del Ambiente. Que, mediante Ley Nº 29419 que regula la actividad de los recicladores, estableciendo que los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales deben de encargarse de establecer las politicas y medidas destinadas a la Gestion Ecologicamente Eficiente de los residuos Solidos en la respectiva jurisdiccion. Que, mediante Informe Nº 161­2014/MDLCH/GSP/ SGLP/, la Sub Gerencia de Limpieza Publica, presenta la actualizacion del Plan de Manejo de Residuos del distrito de Lurigancho Chosica, el cual sustenta el cumplimiento de metas establecidas en el Programa de Modernizacion Municipal y Plan de Incrementar a la mejora de la Gestion Municipal. Que, el Plan de Manejo de Residuos Solidos para el Distrito de Lurigancho ha sido actualizado por el Equipo Tecnico de la Gerencia de Servicios Publicos, documento que permita asegurar una eficiente prestacion de servicio de Limpieza desde la Fuente de Generacion hasta la Disposicion final, este instrumento de Gestion servira para cumplir con las metas establecidas en el Programa de Modernizacion Municipal con la finalidad de promover condiciones que contribuyen con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economia local. Conforme a lo dispuesto por la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y en uso de las facultades contenidas con dispensa de tramite de la aprobacion del Acta, el Concejo aprobo por unanimidad la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURINGANCHO Articulo 1º.- Aprobar la Actualizacion del "Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito de Lurigancho ­ Chosica que fuera aprobado por Ordenanza Nº 160MDLCH, el cual forma parte integrante de la presente norma. Articulo 2º.- Dejar sin efecto cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Autorizar al senor MORDAZA para que, via Decreto de Alcaldia dicte la normas reglamentarias que permitan la ejecucion del Plan que se aprueba Articulo 4º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios Publicos, Sub Gerencia de Limpieza Publica y demas dependencias municipales en cuanto les corresponda. Articulo 5º.- La presente MORDAZA debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Municipalidad (www.munichosica.gob.pe) Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1118501-1

Aprueban actualizacion del Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito
ORDENANZA Nº 206-MDL Chosica, 4 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO POR CUANTO: EL CONCEJO DE LURIGANCHO ­ CHOSICA, en Sesion de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los numerales 3.1) y 3.2.) Del articulo 80º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala como funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer el Servicio de Limpieza Publica, determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el reaprovechamiento industrial de disposicion asi mismo regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares publicos locales.

Aprueban Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2014/MDLCH Chosica, 21 de MORDAZA de 2014

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