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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (06/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 87

El Peruano Miércoles 6 de agosto de 2014 529457 Que, mediante Informe Nº 023-2014-MDA/GDU- SGHUE-JLCHG de fecha 26 de mayo de 2014, emitido por el Área Técnica pertinente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, informa que el presente trámite corresponde a un Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, siendo procedente emitir la respectiva Resolución al cumplir con los planes urbanos y requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimiento Administrativo vigente. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su Reglamento D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA, Ordenanza Nº 836-MML, por el Reglamento Nacional de Edifi caciones y Ordenanza Nº 273-MDA. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con Plano Nº 028-2014-SGHUE-GDU/MDA y Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolución, suscrita por el profesional responsable, lng. Oscar Freddy Gonzales Zúñiga, con registro C.l.P. Nº 034676, el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del terreno con un área de 5,507.87 m2 constituido por el sub lote 1 de la parcela Nº 4 en el Potrero Sociego del Fundo Zavala con frente a la Av. 26 de Mayo, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, debidamente inscrito en la Partida Nº 12892930 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la empresa PAREDES GROUP INVERSIONES FINANCIERAS S.A. inscrito en la Partida Nº 12872452 del Registro de Personerías Jurídicas de Lima, debidamente representado por don Miguel Ángel Paredes Barriga, para ejecutar en el plazo de 36 meses contados a partir del inicio del trámite, siendo por lo tanto la vigencia de la licencia hasta el 06 de Mayo de 2017 y bajo responsabilidad de la culminación de las obras faltantes de Habilitación Urbana en el terreno de 5,507.87 m2 teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: CUADRO DE ÁREAS ÁREA BRUTA 5,507.87 m2 ÁREA ÚTIL 5,459.04 m2 ÁREA DE VÍAS 48.83 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El área afecta a aportes para la Zonifi cación “ROM” es igual al Área Bruta de 5,507.87 m2 y de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, son las siguientes: ORDENANZA Nº 836-MML I ZONIFICACIÓN RDM APORTE % ÁREA (m2) DÉFICIT (m2) Recreación Pública 7 385.55 385.55 Parques Zonales 2 110.16 110.16 Ministerio de Educación 2 110.16 110.16 Otros Fines 2 110.16 110.16 Renovación Urbana 1 55.08 55.08 Los aportes reglamentarios de Recreación Pública y Otros Fines fueron pagados a la Municipalidad Distrital de Ate, de acuerdo a lo indicado en el quinto considerando . Los aportes reglamentarios de Parques Zonales, Ministerios de Educación y Renovación Urbana, los administrados señalan que serán cancelados previo a la Recepción de Obra, de conformidad con el Artículo 10° de la Ordenanza Nº 836-MML. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS, VEREDAS: La pavimentación de pistas y veredas se ejecutarán conforme con el Estudio de Suelo con fi nes de pavimentación que serán elaborados por los propietarios y bajo su responsabilidad, teniendo en cuenta lo siguiente: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1½ %”}, fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor Superfi cie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras .- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f’c =140 Kg/ cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera esté en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que previo a la Recepción de Obra de Habilitación Urbana la empresa deberá acreditar la cancelación del défi cit de los aportes de Parques Zonales, Ministerio de Educación y Renovación Urbana ante las entidades competentes de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, quedando como garantía de pago el lote único. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el plazo de 30 días calendario contados a partir de su notifi cación, a cargo de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Ofi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de su Inscripción; a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones correspondientes; a SERPAR-LIMA, al Ministerio de Educación, a EMILIMA, y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL IVAN RIVERA VILLENA Subgerente de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones 1118430-1