Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2014 (22/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Viernes 22 de agosto de 2014

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vigencia del mandato de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, es del 13-08-2012 hasta el 12-08-2014. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 821-2012MDSJM-A de fecha 28 de setiembre del 2012, se reconoce a los representantes de la Juntas Vecinales del Consejo de Desarrollo Zonal (JV-CDZ 4 MORDAZA Auxiliadora) del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, el mismo que esta conformado por (7) siete miembros; ESTABLECE que el periodo de vigencia del mandato de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, es del 13-08-2012 hasta el 12-08-2014. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 822-2012MDSJM-A de fecha 28 de setiembre del 2012, se reconoce a los representantes de la Juntas Vecinales del Consejo de Desarrollo Zonal (JV-CDZ 6 Panamericana Sur) del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, el mismo que esta conformado por (7) siete miembros; ESTABLECE que el periodo de vigencia del mandato de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, es del 13-08-2012 hasta el 12-08-2014. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 823-2012MDSJM-A de fecha 28 de setiembre del 2012, se reconoce a los representantes de la Juntas Vecinales del Consejo de Desarrollo Zonal (JV-CDZ 5 Pampas de San Juan) del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, el mismo que esta conformado por (7) siete miembros; ESTABLECE que el periodo de vigencia del mandato de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, es del 13-08-2012 hasta el 12-08-2014. Que, las normas legales MORDAZA sobre los Consejos de Coordinacion Local Distrital estan MORDAZA, sin embargo, es necesario en cumplimiento de la Ley acotada, reglamentar la conformacion de instalacion y funcionamiento. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Consejo Municipal de San MORDAZA de Miraflores aprobo por Mayoria la siguiente. ORDENANZA QUE DA INICIO AL MORDAZA DE LA ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL (CCLD) Y DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LAS JUNTAS VECINALES DEL CONSEJO DE DESARROLLO ZONAL (JV-CDZ) DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Articulo Primero.- DAR INICIO al MORDAZA de la Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital y de los Miembros de la Junta Directiva de las Juntas Vecinales del Consejo de Desarrollo Zonal (JV-CDZ) del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, para el periodo comprendido del 13 de Agosto del 2014 al 12 de Agosto del 2016. Articulo Segundo.- FACULTAR al Senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, para que mediante Decreto de Alcaldia apruebe y regule las normas y procedimientos para el adecuado desarrollo del MORDAZA de Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital y de los Miembros de la Junta Directiva de las Juntas Vecinales del Consejo de Desarrollo Zonal (JV-CDZ) del Distrito de San MORDAZA de Miraflores. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo e Inclusion Social, Sub Gerencia de Participacion Vecinal su cumplimiento. Articulo Cuarto.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones normativas internas que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion de acuerdo a Ley, distribucion y notificacion de la presente Ordenanza Municipal y a la Gerencia de Tecnologia de la Informacion su Publicacion en el MORDAZA Electronico de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1126770-1

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES: VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 11 de Agosto del 2014, el Memorandum Nº855-2014-GMMDSJM de fecha 06 de agosto del 2014 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº650-2014-GAJ-MDSJM de fecha 05 de agosto del 2014 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 423-2014-GPP/MDSJM de fecha 25 de MORDAZA del 2014 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre a dar inicio al MORDAZA de Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital (CCLD) y de los Miembros de la Junta Directiva de las Juntas Vecinales del Consejo de Desarrollo Zonal (JV-CDZ) del Distrito de San MORDAZA de Miraflores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el articulo de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 concordante con el Articulo II del Titulo preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Consejo de Coordinacion Local Distrital es un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, cuya organizacion y estructura esta regulada por el Articulo Nº 102º de la Ley 27972, la misma que en su Articulo 104º determina que son entre otras funciones, las de coordinar y participar en la programacion del Presupuesto Participativo de los Gobiernos Locales; Que, los articulos del 102º al 105º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establecen la definicion, composicion, instalacion y funciones de los Consejos de Coordinacion Local Distrital, como organos de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales. Que, mediante Ordenanza Nº 524-MML la Municipalidad de MORDAZA aprueba el Reglamento de Conformacion Instalacion y Funcionamiento de la Asamblea Metropolitana de MORDAZA, aplicable para los Gobiernos Locales Distritales, para el MORDAZA de conformacion y eleccion de los Consejos de Coordinacion Local Distrital, la misma que senala en su Articulo 6º.DE LA VIGENCIA DE LOS MIEMBROS PLENOS "..., los representantes de la Sociedad Civil ejercen el cargo por un periodo de dos (02) anos. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 726-2012MDSJM-A de fecha 24 de agosto del 2012, se reconoce a los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital el mismo que esta conformado por (6) seis miembros; tambien establece la Resolucion de Alcaldia MORDAZA citada, el periodo de vigencia del mandato de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, es del 13-08-2012 hasta el 12-08-2014. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 8172012-MDSJM-A de fecha 27 de setiembre del 2012, se reconoce a los representantes de la Juntas Vecinales del Consejo de Desarrollo Zonal (JV-CDZ 1 Pamplona Alta) del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, el mismo que esta conformado por (7) siete miembros; ESTABLECE que el periodo de vigencia del mandato de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, es del 13-08-2012 hasta el 12-08-2014. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 8192012-MDSJM-A de fecha 28 de setiembre del 2012, se reconoce a los representantes de la Juntas Vecinales del Consejo de Desarrollo Zonal (JV-CDZ 3 MORDAZA Urbana)del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, el mismo que esta conformado por (7) siete miembros; ESTABLECE que el periodo de vigencia del mandato de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, es del 13-08-2012 hasta el 12-08-2014. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 820-2012MDSJM-A de fecha 28 de setiembre del 2012, se reconoce a los representantes de la Juntas Vecinales del Consejo de Desarrollo Zonal (JV-CDZ 2 Pamplona Baja)del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, el mismo que esta conformado por (7) siete miembros; ESTABLECE que el periodo de

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