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El Peruano Viernes 22 de agosto de 2014 530593 ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- INSTITUCIONALIZAR la Transversalización del Enfoque de Género en todas las áreas y en todos los procesos de la gestión del Gobierno Regional de Ayacucho, con el objeto de dar orientaciones a las autoridades y funcionarios/as en el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de normas y políticas, programas o proyectos que busque el logro de la igualdad de Género y la No Discriminación de Mujeres y Hombres en la Región Ayacucho. Artículo Segundo.- APROBAR, los Lineamientos Técnicos y Asignación de Responsabilidades para la Transversalización del enfoque de género en las políticas y gestión del Gobierno Regional de Ayacucho, que en calidad de Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Presidencia del Gobierno Regional de Ayacucho la aplicación obligatoria de la presente Ordenanza Regional en todas las Gerencias Regionales, Direcciones Regionales y Unidades Ejecutoras. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional informar a la Presidencia Regional, Consejo Regional y órganos de línea las obligaciones que surgen de los lineamientos y los avances periódicos notifi cando al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables los avances en su cumplimiento. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ayacucho el cumplimiento y monitoreo de la presente Ordenanza Regional. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la publicación de la presente Ordenanza Regional, en la Diario Ofi cial “El Peruano”, Diario Regional de mayor circulación y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación, en la ciudad de Ayacucho a los 20 días del mes de diciembre del año dos mil trece WALTER QUINTERO CARBAJAL Presidente Consejo Regional POR TANTO: Mando se Publique cumpla Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho a los 20 días del mes de diciembre del año dos mil trece. WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ Presidente 1125884-1 Aprueban el Plan Regional de las Personas con Discapacidad de la Región Ayacucho 2012 - 2020 ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2014-GRA/CR Ayacucho, 30 de junio de 2014 EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de junio de 2014, trato el tema relacionado a la Aprobación del Plan regional de Personas con Discapacidad en la Región Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 236-2014-GRA/PRES-GG, el señor Gerente General del Gobierno Regional de Ayacucho, presenta ante el Consejo Regional el Proyectos de Ordenanza Regional sobre aprobación del Plan Regional de Personas con Discapacidad 2012-2020, propuesta que adjunta el Informe Nº 004-2013-GRA/GG-GRDS-SGDH y la Opinión Legal Nº 11-2014-GRA/ORAJ-DWJA de la Sub Gerencia de Desarrollo Humano- Gerencia Regional de Desarrollo Social y Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica respectivamente del Gobierno Regional, con el Dictamen Nº 017-2014-GRA/CR-CPPATGI de la comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Gestión Institucional del Consejo Regional; Que el Plan Regional de las Personas con Discapacidad en la Región Ayacucho, expresa la voluntad del Gobierno Regional de Ayacucho, de garantizar el progresivo mejoramiento de las condiciones de vida de las personas con discapacidad sean éstas motoras, intelectuales y sensoriales (visual, auditiva y de lengua) asimismo recoge las iniciativas de este importante grupo poblacional mediante sus organizaciones respecto a mejorar las condiciones de vida actuales tanto en las zonas urbanas como rurales de toda la Región Ayacucho, acorde a los avances que ofrecen la ciencia, tecnología y enfoques sociales presentes; Que, para la elaboración del Plan Regional se ha detenido en cuenta cinco premisas fundamentales con un enfoque integral actual y de reconocimiento de las necesidades de las personas con discapacidad en aspectos relacionados a la salud, el trabajo, la educación, la accesibilidad y el desarrollo social; así como la participación de las personas e instituciones que conocen la realidad de las personas con discapacidad de la Región Ayacucho. Luego de haber realizado talleres, entrevistas y conversatorios se tienen como resultado de esta investigación el presente Plan Regional que considera aspectos dirigidos a mejorar la situación de las personas con discapacidad como es la promoción de la vida autónoma, basado en una atención prioritaria en salud, educación y trabajo; el impulso a la sensibilidad, la eliminación de cualquier tipo de discriminación, así como el incremento de los recursos y la mejorar de la calidad de una participación organizada . Se considera también constituirse en el eje de orientación para las acciones a nivel regional, propiciando medidas inclusivas en todo los niveles y ámbitos de la sociedad que modifi que los valores, enfoques y prioridades de la población en general empezando por sus autoridades y sociedad en general; El Plan Regional tiene carácter multisectorial partiendo de su construcción participativa y activa por los integrantes del CONADIS, OMAPREDS, Asociaciones Civiles e Instituciones Gubernamentales y Privadas presidido por la Gerencia Regional de Desarrollo Social y aborda 5 Áreas de intervención estratégica que responde al diagnóstico realizado que son: Salud, Educación, Trabajo, Accesibilidad y Desarrollo Social. El Plan Regional consta de 2 capítulos: CAPITULO I CONTEXTUALIZACION DEL PLAN a. Características Generales y b. Condiciones de Vida de la Población de las Personas con Discapacidad CAPITULO II: PROPUESTA: a. Lineamientos y politicas de Desarrollo de las Personas con discapacidad b. Visión al desarrollo regional de las Personas con Discapacidad al 2,020, c. Estrategias; y d. Seguimiento y evaluación; Que, los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, dispone que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los artículos 4º y 5º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales tienen por fi nalidad esencial, fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo, y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales; es misión de los Gobiernos Regionales, organizar y conducir la gestión regional para el desarrollo, acorde a las políticas nacionales y sectoriales; Que, la Ley Nº 29973 –Ley General de la Persona con Discapacidad, publicado el 24 de diciembre del 2012, tienen por finalidad establecer el régimen legal de protección. atención de salud, trabajo, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención, para que la persona con discapacidad alcance su desarrollo e integridad social, económica y cultural prevista en el artículo 7 º de la Constitución Política del Perú;