Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2014 (22/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Que, como Decima MORDAZA, menciona que es Politica de Estado: Acceso Universal a la Educacion Publica Gratuita y de Calidad y Promocion y Defensa de la Cultura y del Deporte: Nos comprometemos a garantizar el acceso universal e irrestricto a una educacion integral, publica, gratuita y de calidad que promueve la equidad entre los hombres y mujeres, afiance los valores democraticos y prepare ciudadanos y ciudadanas para su incorporacion activa a la MORDAZA social. Reconoceremos la autonomia en la gestion de cada escuela, en el MORDAZA de un modelo educativo nacional y descentralizado, inclusivo y de salidas multiples. La educacion peruana pondra enfasis en los valores eticos, sociales y culturales, en el desarrollo de una conciencia ecologica y en la incorporacion de las Personas con Discapacidad; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 052-05-GRA/ CR, de fecha 27 de diciembre del 2005, se crea el Consejo Regional de las Personas con Discapacidad de la Region Ayacucho- COREDIS, como un organo consultivo, de participacion y fiscalizacion de la Region Ayacucho; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materiales de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de su miembros y la dispensa de lectura y Aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR, el Plan Regional de las Personas con Discapacidad de la Region MORDAZA 2012 ­ 2020, propuesto por la Gerencia de Desarrollo Social, cuyo Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Comision Regional de Discapacitados de MORDAZA, Oficinas Municipales de Atencion a las Personas con Discapacidad, Organizaciones Civiles de Personas con Discapacidad en la Region MORDAZA y todos sus miembros la implementacion del presente Plan Regional para el desarrollo de los proyectos y actividades. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la publicacion de la presente ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Ayacucho. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA, a los 30 dias del mes de junio del ano dos mil catorce. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 30 dias del mes de junio del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) 1125884-2

El Peruano Viernes 22 de agosto de 2014

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Delegan facultades a diversas instancias del Gobierno Regional de MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 141-2014-GRL-P MORDAZA, 4 de marzo de 2014 VISTO: El Memorando Nº 269-2014-GRL-P, de fecha 04 de marzo de 2014, remitido por el Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, sobre la delegacion de facultades; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 065-2014-GRL-P, de fecha 06 de febrero de 2014, se ha delegado facultades a las diversas instancias del Gobierno Regional de Loreto; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, establece que "Los Gobiernos Regionales emanan de voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal", ello en concordancia con lo establecido en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado. Que, es funcion del Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA conforme senala el articulo 21º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales: "Dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus Organos Ejecutivos, Administrativos y Tecnicos". Que, el articulo 26º de la Ley Nº 27867 senala que el Gerente General Regional es el responsable administrativo del Gobierno Regional; Que, el articulo 74º en su numeral 74.1 de la Ley Nº 27444 -- Ley del Procedimiento Administrativo General establece que los organos de direccion de las entidades se encuentran liberados de cualquier rutina de ejecucion, de emitir comunicaciones ordinarias y de las tareas de formalizacion de actos administrativos, con el objeto que puedan concentrarse en actividades de planeamiento, supervision, coordinacion, control interno de su nivel y en la evaluacion de resultados; asi mismo el numeral 74.3 de la referida MORDAZA establece que a los organos jerarquicamente dependientes se les transfiere competencia para emitir resoluciones, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernen a sus intereses. Que, en materia de contrataciones de bienes, servicios, consultorias y obras, el articulo 5º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, modificado mediante Ley Nº 29873 de fecha 01 de Junio del 2012, el Reglamento aprobado por D.S. Nº 184-2008-EF y modificado mediante D.S. 1382012-EF de fecha 7 de Agosto del 2012, faculta al Titular de la Entidad a delegar funciones mediante resolucion, respecto a las atribuciones y potestad que dicho cuerpo normativo le otorga. Que, la Ley Nº 28411 -- Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, permite que el Titular de la Entidad pueda delegar la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico; Estando a lo propuesto, con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, Oficina Regional de Administracion, Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Infraestructura y Gerencia General Regional, y en uso de las facultades conferidas por el literal d) del articulo 21º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 002-2010-GRL-CR de fecha 08 de enero del 2010;

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