Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2014 (22/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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Regionales MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº699-2013-GRA/PRES-GG, de fecha 04 de diciembre de 2013, el senor Gerente General Regional remite ante el Consejo Regional el expediente del Proyecto de Ordenanza Regional: "Institucionalizar la Transversalizacion y aprobar los Lineamientos Tecnicos del Enfoque de Genero en todas las Areas y en todos los Procesos de la Gestion del Gobierno Regional de Ayacucho", que acompana la Opcion Tecnica Nº 020-2013-GRA/GRDS-AVPA y la Opcion Legal Nº 787-2013-GRA/GG-ORAJ-GERE de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de MORDAZA respectivamente, que opinan favorablemente sobre la procedencia de la iniciativa regional propuesta por las senoras Consejeras Regionales MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el Dictamen de la Comision de Desarrollo Humano e Inclusion Social. Que, el numeral 2) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Estado, establece que toda persona tiene derecho a la igualdad. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o cualquier otra indole. Que, desde la Primera Conferencia Mundial sobre la Mujer en el ano 1975 en el MORDAZA de Mexico, los Estados han reconocido las desigualdades que exhiben las sociedades del MORDAZA entre hombres y mujeres, a pesar de haber aprobado en 1948 una Declaracion Universal de los Derechos Humanos que reconoce la igualdad de todas las personas sin distincion; Que, en el ano 1979 la Convencion de las Naciones Unidas sobre eliminacion de todas las formas de discriminacion contra la Mujer, consagro el compromiso de los gobiernos en la busqueda de la igualdad entre los sexos, estableciendo un numero importante de medidas pertinente para alcanzarla, atendiendo a las barreras socio-culturales, politicas y economicas existentes en las diferentes sociedades y culturales; Que, el Plan Nacional de Igualdad de Genero 20122017-PLANIG, aprobado con D.S. Nº 004-2012-MIMP, tiene por objeto Transversalizar el enfoque de genero en las politicas publicas del Estado Peruano, es asi que el Objetivo Estrategico Nª1 propone promover y fortalecer la transversalizacion del enfoque de genero en los tres niveles de gobierno, a fin de que las entidades publicas identifiquen brechas de genero y asignen presupuesto para su disminucion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, se establecen las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, entre las que se incluyan las politicas en materia de igualdad de hombres y mujeres relacionadas a la obligacion del Estado de promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en las politicas publicas, planes nacionales y practicas del Estado, garantizando el ejercicio pleno de los derechos civiles, politicos, economicos, sociales y culturales de las Mujeres; Que, la transversalizacion del enfoque de genero en la gestion publica a nivel Regional es fundamental para garantizar el reconocimiento, promocion, proteccion y exigibilidad de los derechos de las mujeres y varones en igualdad de condiciones en los diferentes ambitos publicos y privados, como el Estado, los partidos politicos, las empresas , las comunidades, las familias a fin de lograr la reduccion de la desigualdad, exclusion y vulnerabilidad social, economica, politica y cultural y contribuir a la construccion de una ciudadania plena para hombres y mujeres sin discriminacion; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 019-2010GRA/CR, de fecha 05 de agosto de 2010 se aprueba el Plan Regional de Igualdad de Oportunidades y Equidad de genero 2010-2020 de la Region MORDAZA, que contempla el MORDAZA Normativo Institucional Regional y Local. Con los siguientes enfoques, equidad de genero, derechos humanos, participacion politica, interculturalidad, democracia y gobernabilidad. Siendo el MORDAZA principal el de lograr la participacion de hombres y mujeres a las oportunidades, recursos y resultados del desarrollo, reduccion de la pobreza para hombres

El Peruano Viernes 22 de agosto de 2014

y mujeres y mejorando el crecimiento economico y desarrollo sostenido de la Region; Que, conforme con los lineamientos del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo-PNUD relativo al Desarrollo Humano, segun los cuales "solo es posible hablar de verdadero desarrollo cuando todos los seres humanos, mujeres y hombres, tienen la posibilidad de disfrutar de los mismos derechos y opciones" y la Declaracion del Milenio en que los paises se comprometieron a promover la igualdad entre los sexos y la autonomia de la Mujer como medios eficaces de combatir la pobreza, el hambre y las enfermedades y estimular un desarrollo verdaderamente sostenible", para esta institucion una prioridad para contribuir a la equidad de genero en los paises; Que, la equidad de genero el avance de las mujeres son dimensiones intrinsecas de un desarrollo humano equitativo y sustentable. El PNUD busca, al mismo tiempo promover e cambio y conectar a los paises con los conocimientos, la experiencia y los recursos necesarios para ayudar a los pueblos a forjar una MORDAZA mejor, mientras que fortalecen su capacidad local, los paises aprovechan los conocimientos del personal del PNUD y de su amplio circulo de asociados; Que, la presente Ordenanza Regional tiene como finalidad promover la Transversalizacion del Enfoque de Genero en las Politicas Regionales y en los diferentes procesos de Gestion Regional y Local como estrategia para alcanzar mayores resultados e impactos en la igualdad de mujeres y hombres. La Transversalizacion del Enfoque de Genero es el MORDAZA de examinar las implicaciones que tiene para mujeres y hombres, cualquier accion planificada, MORDAZA, politica, programa o proyecto, desde el diseno, implementacion, monitoreo y evaluacion de las politicas publicas; Que, el Objetivo General de la Ordenanza es la Institucionalizacion de la Transversalizacion del Enfoque de Genero en todas las areas y en todos los procesos de la gestion del Gobierno Regional con el objeto de dar orientaciones a las autoridades y funcionarios/as en el diseno, implementacion, monitoreo y evaluacion de normas, politicas, programas o proyectos buscando el logro de la Igualdad de Genero y no discriminacion de Mujeres y Hombres en la Region Ayacucho; Que, los Objetivos Especificos de la Ordenanza Regional son: a) Promover en el ambito del Gobierno Regional y Gobiernos Locales, la identificacion de inequidades y brechas de genero a traves de diagnosticos, lineas de bases y de informacion diferenciada por sexo, b) Integrar el analisis de las implicancias que tiene para mujeres y hombres cualquier accion planificada, incluyendo, las normas, politicas, programas o proyectos en todas la areas del Gobierno Regional y los Gobiernos Locales; c) Transversalizar el enfoque de genero en todos los procesos de la gestion publica; en la planificacion, asignacion presupuesta!, cultura organizacional, politica laboral y en el monitoreo y evaluacion de la gestion del Gobierno Regional y Gobiernos Locales; y la aprobacion de los Lineamientos tecnicos y asignacion de responsabilidades para la Transversalizacion del enfoque de genero en las politicas y gestion del Gobierno Regional de Ayacucho; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales normar asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materia de su competencia; De conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion -Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926: Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, con el MORDAZA unanime de sus miembros aprobo la siguiente:

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