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El Peruano Sábado 23 de agosto de 2014 530664 del procedimiento de examen a las autoridades de la República Popular China, invitando a apersonarse al procedimiento a todas aquellas personas naturales y jurídicas que tengan legítimo interés en la investigación. Toda comunicación formulada por las partes interesadas deberá dirigirse a la siguiente dirección: Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios INDECOPI Calle De La Prosa Nº 104, San Borja Lima 41, Perú Teléfono: (51-1) 2247800 (anexo 3001) Correo electrónico: dumping@indecopi.gob.pe Artículo 3°.- Disponer que los derechos antidumping defi nitivos impuestos por Resolución N° 0124-2004/ TDC-INDECOPI, modifi cados por Resolución N° 105- 2010/CFD-INDECOPI, sobre las importaciones de tejidos tipo popelina originarios de la República Popular China con las características descritas en el Artículo 1º de la presente Resolución, sigan aplicándose mientras dure el procedimiento de examen, según lo estipulado en el artículo 11.3 del Acuerdo Antidumping. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano” por una (1) vez, conforme a lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Supremo N° 006- 2003-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 004- 2009-PCM. Artículo 5º.- Poner en conocimiento de las partes interesadas que el periodo para que presenten pruebas o alegatos es de seis (6) meses posteriores a la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano”, de acuerdo a lo establecido en el artículo 28 del Decreto Supremo N° 006-2003-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 004-2009-PCM. Dicho periodo podrá ser prorrogado por tres (3) meses adicionales, de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo. Artículo 6º.- El inicio del procedimiento de examen se computará a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano”. Con la intervención de los señores miembros de Comisión: Peter Barclay Piazza, Renzo Rojas Jiménez, José Guillermo Díaz Gamarra y Pierino Bruno Stucchi López Raygada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PETER BARCLAY PIAZZA Presidente 1126902-1 Designan Jefa del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor Nº 3 de Lima Sur RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 126-2014-INDECOPI/COD Lima, 20 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso c) del artículo 5° del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo N° 009- 2009-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo N° 107- 2012-PCM, corresponde al Consejo Directivo del Indecopi la designación de los Jefes de los Órganos Resolutivos de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de la Institución; Que, mediante Resolución Nº 175-2010-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 27 de noviembre de 2010, el Consejo Directivo del Indecopi designó al señor Demetrio Rojas García en el cargo de Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 3 de Lima Sur; Que, mediante Resolución Nº 064-2013-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 04 de abril de 2013, el Consejo Directivo del Indecopi designó a la señorita María Graciela Rejas Jiménez en el cargo de Jefa del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de Lima Norte; Que, el señor Demetrio Rojas García ha presentado su renuncia al cargo de Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 3 de Lima Sur; Que, en atención a ello, el Consejo Directivo del Indecopi ha aprobado la designación del funcionario que ejerza de manera permanente el cargo de Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 3 de Lima Sur, en aras de garantizar la plena ejecución de las obligaciones y mandatos institucionales, a través del correcto funcionamiento de sus órganos internos; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 11 de agosto de 2014; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor Demetrio Rojas García como Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 3 de Lima Sur, con efectividad al 15 de agosto de 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2º.- Dar por concluida la designación de la señorita María Graciela Rejas Jiménez como Jefa del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de Lima Norte, con efectividad al 18 de agosto de 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados en el ejercicio de dicho cargo. Artículo 3°.- Designar a la señorita María Graciela Rejas Jiménez como Jefa del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 3 de Lima Sur, con efectividad al 18 de agosto de 2014. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1126900-1 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Disponen publicar proyecto normativo que aprobaría el Reglamento del Registro de Buenas Prácticas Ambientales y el Reglamento del Régimen de Incentivos en el ámbito de la fiscalización ambiental, en el portal institucional del OEFA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 030-2014-OEFA/CD Lima, 19 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización ambiental; Que, a través de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental se otorga