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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (23/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 36

El Peruano Sábado 23 de agosto de 2014 530666 Nºs. 046-2012/SUNAT, 154-2012/SUNAT, 257-2012/ SUNAT, 307-2012/SUNAT, 132-2013/SUNAT, 296-2013/ SUNAT, 008-2014/ SUNAT, 022-2014/SUNAT y 130-2014/ SUNAT; Que el numeral 4 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, Ley Nº 29816 y la Octogésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, facultan a la SUNAT a aprobar directamente su Cuadro para Asignación de Personal mediante resolución de su Titular, pudiendo para dicho efecto, utilizar denominaciones y criterios de diseño y estructura distintos a los previstos en las normas que regulan la elaboración y aprobación de sus documentos de gestión relacionados con su organización, funciones y recursos humanos; Que asimismo, la referida disposición, para su mejor aplicación, ordena suspender las normas que se opongan o limiten su aplicación, incluidas las relativas al trámite de documentos de gestión; precisando además que la implementación de lo establecido en dicha disposición se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del pliego SUNAT; Que conforme a lo indicado en el Informe Técnico Nº 22-2014-SUNAT/8A0100 emitido por la Ofi cina de Planifi cación y Organización de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, como consecuencia de las modifi caciones efectuadas al ROF de la Entidad, resulta necesario actualizar las Notas al Pie de los cargos de Intendente Nacional y de Gerente del Clasifi cador de Cargos considerados como Empleados de Confi anza y Cargos Directivos de la SUNAT; Que el referido informe sustenta también la conveniencia de modifi car y actualizar el CAP de la SUNAT, que permita establecer una adecuada dotación de cargos necesarios para el cumplimiento de los fi nes y objetivos estratégicos institucionales; Que conforme se señala en el referido Informe Técnico, la propuesta de modifi cación y actualización del CAP cumple con los criterios para la elaboración y aprobación del CAP que viene utilizando la SUNAT, recogiendo la clasifi cación del empleo público aprobada mediante la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; De conformidad con lo establecido en el numeral 4 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, Ley Nº 29816, la Octogésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y en uso de la atribución conferida por el inciso d) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la actualización del Clasifi cador de Cargos considerados como Empleados de Confi anza y Cargos Directivos de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 204-2012/SUNAT y modifi catorias, respecto de las Notas al Pie de los cargos de Intendente Nacional y de Gerente, conforme al texto siguiente: Intendente Nacional “El cargo de Intendente Nacional comprende a los responsables de los órganos directamente dependientes de la Superintendencia Nacional”. Gerente “El cargo de Gerente comprende también a los responsables de las Unidades Orgánicas de tercer nivel organizacional directamente dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas, al Jefe de la Ofi cina de Gestión y Soporte de la Procuraduría Pública, así como a los responsables de las Sub Direcciones del Instituto Aduanero y Tributario”. Artículo 2°.- Aprobar la modifi cación y actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT aprobado por Resolución Suprema Nº 139-2010-EF y modifi catorias, de acuerdo al detalle contenido en los Formatos 1 y 2 y en los Anexos 1 y 2 que forman parte de la presente Resolución. Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución de Superintendencia en el Diario Ofi cial El Peruano, y el Formato 1 en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal Institucional (www.sunat.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ Superintendente Nacional (e) 1127791-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Sancionan con destitución a servidor por su desempeño como Especialista Legal del Octavo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Lima INVESTIGACIÓN ODECMA Nº 023-2012-LIMA Lima, nueve de abril de dos mil catorce.- VISTA: La Investigación ODECMA número veintitrés guión dos mil doce guión LIMA que contiene la propuesta de destitución del señor Jorge Luis Desiderio Vásquez Zumarán, por su desempeño como Especialista Legal del Octavo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Lima, remitida por la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número veintiuno, de fecha tres de diciembre de dos mil doce, de fojas trescientos noventa y siete a cuatrocientos diez. CONSIDERANDO: Primero. Que en mérito de la denuncia verbal de fecha cuatro de enero de dos mil doce, de fojas uno a cinco, formulada por el señor José Carlos Alberto Zevallos Gil se conocieron los actos de corrupción que involucran al servidor judicial Jorge Luis Desiderio Vásquez Zumarán y Nikolai Bacilio Merino Izquierdo, al haberle ofrecido apoyo en la tramitación del Expediente número noventa y cinco guión dos mil once, seguido en contra del denunciante, por falta contra el patrimonio en su modalidad de hurto, formalizado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Lima, a cargo del Juez Víctor César Zegarra Briceño. Dicha actuación, en el caso del investigado Vásquez Zumarán, constituye notoria conducta irregular, vicios y costumbres que menoscaban el decoro y respetabilidad del cargo; así como haber atentado públicamente contra la respetabilidad del Poder Judicial, por cuanto habría mantenido relaciones extraprocesales con la persona de José Carlos Alberto Zevallos Gil, quien vendría siendo procesado ante el referido órgano jurisdiccional, con la fi nalidad de interceder ante la Secretaria Elsa Carcasi y el Juez Zegarra Briceño, a efectos de favorecerlo en el trámite del referido expediente judicial, para lo cual habría solicitado la suma de mil seiscientos nuevos soles al denunciante, los cuales debía entregarlos el cinco de enero de dos mil doce, dentro del horario del refrigerio establecido para el Poder Judicial, además de haber realizado asesoramiento privado, indicando al denunciante en qué momento debería presentar sus recursos cuestionando la pericia presentada por los peritos designados por el juez de la causa, denotando con su actuar vulneración de sus obligaciones señaladas en el inciso veinticuatro del artículo doscientos sesenta y seis del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con los deberes