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El Peruano Sábado 30 de agosto de 2014 531404 Cuarto. Que el Código del Niño y del Adolescente en su Artículo VIII del Título Preliminar regula el interés superior del niño, y en tal sentido, se encuentra establecido que en toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte el Estado a través del Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Ministerio Público, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y demás instituciones; así como en la acción de la sociedad, se considerará el interés superior del niño y del adolescente y el respeto a sus derechos. Quinto. Que, en ese orden de ideas, del análisis de los documentos presentados recientemente por la doctora Mary Isabel Núñez Cortijo, relacionados a la enfermedad de su menor hija M.A.C.N, entre los cuales se encuentran la solicitud de referencia del Policlínico Chincha- ESSALUD, de fecha 8 de marzo del año en curso, las copias de la historia clínica de la Unidad de Oncología Pediátrica del Hospital Edgardo Rebagliati Martins, que contiene anotaciones, órdenes de análisis, recetas y demás actos médicos correspondientes al presente año; se acredita plenamente que la referida menor, teniendo en cuenta su delicado estado de salud, viene recibiendo atención médica en dicho nosocomio, encontrándose inclusive a la fecha de presentación de la solicitud de ampliación del destaque, en condición de hospitalizada, conforme se verifi ca de la Constancia de Hospitalización de fojas 51 suscrita por personal médico quien certifi ca que al 27 de mayo del año en curso, la niña continuaba hospitalizada en el Servicio Oncología, Estación: Oncología Pediátrica con diagnóstico: C71.0. Sexto. Que, teniendo en cuenta lo señalado precedentemente y que este Órgano de Gobierno por Resolución Administrativa Nº 156-2013-CE PJ del 7 de agosto de 2013, amparó la solicitud de destaque de la doctora Mary Isabel Núñez Cortijo a una plaza vacante de similar nivel en el Distrito Judicial de Lima, y que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, en cumplimiento de dicho mandato, emitió la Resolución Administrativa Nº 785-2013-P-CSJLI/PJ del 23 de agosto de 2013, designando a la jueza recurrente a partir de esa fecha en el despacho del Trigésimo Sétimo Juzgado Penal de Lima por el lapso de un año, el cual con arreglo a los fundamentos antes referidos deviene en necesario que se amplíe por un año más, de acuerdo con las vacantes disponibles en el citado Distrito Judicial de destino. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 637- 2014 de la vigésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales y Taboada Pilco; sin la intervención del señor Escalante Cárdenas por encontrarse de vacaciones; de conformidad con el informe del señor Meneses Gonzales; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundada la solicitud de ampliación de destaque temporal presentada por la doctora Mary Isabel Núñez Cortijo, Jueza Titular del Sétimo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria del Distrito Judicial de Lambayeque, a un órgano jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia de Lima por el lapso de un año, el mismo que correrá a partir del día 24 de agosto de 2014. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lambayeque y de Lima, Gerencia General del Poder Judicial y a la interesada, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1131047-3 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 164-2014-CE-PJ Mediante Ofi cio Nº 7929-2014-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 164-2014-CE- PJ publicada en la edición del 29 de agosto de 2014. “DICE: … Tercero. Que, sin perjuicio de lo señalado … … que la solicitud por causal de unidad familiar podrá ser formulada por el (la) Juez(a) y/o su cónyuge...” DEBE DECIR: … Tercero. Que, sin perjuicio de lo señalado … … que la solicitud por causal de unidad familiar podrá ser formulada por el (la) Juez(a) y su cónyuge...” 1131045-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Conforman la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel, disponen la permanencia y designan magistrados, en la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 253-2014-P-CSJLI/PJ Lima, 29 de agosto de 2014 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso número 417122-2014 la doctora Luisa Estela Napa Lévano, Juez Superior Provisional integrante de la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de Lima solicita hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce a partir del día 28 de agosto del presente año y por el periodo de 30 días. Que, mediante los ingresos números 358285-2014 y 383996-2014 la doctora Juana Estela Tejada Segura, Juez Titular del 32º Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, solicitó licencia con goce de haber por Enfermedad Comprobada a partir del 15 de agosto del presente año por el periodo de dos años; al respecto, y habiéndose emitido el correspondiente Informe Legal, esta Presidencia concedió la licencia solicitada por el periodo de un año a partir del día 15 de agosto del presente año; ante lo cual, corresponde disponer la permanencia de la Juez Supernumeraria a cargo del 32º Juzgado Especializado en lo Penal a partir de la referida fecha. Que, mediante el ingreso número 415134-2014, la doctora Ysabel Dorotea Garro de la Peña, Juez Titular del 14º Juzgado Especializado de Familia de Lima solicita hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce por el periodo del 01 al 05 de setiembre del presente año. Que, mediante el ingreso número 393290-2014, el doctor Julio Jaime Fajardo Mesias, Juez Supernumerario del 13º Juzgado Transitorio Laboral de Lima solicita hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce por el periodo del 01 al 10 de setiembre del presente año. Que, mediante el ingreso número 298000-2014, la doctora Judith Esther Corbera La Torre, Juez Supernumeraria del 2º Juzgado de Paz Letrado de La Victoria solicita hacer uso de sus vacaciones pendientes