Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2014 (04/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014

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d. La participacion de la comunidad educativa conformada por autoridades educativas, profesores, alumnos y padres de familia. e. La coordinacion con las organizaciones sociales de base, como los Comites del Vaso de Leche, los Comedores Populares, los Clubes de Madres, los Comites de Parques y otras que tengan caracteristicas similares, asi como con las organizaciones no gubernamentales. f. Los programas, campanas y actividades de cultura, recreacion, deporte, juventud, capacitacion laboral, emprendimiento y empleo que otorguen especial atencion a los grupos vulnerables o en riesgo de verse involucrados en hechos de violencia o delictivos, o de ser victimas. g. La constitucion de redes comunitarias de prevencion de la violencia familiar y de genero. h. La constitucion de redes de mujeres que ayudan a otras mujeres a salir de la violencia familiar y sexual. i. La promocion de la participacion ciudadana a traves de los diversos medios tecnologicos, constituyendo MORDAZA de comunicacion de hechos de violencia, asi como de delitos, faltas y contravenciones. j. La colaboracion con la Policia Nacional del Peru en el desarrollo de sus actividades en materia de seguridad ciudadana Articulo 38.- Participacion del sector privado y de los medios de comunicacion social Con el proposito de lograr la participacion y colaboracion activa del sector privado y los medios de comunicacion social en las acciones de prevencion de la violencia y el delito, las entidades que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) deben promover, esencialmente: a. La suscripcion de alianzas estrategicas con los gremios empresariales y las Camaras de Comercio para la cooperacion en seguridad ciudadana. b. La implementacion de lineas de cooperacion, en el MORDAZA de la Responsabilidad Social Empresarial, para el financiamiento de iniciativas locales para la seguridad ciudadana. c. La cooperacion del sector privado para la constitucion de observatorios regionales y locales de seguridad ciudadana. d. La cooperacion de las empresas de seguridad privada con la Policia Nacional del Peru. e. La colaboracion de los medios de comunicacion social para que las entidades que conforman el SINASEC difundan informacion para promover la seguridad ciudadana y la convivencia pacifica. f. El compromiso del sector privado y los medios de comunicacion social para la cooperacion y desarrollo de campanas por la seguridad ciudadana. g. La participacion del sector privado y los medios de comunicacion para el fortalecimiento del respeto a la ley, la cultura civica y la construccion de ciudadania. h. La colaboracion del sector privado y los medios de comunicacion para el reconocimiento de las buenas practicas en seguridad ciudadana. Articulo 39.- Mecanismos de consulta publica 39.1 Los comites regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana con sus respectivas Secretarias Tecnicas realizaran por lo menos una consulta publica ordinaria cada trimestre y, extraordinariamente, cuando la situacion lo amerite, con la participacion de todos sus miembros, con el proposito de que la poblacion: a. Se informe sobre la ejecucion de las politicas, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana, asi como de la gestion administrativa y presupuestal correspondiente. b. Proponga, debata e intercambie opiniones y sugerencias. c. Identifique las causas, debilidades, vulnerabilidades y fortalezas del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC). d. Formule propuestas y alternativas de solucion. 39.2 Estas reuniones de dialogo comunitario son coordinadas por los Presidentes de los comites regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana, quienes promoveran la participacion de:

de Seguridad Ciudadana (CONASEC), encargadas de proponer, programar, ejecutar y supervisar las acciones de seguridad ciudadana en las areas especificas de su competencia. Articulo 34.- Organos de ejecucion en el ambito regional y local Son organos de ejecucion de seguridad ciudadana en el ambito regional y local, los siguientes: a. Los Gobiernos Regionales, a traves de su Gerencia Regional de Seguridad Ciudadana o la que haga sus veces. b. La Policia Nacional del Peru, a traves de las Regiones Policiales, las Direcciones Territoriales, las Divisiones Policiales y las Comisarias, como instancias responsables de ejecutar las operaciones policiales en el ambito de sus competencias. c. Las Gerencias de Seguridad Ciudadana de las Municipalidades Provinciales o el organo que haga sus veces. d. Las Gerencias de Seguridad Ciudadana de las Municipalidades Distritales o el organo que haga sus veces. Articulo 35.- Relacion tecnica funcional con los organos de ejecucion en materia de seguridad ciudadana en el ambito nacional, regional y local La Direccion General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior mantiene relacion tecnica y funcional con los organos de ejecucion del Sistema Nacional de Seguridad Nacional en el ambito nacional, regional y local, sin afectar la relacion jerarquica o administrativa que estos tienen al interior de las entidades a las cuales pertenecen, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las politicas publicas en materia de seguridad ciudadana. Para tal fin, el Ministerio del Interior expide normas de obligatorio cumplimiento, asi como recomendaciones dirigidas a los organos de ejecucion en los distintos niveles de gobierno. Articulo 36.- De la coordinacion con otras entidades publicas no integrantes del CONASEC Con la finalidad de optimizar la coordinacion y articulacion con todas las entidades publicas, la sociedad civil, el sector privado y los medios de comunicacion, la Direccion General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior realiza las siguientes acciones: a. Coordina con los sistemas administrativos y sistemas funcionales del Estado las directivas y demas instrumentos que resulten necesarios para asegurar una adecuada formulacion, implementacion, monitoreo y evaluacion de las politicas, planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana. b. Coordina con la Contraloria General de la Republica los lineamientos a incluirse en las acciones de control, a fin de velar por el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en los planes, programas y proyectos en materia de Seguridad Ciudadana. c. Coordina el apoyo interinstitucional para el cumplimiento de los fines del SINASEC. CAPITULO IX PARTICIPACION CIUDADANA, SOCIEDAD CIVIL, MEDIOS DE COMUNICACION, SECTOR PRIVADO, COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS, COMITES DE AUTODEFENSA Y OTROS Articulo 37.- Participacion ciudadana Las entidades que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) deben promover la activa participacion de la poblacion en acciones de prevencion de la violencia y de los delitos, faltas y contravenciones. Para ello, deben promover, esencialmente: a. La organizacion, capacitacion, equipamiento y asistencia legal y medica a las juntas vecinales de seguridad ciudadana, procurando la integracion de las acciones que realizan la Policia Nacional del Peru, los Gobiernos Regionales y las Municipalidades. b. La coordinacion y el trabajo conjunto con las rondas campesinas en el ambito rural. c. La organizacion de sistemas de alerta temprana con la participacion de la poblacion organizada.

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