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El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014 539278 Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010- 2013-IN; y el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicios, del Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Edilio Armando Padilla Buiza y del Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú José Daniel Diaz Huertas, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Eduardo Rafael Pérez Casani, quien se encuentra requerido por el Décimo Octavo Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud – Lesiones graves seguidas de muerte, en agravio de Aldo Omar Huamani Canchoa, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires República Argentina, del 7 al 11 de diciembre de 2014. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Personas Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refi era el artículo 1º de la presente deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1173652-5 Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina e Italia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 238-2014-IN Lima, 3 de diciembre de 2014 VISTOS; el mensaje con referencia CR 12928-12 UDI- G.9/pz de fecha 12 de noviembre de 2014, de la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires; y, el Memorándum Múltiple Nº 538-2014-DIRGEN-PNP/EMP- OCNI de fecha 20 de noviembre de 2014, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 129-2013-JUS de fecha 30 de setiembre de 2013, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana Carmen Tatiana Degola Ramos, formulada por la Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Ica y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública en la modalidad de tráfi co ilícito de drogas, en agravio del Estado peruano, y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante mensaje con referencia CR 12928-12 UDI-G.9/pz de fecha 12 de noviembre de 2014, la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires puso en conocimiento de la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL en Lima, que el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Argentina ha autorizado la extradición activa de la ciudadana peruana Carmen Tatiana Degola Ramos; motivo por el cual solicitaron los nombres y planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar a la citada reclamada desde la ciudad de Buenos Aires, República Argentina hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 550-2014- DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 19 de noviembre de 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión de servicios del 6 al 10 de diciembre de 2014, de la Mayor de la Policía Nacional del Perú Verónica Irene Carpio Lara y de la Subofi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Lisset Angélica Huamán Carnero, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, a fi n de que ejecuten la extradición activa de la ciudadana peruana antes mencionada; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº 538-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 20 de noviembre de 2014, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos, e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por la Gerencia de Administración del Poder Judicial, a través de la Sub Gerencia de Contabilidad, conforme lo establece la Directiva Nº 001-2007-GG/PJ “Procedimientos para la Adecuada Administración del Fondo para Pagos en Efectivo del Poder Judicial” y la Directiva Nº 011-2008-CE/PJ “Normas y Procedimientos para el Traslado de Personas Requisitoriadas por Orden Judicial”; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o