Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2014 (04/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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asi como las formas de articulacion entre las diversas entidades involucradas. Es responsable de su correcto funcionamiento. En el ejercicio de su rectoria, el Ministerio del Interior, a traves de la Direccion General de Seguridad Ciudadana, tiene las siguientes funciones: a. Disenar, proponer, coordinar, ejecutar y evaluar, en el MORDAZA de sus competencias, las politicas, planes, programas, proyectos y actividades en materia de seguridad ciudadana b. Promover y coordinar la participacion del sector privado y la sociedad civil en materia de seguridad ciudadana. c. Formular y aprobar lineamientos tecnicos, directivas e instrumentos para el diseno, ejecucion, evaluacion, difusion y promocion de las politicas y planes de seguridad ciudadana. d. Brindar capacitacion y asistencia tecnica a todas las entidades que conforman el SINASEC para la ejecucion de las politicas, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana. e. Coordinar, supervisar y evaluar la aprobacion y ejecucion de los planes operativos de todas las entidades que conforman el SINASEC. f. Priorizar y desarrollar las politicas, planes, programas y proyectos para la prevencion de la violencia y el delito, a efectos de promover una cultura de paz. g. Proponer y coordinar la implementacion de estrategias, normas y procedimientos de actuacion para todas las entidades que conforman el SINASEC, en las materias de su competencia. h. Coordinar con la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) la elaboracion de perfiles para la seleccion de los Gerentes de Seguridad Ciudadana, o los que MORDAZA sus veces, en los diferentes niveles de gobierno. i. Informar, conjuntamente con el Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), sobre los avances en la ejecucion de las politicas y planes nacionales de seguridad ciudadana al CONASEC, al Consejo de Ministros y al Congreso de la Republica. j. Coordinar la cooperacion de la Policia Nacional del Peru y las Municipalidades en materia de seguridad ciudadana, especialmente la articulacion de los recursos humanos y logisticos de las Comisarias y los servicios de serenazgo para el patrullaje integrado, bajo comando y liderazgo operativo del Comisario, asi como coadyuvar a la organizacion y capacitacion de las juntas vecinales. k. Establecer los lineamientos para el servicio de serenazgo que brindan las municipalidades. l. Establecer las politicas, lineamientos, mecanismos y especificaciones tecnicas de estandarizacion de los sistemas de video vigilancia, radiocomunicacion y telecomunicaciones. m. Administrar, coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento del Sistema Nacional de Informacion para la Seguridad Ciudadana, el Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana y los mapas del delito estandarizados e integrados, a cargo de la Policia Nacional del Peru. n. Formular y aprobar los lineamientos tecnicos para el diseno e implementacion de los observatorios de seguridad ciudadana regionales, provinciales y distritales. n. Elaborar, publicar, difundir y actualizar el directorio de todas las instancias de coordinacion del SINASEC, incluyendo sus miembros, asi como los organos de ejecucion, con indicacion MORDAZA de los servicios que brindan, recursos disponibles y responsables en los distintos niveles de gobierno, incluyendo direcciones, correos electronicos y numeros de telefono. o. Coordinar, supervisar y evaluar los programas de desarrollo y fortalecimiento de capacidades de los operadores de todas las entidades que conforman el SINASEC. p. Elaborar propuestas normativas en materia de seguridad ciudadana. q. Emitir opinion tecnica sobre toda propuesta legislativa en materia de seguridad ciudadana. r. Coordinar la implementacion de mecanismos de transparencia y rendicion de cuentas en atencion a las politicas, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana. s. Proponer las acciones para la difusion y promocion de las politicas, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana.

El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014

t. Las demas funciones que le asigne el ordenamiento juridico vigente, vinculadas a su condicion de ente rector del SINASEC. CAPITULO III CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Articulo 10.- Definicion El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) es el MORDAZA organismo del Sistema, encargado de la formulacion, conduccion y evaluacion de las politicas, planes y actividades de alcance nacional vinculados a la seguridad ciudadana, con autonomia funcional y tecnica. Articulo 11.- Miembros El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) depende de la Presidencia de la Republica y esta integrado por los siguientes miembros: a. El Presidente del Consejo de Ministros, quien lo preside. b. El Ministro del Interior. c. El Ministro de Justicia y Derechos Humanos. d. El Ministro de Educacion. e. El Ministro de Salud. f. El Ministro de Economia y Finanzas. g. El Ministro de Transportes y Comunicaciones. h. El Ministro de Comercio Exterior y Turismo. i. La Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. j. El Ministro de Desarrollo e Inclusion Social. k. El Presidente del Poder Judicial. l. El Fiscal de la Nacion. m. El Defensor del Pueblo. n. El Presidente de la Asociacion de Presidentes Regionales. n. El MORDAZA Metropolitano de Lima. o. El Presidente de la Asociacion de Municipalidades del Peru (AMPE). p. El Director General de la Policia Nacional del Peru. q. El Presidente del Consejo Nacional Penitenciario. r. El Presidente del Consejo Nacional de la Prensa. s. El Presidente de la Sociedad Nacional de Seguridad. Todos los miembros titulares del CONASEC son responsables de participar y asistir personalmente a las sesiones. El CONASEC podra invitar a especialistas en la materia y a representantes de las instituciones publicas y privadas no integrantes del Consejo que estime pertinente. Para el cumplimiento de sus fines, podra conformar equipos de trabajo con participacion de profesionales especializados. Articulo 12.- Funciones El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) tiene las siguientes funciones: a. Establecer las Politicas Nacionales de Seguridad Ciudadana y el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana. b. Aprobar los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana que MORDAZA propuestos por la Secretaria Tecnica. c. Promover la investigacion en materia de seguridad ciudadana. d. Evaluar la ejecucion de la politica de seguridad ciudadana. e. Promover el intercambio y cooperacion internacional en materia de seguridad ciudadana. f. Elaborar anualmente, bajo responsabilidad, un informe nacional sobre seguridad ciudadana, que formulara las recomendaciones a la Comision Nacional de Bienes Incautados (CONABI) para la priorizacion en el equipamiento de la Policia Nacional del Peru y las municipalidades provinciales y distritales de menores recursos que cumplan con las metas propuestas en su Plan de Seguridad Ciudadana y que no se encuentren en MORDAZA Metropolitana ni en la Provincia Constitucional del Callao. MORDAZA de este informe debe remitirse a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica. g. Informar a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica sobre los planes,

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