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El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014 539265 de las entidades del Estado, a nivel multisectorial e intergubernamental. b. Promover y coordinar la participación de las diferentes instituciones públicas, ciudadanía, sociedad civil organizada, sector privado y medios de comunicación en materia de seguridad ciudadana, a fi n de garantizar una situación de paz social. c. Desarrollar mecanismos de rendición de cuentas, control y vigilancia ciudadana respecto del quehacer de los organismos del Sector Público y Gobiernos Locales, en materia de seguridad ciudadana. d. Organizar, desarrollar capacidades y motivar a la comunidad para que apoye activamente el esfuerzo multisectorial para mejorar la seguridad local. e. Priorizar y desarrollar las políticas, planes, programas y actividades multisectoriales preventivas del delito, faltas y contravenciones, así como impulsar y promover los proyectos que las entidades realicen en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública. f. Coordinar las políticas, lineamientos y especifi caciones técnicas a fi n de garantizar la estandarización e interoperabilidad de los sistemas de video vigilancia, radiocomunicación y telecomunicaciones a nivel nacional para la seguridad ciudadana. Las coordinaciones, en cuanto a las especifi caciones técnicas, se ciñen al apoyo que pueda requerir el órgano encargado de elaborarlas, en el marco de las normas de contratación pública vigente y de las disposiciones que emita el Ministerio del Interior. g. Promover y coordinar que las entidades integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) implementen las acciones a cargo del referido Sistema. h. Promover el uso de información de altos estándares de calidad para la toma de decisiones y para el seguimiento de los resultados de las intervenciones en materia de seguridad ciudadana. i. Promover el diseño, aprobación, ejecución y evaluación de las políticas públicas en materia de seguridad ciudadana. j. Promover la integración y articulación de las políticas públicas para la recuperación de los espacios públicos y reducción de los factores de riesgo social que propician comportamientos delictivos. k. Coadyuvar al fortalecimiento de la Policía Nacional del Perú para el cumplimiento de sus competencias, funciones y atribuciones. l. Coadyuvar a la consolidación del Gobierno Policial Electrónico m. Contribuir con el mejoramiento del sistema de administración de justicia para la reducción de la delincuencia. Artículo 6.- Principios aplicables Son principios que rigen el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) los siguientes: a. Legalidad: El funcionamiento del SINASEC está regulado por la Constitución Política del Perú y las leyes de la República, en el marco de defensa de la persona y respeto de su dignidad, fi n supremo de la sociedad y el Estado. b. Coordinación y articulación: Las entidades y órganos que forman parte del SINASEC mantienen relaciones de coordinación entre sí y con la sociedad civil organizada y la ciudadanía. c. Integralidad: Los servicios de seguridad ciudadana son el conjunto de acciones de prevención de la violencia y el delito, el control y la persecución de los mismos, la rehabilitación y reinserción social de quienes delinquen y la atención a las víctimas. d. Participación ciudadana: Es la intervención informada y responsable de la ciudadanía, sociedad civil organizada, sector privado y medios de comunicación, durante el proceso de implementación, monitoreo y evaluación de los planes y programas de seguridad ciudadana, a fi n de lograr una adecuada toma de decisiones en función de las metas y objetivos estratégicos establecidos en el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana. e. Ética y transparencia: Los actores públicos y privados, sociedad civil organizada y ciudadanía que intervengan en la articulación del SINASEC deberán hacerlo con probidad, idoneidad, veracidad, justicia, equidad, lealtad, sin injerencia política y con respeto al Estado de Derecho. f. Rendición de cuentas: Los responsables de la gestión de la seguridad ciudadana deberán utilizar adecuadamente los recursos asignados dando cuenta periódicamente a la población acerca de los avances, logros, difi cultades y perspectivas. Asimismo, deberán generar medios idóneos que permitan el acceso ciudadano a la información pública. g. Orientación y difusión al ciudadano: Las entidades públicas orientarán sus intervenciones con un enfoque de demanda, a fi n de atender los requerimientos de la ciudadanía en materia de seguridad ciudadana. Asimismo, estas entidades y las del sector privado, deberán informar y difundir las acciones que desarrollan en el marco del SINASEC. h. Prevención: El SINASEC debe priorizar y desarrollar las políticas públicas preventivas de delitos, faltas y contravenciones, a través del diseño de planes y programas anuales y multianuales. i. Cooperación multisectorial e intergubernamental: Las instancias y entidades que integran el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, así como los órganos del sector público y la comunidad organizada, articulan esfuerzos con el propósito de lograr el desarrollo de acciones comunes e integradas que contribuyan a la seguridad ciudadana. Artículo 7.- Relación del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana con otros sistemas El Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) y los otros sistemas administrativos y funcionales del Estado coadyuvan a garantizar la seguridad ciudadana participando en los procesos y acciones que de ella se deriven. CAPÍTULO II COMPONENTES DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 8.- Componentes del Sistema Son componentes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) las instancias de coordinación interinstitucional y los órganos de ejecución en los distintos niveles de gobierno, así como las entidades que los integran. a. Instancias de Coordinación Interinstitucional: 1. Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC). 2. Comités Regionales de Seguridad Ciudadana (CORESEC). 3. Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana (COPROSEC). 4. Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC). b. Órganos de Ejecución: 1. Órganos de Ejecución Nacional de Seguridad Ciudadana. 2. Órganos de Ejecución Regional de Seguridad Ciudadana. 3. Órganos de Ejecución Local de Seguridad Ciudadana. Las instancias y órganos que conforman el SINASEC se rigen por sus principios y normas, y por aquellas normas que les atribuyen funciones en materia de seguridad ciudadana. Mantienen relaciones funcionales de interacción, coordinación y mutua colaboración. Artículo 9.- Ente rector El Ministerio del Interior es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC). Constituye la autoridad técnico normativa de alcance nacional encargada de dictar normas, establecer los procedimientos relacionados con la implementación de las políticas nacionales y coordinar su operación técnica,