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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (20/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Sábado 20 de diciembre de 2014 540518 Que, por Resolución de Superintendencia Nº102- 2014-SUNAFIL, se encargó a partir del 16 de diciembre de 2014, al señor Luis Alberto Morán Canales, las funciones de Intendente Regional de la Intendencia Regional Moquegua; Que, por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, el mismo que establece en el literal f) del artículo 11º como una de las funciones del Superintendente, designar y remover a los directivos de la SUNAFIL; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2013-TR modificado por Decreto Supremo Nº 009- 2013-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida a partir del 20 de diciembre de 2014, la encargatura efectuada al señor Luis Alberto Morán Canales, de las funciones de Intendente Regional de la Intendencia Regional de Moquegua de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, dándosele las gracias por el desempeño en la labor encargada. Regístrese, comuníquese y publíquese. GORKI GONZALES MANTILLA Superintendente 1180235-1 Encargan funciones de Intendente Regional de la Intendencia Regional de Tumbes de la SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 106-2014-SUNAFIL Lima, 19 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que la implementación progresiva de la SUNAFIL se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2014, en lo que corresponde a la Primera, Tercera y Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29981; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29981, establece que se transfi era a la SUNAFIL el acervo documentario de los expedientes de inspección en trámite ante los gobiernos regionales que, de acuerdo a la referida Ley, son de competencia de la Superintendencia; Que, el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 003-2013-TR dispone que la transferencia de competencias del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y los Gobiernos Regionales a la SUNAFIL se realiza progresivamente, conforme al cronograma de transferencias que se apruebe mediante resolución ministerial, en la que se determine la fecha específi ca del inicio de funciones de la SUNAFIL en cada jurisdicción; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 263-2014- TR, se aprobó el inicio del proceso de transferencia de competencias en materia de fi scalización inspectiva y potestad sancionadora de los Gobiernos Regionales de Tumbes y Ancash a la SUNAFIL, señalándose como fecha de inicio para el ejercicio de las competencias inspectivas y sancionadoras de la SUNAFIL en Tumbes, el 20 de Diciembre de 2014; Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2013- TR, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral –SUNAFIL, en el cual se encuentra el cargo de Intendente Regional de la Intendencia Regional de Tumbes; Que, por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, el mismo que establece en el literal f) del artículo 11º como una de las funciones del Superintendente, designar y remover a los directivos de la SUNAFIL; en el presente caso, si bien no se trata de una designación propiamente dicha, la figura del encargo se asimila al acto de designación, por lo que la resolución a expedir cuenta con la cobertura legal necesaria; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013- TR modifi cado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- ENCARGAR, a partir 20 de diciembre de 2014, al señor LUIS ALBERTO MORÁN CANALES, las funciones de Intendente Regional de la Intendencia Regional de Tumbes de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, en tanto se designe a su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. GORKI GONZALES MANTILLA Superintendente 1180235-2 ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Modifican el acápite 6. Disposiciones Específicas de la Directiva “Comunicación al Ministerio Público de hechos evidenciados durante el desarrollo de servicios de control posterior” RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 595-2014-CG Lima, 19 de diciembre de 2014 VISTO, la Hoja Informativa Nº 00015-2014-CG/ GPROD del Departamento de Gestión de Productos; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que el ejercicio del control gubernamental por el Sistema en las entidades, se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso, en función a la naturaleza y/o especialización de dichas entidades, las modalidades de control aplicables y los objetivos trazados para su ejecución; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 349- 2014-CG publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”