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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 93

El Peruano Domingo 28 de diciembre de 2014 541835 ORDENANZA N° 1873 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre de 2014; de acuerdo a lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 124-2014-CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- Modifi car el plano de zonifi cación del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1084-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 18 de octubre del 2007, de Otros Usos – OU a Comercio Zonal –CZ, para el predio ubicado en la Av. José Carlos Mariátegui N° 2104, Pueblo Joven José Carlos Mariátegui – V Etapa Sector Vallecito Alto. Artículo Segundo.- Declarar desfavorables las peticiones de cambio de zonifi cación del distrito de Villa María del Triunfo, que a continuación se indican: N° EXP. N° SOLICITANTE 1 128096-14 Balvina Muña Chahuayo y otros 2 Laura Victoria Franco Vargas / Alfredo Isaias Leon Huamán 3 Concesionaria Minera Tres Estrellas S.A Artículo Tercero.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zonifi cación del distrito de Villa María del Triunfo, la modifi cación aprobada en el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios de los predios indicados en el artículo segundo lo dispuesto por la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 23 de diciembre de 2014 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 1182501-9 Modifican Ordenanza Nº 1520 que modificó Plano de Zonificación del distrito de Santiago de Surco ORDENANZA N° 1867 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre de 2014 el Dictamen N°115-2014-MMLl- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 1520-MML Artículo Único.- Modifi car el numeral 2.2 del Artículo Segundo de la Ordenanza N° 1520-MML publicada con fecha 21 de abril del 2011, que modifi có el Plano de Zonifi cación del distrito de Santiago de Surco aprobado por Ordenanza N° 912-MML, de Zona de Reglamentación Especial (ZRE) a Educación Superior Universitaria (E3) del predio de propiedad de la Universidad de Lima que forma parte del lote acumulado denominado Campus Universitario, quedando redactado de la siguiente manera: “2.2 De construirse alguna edifi cación, esta no deberá exceder las alturas de las edifi caciones existentes ya autorizadas, debiendo establecer una franja separadora arborizada con un ancho mínimo de 13.20 ml. hacia el sector que colinde con la zona residencial, de acuerdo a lo establecido en la Norma GH.020 del Reglamento Nacional de Edifi caciones; asimismo, restringir su registro visual.” POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 23 de diciembre de 2014 SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 1182493-1 Desafectan uso de suelo de área de terreno ubicado en el distrito de Cieneguilla, provincia de Lima ORDENANZA N° 1868 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre de 2014 el Dictamen Nº 122-2014-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen Nº122- 2014-MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DESAFECTA UN BIEN DE USO PÚBLICO EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA Artículo Primero.- Desafectar el Uso de Suelo de un área de 1,000.00 m2 que forman parte de un área mayor de 5,222.40 m2, califi cado como Parque/Jardín e inscrito en la Partida Registral N° P02184390, ubicado en el Lote 5 Mz. I Zona F, del Centro Poblado Tambo Viejo, distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima; debiéndosele asignar la califi cación de Otros Usos (OU), para el desarrollo del proyecto denominado Estación de Bomberos Voluntarios del Perú, asimismo, la desafectar un área de 441.60 m2 para uso de Área de Circulación; quedando el área remanente de 3,780.80 m2 como Parque/Jardín (Zona de Recreación Pública), tal como se indica en el Plano adjunto al Informe N° 323-2014-MML-GDU-SPHU-DD de la División de Desafectaciones de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la MML, en los seguidos por la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para que en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, en el uso de sus competencias, realice las acciones conducentes para la modifi cación y/o reajuste de la lotización, independización y/o subdivisión registrada, con la fi nalidad que el citado procedimiento de desafectación, tenga los efectos legales respectivos en el Registro de Predios de la Zona Registral N° IX-Sede Lima.